Levantando la voz

Karla Micheel Salas Ramírez

Urge publicar la Ley contra la tortura

El pasado 26 de abril de forma unánime el Senado de la República aprobó la minuta que expide la Ley General para Prevenir, investigar y sancionar la tortura y otros tratos o penas crueles inhumanos o degradantes, este instrumento es producto de un amplio consenso entre organizaciones de la sociedad civil y el poder legislativo.

Recordemos que para llegar a esta Ley General, se tuvo que modificar el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para facultar al Congreso de la Unión para expedir las leyes generales que establezcan como mínimo, los tipos penales y sus sanciones en materia de desaparición forzada de personas, otras formas de privación de la libertad contrarias a la ley así como la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

La reforma constitucional fue publicada el 10 de junio de 2015, es decir, prácticamente tuvieron que pasar dos años para que se aprobara por el poder legislativo una Ley General contra la Tortura. Este tiempo aunque excesivo, permitió generar un amplio debate entre sociedad civil, especialistas, organismos internacionales y nacionales, legisladoras y legisladores, así como representantes de alto nivel del Gobierno Federal, particularmente de la Procuraduría General de la República.

La erradicación de la tortura, ha sido establecido como uno de los desafíos prioritarios en materia de derechos humanos que tiene nuestro país; tan solo en 2016, el entonces Relator Especial sobre la La tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes de Naciones Unidas, Juan Méndez señaló que en México la tortura y los malos tratos siguen siendo “generalizados”, entre ellos “la asfixia, la violencia sexual, las descargas eléctricas, amenazas de muerte, palizas y tortura psicológica”.

De acuerdo con el ex relator, la impunidad también es generalizada pues apenas dos de cada cien delitos encuentran justicia. En materia de tortura, la impunidad alcanza 99.6, un ejemplo de ello es que la Unidad Especializada en Investigación del Delito de Tortura de la Procuraduría General de la República obtuvo sólo 19 órdenes de aprehensión derivadas de 4 mil 715 expedientes de averiguación previa iniciados sobre este delito en el orden federal.

La Ley aprobada, permite contar con un marco jurídico adecuado que deslegitima y prohibe de forma absoluta la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes. De esta forma, no será valida ninguna declaración o prueba cuyo origen esté relacionado un acto de tortura, abuso o trato cruel e inhumano. Asimismo la Ley señala una serie de sanciones, considerando diversos grados de autoría, para las autoridades que por acción u omisión participen en actos de tortura.

Aunque toda la legislación merece un estudio detallado para conocer sus alcances, en este momento abordaré los efectos retroactivos que que contempla la norma y que representan un aspecto trascendental. En el artículo segundo transitorio de la redacción incorporada en la Cámara de Diputados y que se votó en la Cámara de Senadores por unanimidad, se establece que “aquellas personas sentenciadas o procesadas, cuyas pruebas en su contra carezcan de valor probatorio por haber sido obtenidas directamente a través de tortura y de cualquier otra violación a derechos humanos o fundamentales, así como las pruebas obtenidas por medios legales pero derivadas de dichos actos, podrán interponer los recursos e incidentes correspondientes”.

Esta redacción permite que las personas sentenciadas o que se encuentren en proceso, que hayan sido víctimas de tortura, podrán reabrir sus casos o bien, pedir que se analice su caso a partir de los contenidos establecidos en la Ley General. Por ello, a partir de la publicación de la Ley en el Diario Oficial de la Federación deberá iniciarse un proceso en nuestro país, donde el Poder Judicial haga una revisión ¾que tendrá que ser exhaustiva¾, de muchos procesos penales y  sentencias, donde agentes del Estado hayan cometidos violaciones a los derechos humanos y actos de tortura, para que poco a poco se vayan eliminando las sentencias en donde se hubiesen integrado pruebas lícitas o ilícitas relacionadas con actos de tortura, para que poco a poco nuestro sistema judicial atienda las injusticias, corrija los errores, repare a las víctimas y sancione a los responsables.

El día de su aprobación, diversas organizaciones de la sociedad civil, así como instancias de defensa de los derechos humanos como la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos e incluso el propio Enrique Peña Nieto, reconocieron la labor del Poder Legislativo y expresaron su beneplácito por la aprobación de esta Ley, sin embargo, hay algunas voces de organizaciones y personas con influencia mediática, que han reprobado la redacción de la Ley General, incluso han pedido que el Ejecutivo “observe” la norma aprobada a fin de que sea regresado al Congreso de la Unión, su principal preocupación es, que desde su perspectiva, se generará impunidad y se facilitará “la salida de la cárcel de muchos delincuentes”.

Han pasado 27 días desde la aprobación de la Ley General contra la tortura, sin que el Ejecutivo Federal la haya publicado, sería preocupante que la falta de promulgación de la Ley se deba a la presión de los grupos opositores a la reforma, el Presidente tiene 30 días naturales para publicarla o para observarla y devolverla al Congreso, situación que resultaría un contrasentido pues en el amplio consenso generado para aprobar esta Ley participaron activamente varias instancias del Gobierno Federal.

La impunidad no la genera un instrumento como el aprobado, no puede existir justicia cuando una persona ha sido torturada, porque la verdad de los hechos es distorsionada por la indebida intervención de las autoridades y la sanción está viciada por las violaciones cometidas en su contra.

La tortura en México es una tragedia a gran escala, que exige del Estado mexicano una respuesta integral, por eso urge la publicación de la Ley General contra la Tortura, es necesario que se inicie la revisión de los cientos de miles de casos de personas víctimas del propio sistema y de sus autoridades. Sólo lograremos avanzar en el pleno acceso a la justicia para las personas, en la medida en que sean eliminadas las violaciones a los derechos humanos, particularmente cuando sean erradicadas del sistema de justicia penal, esta Ley es una buena oportunidad para comenzar.

14 Respuestas a “Caso Sepur Zarco: Mujeres que rompen el silencio y luchan contra la impunidad”

  1. CONSIDERO QUE DEBE HABER UN RESPONSABLE POR PARTE DE LIVERPOOL QUE FUE LA PERSONA QUE MANIPULÓ LAS ACCIONES Y OMISIONES ¿EXISTE ALGUNA PERSONA DETENIDA DEL PERSONAL DE LIVERPOOL QUE FUERON LOS QUE IMPIDIERON EL ACCESO DE LA CRUZ ROJA A SUS INSTALACIONES Y DENUNCIARON EL HECHO? ESTÁ MUY CLARO, QUE EL GERENTE DE SUCURSAL O ENCARGADO O APODERADO LEGAL DE LIVERPOOL EVITÓ EL INGRESO DE PARAMÉDICOS Y EN CONSECUENCIA LA ATENCIÓN INMEDIATA DE LA RECIEN NACIDA.

  2. Elena Murray

    Es una verdadera «historia de horror» que describe la ignorancia, indiferencia y falta de compasión tanto de Liverpool como de las personas que «juzgaron» a Dafne. Espero entren todos en razón y que su calvario termine en algún tipo de justicia.

  3. Elena Murray

    Es una verdadera historia de horror de ignorancia e indiferencia que involucra no solo a Liverpool, sino a todas las «autoridades» responsables por esta injustica. Ojalá pronto termine el calvario de Dafne y que «alguien» sienta cabeza.

  4. Que verguenza me da la justicia mexicana, es por eso que muchos paises nos ven tan mal. Por favor unámonos para acabar con estás injusticias o más bien con estás porquerías. En México la prensa no es el cuarto poder SON LAS REDES

Dejar una Respuesta

Otras columnas