Cotidianidades

Leonel Rivero

La tenacidad de las buscadoras y la incapacidad del Estado para protegerlas

El asesinato de Rosario Lilián Rodríguez Barraza, perpetrado el pasado mes de agosto en el municipio de Elota, Sinaloa, exhibe la incapacidad del Estado para proteger la vida de las mujeres que ante la ineficacia de las autoridades decidieron colectiva o individualmente emprender la búsqueda de sus familiares desaparecidos. Frente a la sistemática denegación del acceso a la justicia en su vertiente del derecho a la verdad y reparación, las víctimas se han organizado y en los hechos han sustituido a las autoridades ministeriales en sus funciones de investigación, búsqueda y castigo de los responsables.

De acuerdo con datos proporcionados por la Red Nacional de Defensoras de Derechos Humanos en México, en los últimos 12 años se han perpetrado 16 feminicidios relacionados con mujeres que buscaban a su esposo, hijo, nieto, hermano. Los asesinatos de las buscadoras, pone en relieve el desarrollo de una vertiente letal que está intrínsecamente ligada al fenómeno de la desaparición forzada de personas.

Los familiares no solo enfrentan el rechazo, la prepotencia y la falta de atención de las autoridades, también el hostigamiento y el ataque de la delincuencia organizada o de poderes fácticos que actúan con la complicidad de las autoridades. Las agresiones de que son objeto las buscadoras, intentan silenciar sus reclamos de justicia y constituyen una revictimización múltiple por su condición de vulnerabilidad frente a los grupos delincuenciales y la incapacidad o complicidad del Estado para investigar la desaparición de sus familiares y concederles medidas que protejan su vida e integridad personal.

Los asesinatos cometidos en contra de las buscadoras, maximiza y amplia las consecuencias de la desaparición forzada, victimizando letalmente a las familiares que toman en sus manos las labores de búsqueda, ante la incapacidad de las autoridades de procuración de justicia. La falta de resultados en las investigaciones y la ineficacia de las autoridades ministeriales para identificar a los perpetradores y someterlos a la justicia, ha llevado a que los familiares de las víctimas se organicen en colectivos y emprendan la búsqueda de los desaparecidos. Sin el arduo trabajo que han llevado a cabo las buscadoras, muchos hallazgos importantes –y escandalosos- de fosas colectivas hubieran sido improbables. El trabajo de los colectivos de búsqueda ha expuesto las dimensiones de la desaparición forzada y la impunidad con la que actuaban y siguen actuando los perpetradores.

El aumento exponencial de colectivos de búsqueda, ha generado la hostilidad de las autoridades ministeriales y organismos de seguridad pública o policías; los descubrimientos de fosas colectivas, han exhibido la simulación y/o inacción con la que han actuado las autoridades en la investigación del delito y en la búsqueda de los desaparecidos. En muchos casos el trabajo de las buscadoras va más allá de la pesquisa y han logrado identificar a los responsables de la desaparición, ponerles rostro y nombre al delincuente y a la autoridad que lo encubre o lo perpetra. Sin más protección que el acompañamiento colectivo, se ha incrementado el grado de vulnerabilidad de las buscadoras y las consecuencias, están a la vista.

CONDUCTA JUDICIAL

El voto en contra del Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, en la sentencia que resolvió el Recurso de Revisión 51/2020, derivado del juicio de amparo indirecto donde se reclamó la desaparición forzada de los luchadores sociales Gabriel Alberto Cruz Sánchez y Edmundo Reyes Amaya, militantes del Ejercito Popular Revolucionario (EPR), debe interpretarse como un ejemplo claro de la conducta judicial. Sobre todo si tomamos en cuenta que al igual que en el caso de Alejandra Morán -en el cual el ministro votó a favor de la concesión del amparo-, las violaciones a la ley eran más que evidentes, incluso en el caso de los dos activistas, los pares de ministro González Alcántara, determinaron que las autoridades responsables (Ejército, policía estatal y municipal de Oaxaca) habían perpetrado graves violaciones a derechos humanos.

El conocimiento de la conducta judicial, es una herramienta útil para todo abogado, especialmente para el que litiga casos de alto impacto social, ya que le ayuda a entender por qué los jueces deciden como lo hacen. Existen al menos tres enfoques de la conducta judicial que asumen las Cortes Supremas al emitir sus resoluciones, el legal, el actitudinal y el estratégico o de elección racional.

En el caso de México podemos observar que las últimas decisiones de la Corte, que han estado relacionadas con la actuación del poder político (prisión preventiva oficiosa) están influenciadas, antes que por el derecho, por el interés delos propios ministros, así como por el contexto político en que han tomado sus decisiones; esto significa que los ministros son actores autointeresados que mediante su actividad intentan maximizar sus beneficios en su relación con los otros poderes del Estado.

Al contrastar la conducta judicial asumida en otros asuntos por el ministro González, se advierte que su voto en el amparo en revisión 51/2020, encuadra dentro del enfoque actitudinal, que afirma que el sentido de la decisión del juez siempreestará ligada a la oportunidad política, ya que los jueces actúan estratégicamente de acuerdo a las condiciones políticas, económicas y sociales imperantes en el momento de su decisión, esto es, pueden ordenar sus metas, valores, preferencias y estrategias alternativas.

El enfoque actitudinal, sostiene que los operadores judiciales no resuelven sólo respetando literalmente la ley vigente ni actúan sólo de acuerdo con sus preferencias. Los juzgadores de la Corte pueden fallar estratégicamente en contra de una ley o fundamentar un fallo de manera contraria a sus preferencias, porque les conviene a sus intereses políticos. La relación de preferencia e indiferencia en cuanto al sentido de la decisión de éstos es transitiva, esto es, sus elecciones están estructuradas por el escenario institucional en el que las hacen.

Es evidente que el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá no quiso contrariar a las fuerzas armadas y por encima de la violación grave a los derechos humanos perpetrada en contra de los luchadores sociales Gabriel Alberto Cruz Sánchez y Edmundo Reyes Amaya, privilegió sus intereses políticos, ¿Tal vez presidir la Suprema Corte de Justicia de la Nación u otro tipo de aspiración?. Al tiempo.

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