Cotidianidades

Leonel Rivero

Los gobiernos morenistas y su desprecio por los derechos humanos

A Noé Jiménez Pablo y José Santiago Gómez Álvarez, quienes ofrendaron su vida en la búsqueda de la paz, la justicia y el bien común de Amatán. Hoy, que el Síndrome de Estocolmo ha obnubilado la razón de las tres Concejales Municipales Lilia Arias Méndez, Aminadabi Vázquez Castellanos y Hermila Gómez Rodríguez, revelando la devoción y la complicidad que las une con sus verdugos, la presencia etérea de los caídos, cotidianamente, les recuerda su traición al movimiento.

La Recomendación número 39/2020/VG “Sobre la investigación de las violaciones graves a derechos humanos acontecidas durante los conflictos sociales suscitados en el municipio de Amatán, Chiapas”, emitida el 14 de octubre de 2020, por la Comisión Nacional de los Derechos (CNDH), develó la vocación opresora del gobierno morenista encabezado por Rutilio Escandón Cadenas y de la Fiscalía General del Estado de Chiapas dirigida por Jorge Luis Llaven Abarca.

El documento de más de 300 hojas, describe de forma clara y precisa los actos y omisiones cometidos por autoridades estatales y municipales, que constituyeron violaciones graves a derechos humanos y cuyo corolario fue su aquiescencia, en la ejecución arbitraria o extrajudicial de los defensores de derechos humanos Noé Jiménez Pablo y José Santiago Gómez Álvarez, perpetrada el 17 de enero de 2019 en la cabecera municipal de Amatán, Chiapas.

Desde el año 2001, los hermanos Manuel de Jesús y Wilber Carpio Mayorga y personajes afines a ellos, detentaron el poder político y económico en el municipio de Amatán a través de las siglas del Partido Acción Nacional (PAN) 2001-2004 y 2004-2007; del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) 2012-2015 y 2015-2018; y del Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA) 2018-2021. Los vínculos de la familia Carpio Mayorga con la delincuencia organizada, son ampliamente conocidos y consentidos por las autoridades estales y federales.

Los abusos cometidos por el cacicazgo político-criminal, tuvieron su punto de quiebre en la jornada electoral del dos de julio de 2018, cuando impunemente el candidato Manuel de Jesús Carpio Mayorga y sus simpatizantes robaron y quemaron urnas para alcanzar un triunfo que el pueblo les había negado a través del voto.

Hastiados del cacicazgo, los habitantes de Amatán decidieron organizarse espontáneamente y constituir el 15 de agosto de 2018, un movimiento de oposición denominado “Movimiento por la Paz, la Justicia y el Bien Común” (MPJBC), en el que convergieron, ciudadanos sin militancia, activistas, militantes de partidos, feligreses de iglesias católicas, cristianas, adventistas, así como organizaciones sociales, entre ellas, el Movimiento Campesino Regional Independiente, Coordinadora Nacional Plan de Ayala Movimiento Nacional (MOCRI CNPA MN) que desde hace años cuenta con una presencia importante en la zona norte del Estado de Chiapas.

Salvo el presidente de la República, la secretaria de Gobernación, los subsecretarios del ramo, el gobernador y el secretario general de gobierno del Estado de Chiapas, tuvieron conocimiento directo del conflicto social que existía en Amatán y fueron advertidos por el MPJBC de los resultados irreversibles que podían suscitarse en caso de que no atendieran la problemática social derivada de inseguridad, la pobreza extrema, la falta de servicios públicos, la corrupción y el conflicto postelectoral.

Lamentablemente, el 17 de enero de 2019 las consecuencias se materializaron con la ejecución extrajudicial de Noé Jiménez Pablo y José Santiago Gómez Álvarez y otras violaciones graves a los derechos humanos, cometidas en contra de un segmento importante de la población de Amatán.

La recomendación de la CNDH, no sólo narra el escalamiento del conflicto social (mayo 2018-marzo 2019) y enfatiza la incapacidad u omisión dolosa del gobierno del Estado de Chiapas, para darle salida a la problemática social en el Municipio de Amatán; también, la ineptitud política y administrativa del gobierno encabezado por Rutilio Escandón Cadenas y la denegación de procuración de justicia de la Fiscalía General dirigida por Jorge Luis Llaven Abarca.

La ombudsperson nacional en su recomendación, determinó que la actualización de las violaciones graves a los derechos humanos establecidos en los estándares internacionales de derechos humanos, quedaron acreditados al demostrarse: “La implementación inadecuada de políticas públicas para abatir la vulnerabilidad extrema que impera en el Estado de Chiapas”; “la omisión de brindar protección a las y los pobladores de Amatán”; “las omisiones en las que incurrió personal de la Secretaría General de Gobierno del Estado de Chiapas, para lograr una solución pacífica a los conflictos sociales que se suscitaron en el Municipio de Amatán.”

