Sobre la propuesta presidencial de reformar el plan de estudios de la licenciatura de derecho
El 12 de abril de 1983 inició mi actividad jurídica, mirando en retrospectiva puedo sentirme satisfecho con mi vida profesional. Durante cuatro décadas he tenido el privilegio de trabajar al lado de talentosos abogados con los cuales he compartido muchas satisfacciones y conocimientos. Los éxitos y fracasos han sido parte de mi formación, la conjunción de estos dos factores, son esenciales en la vida de un abogado. Hace 40 años inició un punto de partida, cuyo punto de llegada será determinado por mi ciclo de vida.
Las opiniones que expongo en este artículo se apoyan en mi experiencia estudiantil y profesional.
Desde un punto de vista exclusivamente pedagógico, coincido parcialmente con la propuesta del presidente López Obrador sobre la necesidad de reformar el plan de estudios de la licenciatura de derecho, sin embargo, considero que el cambio no se reduce a establecer un tronco común en el que se incluyan “el humanismo, la honestidad y los valores”.
La crítica presidencial (parcialmente justificada) hacia el ejercicio de la abogacía y los sistemas de procuración y administración de justicia, pasa por alto varias cuestiones importantes.
El problema es estructural y lo encontramos en los niveles educativos básicos (preescolar, primaria y secundaria) que impiden al futuro abogado contar con una sólida formación inicial, que le permita adquirir no sólo conocimientos en los diversos campos de las ciencias, sino también conciencia social.
La deficiente formación profesional que prevalece en las facultades de derecho de las universidades públicas y privadas, está relacionada con planes de estudio arcaicos que siguen incluyendo materias desfasadas con la realidad actual del derecho.
El crecimiento exponencial de escuelas, campus, facultades, universidades que ofrecen la carrera de derecho con el “título garantizado”, pone en evidencia la laxitud o la corrupción que campea en la Secretaría de Educación Pública, en las autoridades educativas estatales, en las universidades e instituciones de educación superior públicas, facultadas para otorgar Reconocimientos de Validez Oficial de Estudios (RVOE).
La mediocridad o medianía es regla casi general entre los profesores que imparten las distintas materias del plan de estudios. A más de una década de la reforma que elevó a rango constitucional los derechos humanos, la mayor parte de los docentes sigue considerando que aquellos se reducen básicamente al debido proceso, defensa adecuada y presunción de inocencia, los principios de interdependencia y transversalidad de todos los derechos humanos. Incluso sigue persistiendo la idea de que los derechos humanos “son una moda pasajera”.
Desde mi experiencia profesional y personal, considero correcta la apreciación presidencial de que los abogados (al menos en México) tienen una formación conservadora y reaccionaria y que ésta es prohijada en las escuelas de derecho. Cito dos ejemplos:
Las críticas de los maestros, incluyendo las que en su clase de derecho del trabajo, expresaba la malhadada profesora Martha Rodríguez Ortiz (directora de tesis de la ministra Yasmín Esquivel Mossa), que proferían en contra del Sindicato de Trabajadores de la Universidad Nacional Autónoma de México (STUNAM) cuando emplazaba a huelga a la institución educativa. El menosprecio que muchos académicos, estudiantes y profesionistas del derecho sienten por los movimientos sociales que oponen como forma legitima de lucha, la resistencia al derecho.
Sin ir más lejos, la inmensa mayoría de los profesores, estudiantes y profesionales del derecho, ignoran que el tratadista argentino Roberto Gargarella, sostiene que “uno de los rasgos más notables del constitucionalismo moderno tiene que ver con la falta de discusión en torno al derecho a la resistencia, el cual durante más de cuatro siglos XVI al XIX, fue considerado uno de los derechos centrales del derecho. Fue en la Edad Media y épocas sucesivas que la controversia sobre el derecho a la resistencia adquirió relevancia notoria en las frecuentes discusiones conceptuales sostenidas por católicos romanos y los protestantes, al analizar el alcance del deber religioso y la obediencia al poder político”. (1)
También, desconocen que la resistencia a la autoridad postulada por el filósofo inglés John Locke fue un concepto que en opinión de Gargarella “distinguió en sus orígenes al constitucionalismo moderno” (2). Locke afirmaba que la autoridad era legitima en la medida en que descansaba sobre el consenso de los gobernados, y que el pueblo podía legítimamente resistir y finalmente derrocar al gobierno en turno en caso de que éste último no respetara los derechos básicos. Los principios de Locke están plasmados en la Declaración de Independencia Norteamericana y en la Declaración de los Derechos del Hombre, de ahí permearon a la mayoría de constituciones incluyendo la de Apatzingán que hizo referencia al “innegable derecho popular de establecer, alterar, modificar o abolir totalmente al gobierno donde quiera que ello sea necesario para su felicidad” (artículo 4º).
Sólo una minoría de los profesores, estudiantes y profesionales del derecho, tienen presente que el filósofo político Thomas Jefferson sostuvo que el orden legal no era merecedor del respeto cuando sus normas: infligían ofensas severas sobre la población y; No eran resultado de un proceso en que dicha comunidad estuviera involucrada de modo significativo; cuando estas dos condiciones no estaban presentes la resistencia a la autoridad se encontraba en principio justificada.
El desconocimiento del derecho a la resistencia desde la perspectiva de Locke, Jefferson, Gargarella, etcétera, lleva a la gran mayoría de abogados, ministerios públicos y jueces a considerar los actos de desobediencia como acciones subversivas que deben ser perseguidas y castigadas.
Finalmente, la animadversión que una considerable porción de profesores, estudiantes y profesionales del derecho sienten hacia las lecturas sociológicas y que les impiden tener un contexto más amplio sobre la interpretación y aplicación de las leyes.
Es evidente que la reforma del plan de estudios de la carrera de derecho va más allá de la pretensión presidencial, lo que se requiere es un cambio de paradigma educativo que proporcione a los futuros abogados amplios conocimientos en las ciencias jurídicas y sociales, el desarrollo del saber permitirá dejar atrás el pensamiento conservador que sigue permeando en la inmensa mayoría de juristas.
COMPORTAMIENTO JUDICIAL
En el acto más reciente de su gira presidencial, la ministra Norma Lucia Piña Hernández, manifestó ante magistradas y magistrados adscritos a los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Primer Circuito, su orgullo de pertenecer al Poder Judicial de la Federación (PJF) y los convocó a ponerse la camiseta y portarla con orgullo y satisfacción por el servicio que cada servidora y servidor público presta a la sociedad.
La respuesta de los integrantes del PJF que interactúan activamente (durante su horario de trabajo) en las redes sociales, no se hizo esperar, la propuesta más difundida y aceptada fue que todos los trabajadores portaran los viernes de cada semana una playera con las siglas del PJF, las propuestas de abatir el rezago de trabajo o de actualizar los conocimientos, fueron las que tuvieron menos aceptación. Conforme transcurre la gira presidencial, ésta se asemeja más a una verbena popular y a un mitin político.
Los integrantes de la familia judicial siguen de fiesta, mientras los justiciables continúan esperando que se les imparta justicia.
1.- Gargarella, Roberto, El derecho a resistir el derecho, Buenos Aires, CIEPP-Miño y Dávila Editores, 2005.
2.- Gargarella, op. cit.
Leonel Rivero
Abogado, Coordinador general de Defensa Estratégica en Derechos Humanos A.C.