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Cotidianidades

Leonel Rivero

Falta de protección a los defensores de derechos humanos y periodistas, una obligación estatal pendiente

La crispación que prevalece entre el Ejecutivo federal, partidos políticos de oposición, grupos empresariales y poderes fácticos ha funcionado como cortina de humo para matizar y/o invisibilizar la situación de riesgo que enfrentan cotidianamente los defensores de derechos humanos y periodistas.

Durante una conferencia de prensa celebrada el pasado 20 de octubre, el subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro Encinas Rodríguez, reconoció que durante el sexenio que encabeza el presidente Andrés Manuel López Obrador, un total de 47 periodistas y 94 defensores de derechos humanos han sido asesinados; de los cuales, nueve estaban incorporados al Mecanismo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. De seguir esta constante, la cifra –de 161 defensores de derechos humanos y 47 periodistas asesinados- que se presentó en el sexenio de Enrique Peña Nieto, será ampliamente rebasada.

El grado de letalidad -sin tomar en cuenta el sinnúmero de agresiones que interminablemente sufren los defensores y periodistas- demuestra, que el Estado mexicano, a través de sus tres niveles de gobierno, ha sido incapaz de generar las condiciones indispensables para que éstos puedan desarrollar su labor sin ningún tipo de interferencia. La falta de eficacia del Estado conlleva a que éste incumpla con su obligación constitucional y convencional de proteger y garantizar la vida, la integridad personal y el trabajo de los defensores y periodistas.

Una parte esencial del deber de protección, consiste en la obligación de las autoridades de prevenir todo tipo de actos encaminados a impedir o limitar el trabajo de los defensores de derechos humanos y periodistas; ese deber se cumple cuando el Estado genera mecanismos que inhiben las acciones de autoridades, grupos de poder y/o fácticos que buscan atentar contra el trabajo y la integridad personal de los defensores y periodistas.

Si bien, desde hace más de 10 años a nivel federal existe el Mecanismo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, ese instrumento ha sido insuficiente para garantizar la vida e integridad personal de aquellos a quienes debe cuidar, como lo demuestra el hecho que durante el presente sexenio, nueve de los defensores y periodistas han sido asesinados, aún y cuando se encontraban incorporados al Mecanismo y contaban con algunas medidas de protección, éstas fueron insuficientes para inhibir la actuación de los perpetradores.

Sería erróneo señalar que sólo en el gobierno federal -a través del Mecanismo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas-, recaé la obligación de protegerlos y garantizar su vida y sus actividades; los gobiernos estatales y municipales, constitucional y convencionalmente, comparten junto con el Ejecutivo federal el mismo nivel de responsabilidad.

Durante la conferencia de prensa, el subsecretario Encinas reconoció que el 43% de las agresiones contra defensores y periodistas, provienen de autoridades municipales, en tanto que el 33.5% derivan de actos perpetrados por la delincuencia organizada. La declaración del subsecretario adquiere relevancia en tanto que expresamente reconoce que el mayor porcentaje de agresiones proviene de agentes estatales; el funcionario también reconoció que, en el caso de los homicidios de periodistas y defensores, el nivel de impunidad es de 89.3% y de 99%, respectivamente.

Es obvio que Encinas conocía el alcance de sus señalamientos, ya que los hechos han demostrado que no en pocas ocasiones funcionarios estatales y municipales han sido los perpetradores materiales o intelectuales de los homicidios, tal y como aconteció en el caso de Sinar Corzo, Noé Jiménez Pablo y José Santiago Gómez Álvarez, en los cuales la participación intelectual de las autoridades municipales de Arriaga y Amatán, Chiapas, y las omisiones de funcionarios del gobierno de esa entidad, fueron determinantes para la consumación de los asesinatos.

El nivel de impunidad que señaló el subsecretario, está relacionado intrínsecamente con el origen de las agresiones, es decir, si los perpetradores son agentes estatales con un considerable margen de incidencia y/o control sobre los sistemas de procuración y administración de justicia locales, existe una mayor probabilidad de que los delitos cometidos contra defensores y periodistas queden impunes.

Un ejemplo ilustrativo del nivel de impunidad, es el de los hermanos Manuel de Jesús y Wilber Carpio Mayorga, quienes detentaron de forma alterna durante 15 años la presidencia municipal de Amatán, Chiapas. En mayo de 2019, ambos caciques fueron imputados por la Fiscalía General del Estado de Chiapas de ser los autores intelectuales de los homicidios de defensores de derechos humanos Noé Jiménez Pablo y José Santiago Gómez Álvarez, acontecidos el 17 de enero de 2019. El juez de control libró las correspondientes órdenes de aprehensión, sin embargo, los mandatos de captura, no impidieron que los hermanos Carpio Mayorga siguieran reuniéndose de forma continúa con funcionarios de primer nivel del gobierno del Estado de Chiapas, -los cuales conocían la situación jurídica de sus interlocutores-, sin embargo el manto protector que les otorgaban las autoridades propiciaba que ellos se pasearan tranquilamente por el interior de las dependencias gubernamentales.

