Mujeres Transnacionales

Berenice Valdez Rivera*

¿Y para cuándo eliminamos la discriminación de las personas mexicanas nacidas en el exterior?

Twitter. @IMUMIDF

Dicen que una persona mexicana nace donde se le da la gana, y la Constitución mexicana garantiza ese derecho si tienes madre o padre mexicanos. Sin embargo, en la práctica prevalece la discriminación y la dificultad del reconocimiento de la nacionalidad mexicana señalado en el artículo 30 de nuestra Constitución: “…Son mexicanos por nacimiento…II. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos, de madre o padre mexicano”. Se estima que más de medio millón de niñas y niños nacidos en el extranjero, con madre o padre mexicanos, viven en México.

Entonces, ¿por qué prevalece la discriminación? Porque miles de personas que nacen en otro país, principalmente en Estados Unidos, hijas e hijos de madre o padre mexicanos tienen que cumplir requisitos absurdos, a veces imposibles, ya sea en los Consulados de México en otro país, o en los registros civiles de cada estado de la República, lo que hace imposible obtener su reconocimiento de la nacionalidad mexicana.

A través de requisitos injustificados y discrecionales como, por ejemplo, el pago del trámite, que de acuerdo con el artículo 4 de la Constitución debería ser gratuito, sin embargo, de acuerdo con la ley de ingresos o la que corresponda en cada estado o municipio el monto llega a ascender hasta los 6 mil pesos por persona. Otro de los requisitos injustificados, es cuando se solicita la presentación tanto de la madre como del padre, cuando no están casados o no pueden presentar un acta de matrimonio, para acreditar la filiación con la hija o el hijo, aun si la Constitución señala claramente que es suficiente con que uno de los dos sea mexicano para que se pueda acceder al reconocimiento de la nacionalidad por vínculo sanguíneo. Pueden solicitar requisitos tan desproporcionados, como un comprobante de domicilio a nombre de la madre o el padre mexicano, ¿qué tiene que ver en dónde vivan para que sus hijas e hijos ejerzan su derecho a la nacionalidad mexicana enunciada en la Constitución? Estos requisitos, entre muchos otros, pueden variar dependiendo de cada estado y sus más de 5 mil oficialías de registro civil en el país en el que se presente la persona, o en los Consulados mexicanos en el exterior.

A esas barreras se le suma una de las más difíciles y homogénea que existe en todos los marcos jurídicos del país: la apostilla o legalización de documentos emitidos en el exterior. Este requisito que se impone obligatorio para quienes tienen un certificado de nacimiento en el exterior, es imposible de cumplir cuando la persona se encuentra en México con su madre o padre deportados, que, a decir de las madres deportadas, la burocracia y estos requisitos, son un golpe más duro, que la misma deportación.

Las exigencias y requisitos injustificados de los registros civiles en México o Consulados en el exterior, representan un acto de discriminación y genera que las personas se encuentren en una situación extraordinaria de vulnerabilidad, al obstaculizar el acceso al reconocimiento de la nacionalidad mexicana, ya que como lo señala la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, se entiende como discriminación: ”…toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades….”, tales como el derecho a la personalidad jurídica, a la identidad, a la filiación o la nacionalidad, que a su vez, genera otros problemas legales y obstáculos para ejercer otros derechos o incluso la prevención de no ser víctima de ningún delito, ya que se les deja en un “limbo legal” generando un estado de incertidumbre jurídica.

Desde la comunidad deportada, migrante y organizaciones de la sociedad civil en defensa de los derechos de las personas en movilidad, proponemos 1)que se reforme la Ley General de Población para que el reconocimiento de la nacionalidad mexicana sea accesible y se eleve a nivel federal para evitar que se obstaculice a discreción de cada autoridad municipal o estatal; 2) que se reforme el Código Federal de Procedimientos Civiles para dispensar la apostilla o legalización del certificado de nacimiento, con el fin de garantizar el acceso a la nacionalidad mexicana enunciado en la Constitución; y 3) que las Secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores simplifiquen el procedimiento para el reconocimiento de la nacionalidad mexicana, conforme al espíritu de nuestra Carta Magna y para el bienestar de la comunidad migrante deportada y las miles de personas mexicanas que nacieron donde se les dio la gana.

Para hacer visible esta situación, este 29 de noviembre a las 16:00 horas llevaremos a cabo la Mesa redonda: «Eliminar la discriminación y garantizar el reconocimiento de la nacionalidad mexicana», en el que a través de la voz de las personas afectadas dialogaremos con autoridades sobre estas y otras propuestas para hacer efectivo el acceso a la nacionalidad mexicana.

*Coordinadora de políticas públicas, Instituto para las Mujeres en la Migración, AC

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