También fueron razones para conformar el marco de violaciones graves a los derechos humanos: “El uso excesivo de la fuerza que derivó en la ejecución arbitraria de Noé Jiménez Pablo y José Santiago Gómez Álvarez, ordenada por los hermanos Wilber y Manuel de Jesús Carpio Mayorga y ejecutada por personal de la Policía Municipal de Amatán, así como de diversas personas cuya identidad no pudo ser determinada”; “la detención arbitraria con la tolerancia y/o aquiescencia de personas servidoras públicas del Municipio de Amatán”; “la indebida procuración de justicia imputables a personal de la Fiscalía General”; “la falta de colaboración de la Secretaría General de Gobierno y de la Fiscalía General del Estado de Chiapas, en las investigaciones realizadas por la CNDH”; “la naturaleza de los derechos humanos violados” y; “la magnitud de las violaciones”.

A juicio de la CNDH, los hechos suscitados en Amatán, tienen gran trascendencia social en virtud de que no sólo agraviaron a las víctimas, sino a toda la sociedad. También dieron lugar, conforme a los estándares internacionales, a las violaciones graves a los derechos humanos cometidas por el gobierno y la Fiscalía General del Estado de Chiapas y el gobierno municipal de Amatán, ante la falta de acción u omisión dolosa de los funcionarios que eran garantes de la protección efectiva de los derechos humanos de los habitantes de Amatán.

La recomendación de la CNDH, exhibe la incapacidad del gobernador Rutilio Escandón Cadenas para dar solución a los conflictos sociales y generar un clima de gobernabilidad que restaure el tejido social. Es clara al señalar tajantemente al Gobierno y a la Fiscalía General del Estado de Chiapas como responsables directos de violaciones graves a los derechos humanos; además de develar la existencia de un Estado fallido donde la delincuencia organizada, los grupos paramilitares y los caciques políticos conforman un estamento fáctico de poder que ha sustituido al Estado.

El documento emitido por la CNDH, también, aniquila la imagen del gobernador Rutilio Escandón Cadenas y del fiscal general Jorge Luis Llaven Abarca, construida a través de un discurso mediático que ad nauseam se repite diariamente, elevándolos a “grandes estadistas” predestinados no sólo a lograr el progreso y el bienestar de la sociedad chiapaneca, sino de toda la nación. Basta revisar la propaganda oficial y la información lisonjera pagada y desplegada por varios diarios locales para constatar lo que aquí se sostiene.

Hoy con plena convicción puedo afirmar, que fue el Estado a través de los gobernantes (estatal y municipal) emanados de MORENA, quienes a través de su acción (ordenando) y sus omisiones dolosas (aquiescencia) propiciaron la ejecución extrajudicial de los defensores de derechos humanos Noé Jiménez Pablo y José Santiago Gómez Álvarez y la perpetración de otras violaciones graves a los derechos humanos de una parte importante de pobladores del Municipio de Amatán.

Si bien, la recomendación emitida por la CNDH es valiosa porque reconoce las violaciones graves a los derechos humanos perpetradas por el gobierno federal, el gobierno del Estado de Chiapas y la Fiscalía General de esa entidad. El derecho de las víctimas a la reparación del daño en su vertiente de acceso a la justicia, solo será cumplida cabalmente cuando las instancias administrativas y/o judiciales investiguen, juzguen y sancionen a todos los responsables de la ejecución extrajudicial de los defensores de derechos humanos Noé Jiménez Pablo y José Santiago Gómez Álvarez.

COMPORTAMIENTO JUDICIAL.

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) a través de su Acuerdo 26/2020, “Relativo a las medidas necesarias para reactivar la totalidad de las actividades del Consejo, en el contexto de la contingencia por el COVID-19” determinó prorrogar las medidas necesarias para reactivar la totalidad de las actividades jurisdiccionales hasta el 15 de enero de 2021.

Gradualmente, los usuarios cotidianos del sistema de administración de justicia, se están adaptando a las circunstancias de los tiempos presentes y a la modalidad de “juicios en línea” que llegó para quedarse. El aprendizaje no ha sido fácil, súbitamente, el trabajo virtual sustituyó la actividad presencial en los juzgados, dejando en segundo plano la interacción entre litigantes y funcionarios judiciales, lo que ha propiciado mayor demora en ciertos trámites que requieren que el interesado acuda personalmente al juzgado.

Respecto a la labor judicial, comienza a percibirse cierto retraso en la tramitación de juicios, que no necesariamente están relacionados con las nuevas formas de trabajo, sino con inercias y nuevas malas prácticas que comienzan a surgir en un número ascendente de tribunales de los distintos Circuitos que conforman el Poder Judicial de la Federación (PJF).

A partir de infinidad de anécdotas de funcionarios de distintos rangos del PJF, he conocido de casos en los cuales magistrados y jueces, delegan en subordinados el sentido aprobatorio o negativo de resoluciones judiciales o bien el desapego a la labor judicial de un número sustantivo del personal del tribunal, ante la falta de mecanismos adecuados, que permitan al CJF evaluar el desempeño del trabajo en casa. Durante la contingencia sanitaria por COVID, he coincidido en lugares públicos, con funcionarios judiciales que a esa hora tendrían que estar realizando su trabajo en el juzgado o en su casa y no centrando su actividad en asuntos personales.

Toca al Consejo de la Judicatura, erradicar de raíz las malas prácticas que con el paso de tiempo se convierten en costumbre.

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