El Subsecretario de Derechos Humanos Población y Migración, también destacó la necesidad de crear un marco normativo federal y estatal que permita crear “un Sistema Nacional de Prevención y Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, que fortalezca el combate a la impunidad, para garantizar el acceso a la justicia a través de convenios de coordinación con todas las entidades federativas para prevenir, atender y erradicar las acciones contra defensores y periodistas, y que constituya un mensaje contundente de cero tolerancia a los perpetradores de estos delitos”.

Alejandro Encinas finalizó su conferencia de prensa señalando que “en tanto no exista voluntad en los gobiernos locales, las fiscalías y los jueces, así como una cultura política democrática en los municipios, para combatir la impunidad, la corrupción y falta de justicia, la violencia que enfrentan estos sectores difícilmente podrá ser erradicada.”

Más allá de la creación de un nuevo marco normativo y los exhortos a los gobiernos estatales y municipales para que den muestras de buena voluntad, lo que se requiere es un compromiso inequívoco del titular de Ejecutivo federal, para generar una verdadera política pública que garantice la vida, integridad personal y la labor de los defensores de derechos humanos y periodistas.

COMPORTAMIENTO JUDICIAL.

En su más reciente columna de opinión que pública un diario de circulación, el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, hace un recuento de su labor como presidente de la Suprema Corte (SCJN) y del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), así como de los retos que se planteó al asumir el cargo. En su texto el ministro Zaldívar enumera cuáles son las acciones que han dado lugar a lo que él denomina “Un nuevo Poder Judicial de la Federación, que brinda una justicia más humana, efectiva y cercana que nunca”. De entre las acciones que el Ministro Presidente considera más relevantes y constituyen el nuevo cariz del Poder Judicial de la Federación (PJF), me referiré a dos en concreto, tomando como base mi experiencia cotidiana como usuario del sistema de administración de justicia federal.

El ministro sostiene que el “sistema de precedentes” “… garantiza que cada sentencia de la Corte tenga un impacto inmediato y real en la vida de la gente. Esto no solo dio paso al inicio de la Undécima Época del Semanario Judicial de la Federación, sino que marca el tránsito hacia una nueva cultura del precedente, en la que el derecho se construye sentencia a sentencia, a partir de los casos concretos y de las realidades a la luz de las cuales se interpretan las normas”.

Zaldívar Lelo de Larrea, también enfatiza que actualmente no existe el nepotismo dentro del PJF ya que “existen reglas claras que rigen la contratación e impiden situaciones de conflicto de interés o tráfico de influencias. Gracias a la aplicación de estos criterios, se ha logrado que en ningún órgano jurisdiccional del país existan titulares que tengan a familiares trabajando para él o para ella, ni en un esquema de nombramientos cruzados.”

Si bien, los precedentes emitidos por la SCJN son obligatorios para todos los tribunales del PJF, la realidad es que muchos titulares de esos órganos o los desconocen o no los aplican. Hace unos días el Secretario en funciones del Titular del Juzgado Segundo de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Chiapas, sobreseyó un juicio de amparo al considerar que el quejoso “no había ofrecido pruebas para acreditar los actos de tortura que constituyeron el acto reclamado”; El Secretario no solo pasó por alto los precedentes de la SCJN, referentes a la obligación del juez de amparo de investigar los actos de tortura, el togado también soslayó, que el quejoso había ofrecido como prueba para acreditar el crimen de lesa humanidad, el Protocolo de Estambul.

En cuanto al nepotismo, la afirmación que hace el ministro es preocupante y/o temeraria, porque el matiz con el que observa la situación al interior del PJF no es el correcto, contrario a lo que sostiene Zaldívar, el nepotismo sigue campeando en el PJF a través de múltiples formas, entre ellas, los nombramientos triangulados que es el nuevo esquema con el que los titulares de los órganos eluden el sistema cruzado, bastaría adentrarse un poco en el interior de algún circuito judicial para desvelar que el nefando nepotismo goza de cabal salud.

Si bien varias de las acciones impulsadas por el ministro presidente no pueden ser minimizadas, también es evidente, que los cambios que tienen impacto directo en la vida de las personas, como lo es el derecho de acceso a la justicia, aun se encuentra lejos de materializarse.

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