Levantando la voz

Karla Micheel Salas Ramirez

#DafneLibreYa: Un caso de la (in) justicia mexicana

En los últimos días se han dado a conocer el caso de Dafne McPherson, una mujer que parió en la tienda departamental Liverpool del Estado de Querétaro y que fue acusada por la Fiscalía General del Estado del delito de homicidio calificado. El caso fue llevado a juicio y Dafne fue sentenciada a 16 años de prisión. Este asunto resulta ser un reflejo de la cultura machista que prevalece en la sociedad mexicana y que forma parte del funcionamiento de las instituciones de procuración y de impartición de justicia.

Dafne McPherson una mujer de 28 años, madre de una hija de 6 años, que el 17 febrero de 2015 tuvo un parto fortuito en un baño de la tienda departamental Liverpool de donde era empleada. Dafne perdió el conocimiento debido al desgarre y la pérdida de sangre posteriores al parto, no recuerda mucho de lo que pasó después, tan sólo que entró la enfermera y luego paramédicos, a todos ella les repetía que tenía miedo e insistía diciendo yo no sabía, yo no sabía”, “tengo miedo, yo no sabía que era un bebe”. De acuerdo a su narración, Dafne no pudo reaccionar pues estaba en shock.

Alguien llamó a la Cruz Roja, sin embargo, el personal de Liverpool no les permitió la entrada a los paramédicos, en su lugar únicamente permitieron el ingreso al personal de “Ambulancias BEYEN”, un servicio privado que no contaba con la capacidad para reaccionar ante ese tipo de emergencias. De acuerdo con el reporte de la empresa de ambulancias, el personal que asistió el día de los hechos, la hora de llamada de la ambulancia fue a las 18:10 horas, la hora de salida de la ambulancia fue a las 18:13 horas, la hora de llegada a la sucursal Liverpool fue a las 18:18 horas, la hora de traslado a las 19:45 y la hora de llegada al hospital fue a las 19:50 horas. De esta cronometría se puede observar que: i) a las 18:10 horas, fue el momento en que personal de Liverpool solicitó la ambulancia de BEYEN, es decir, 40 minutos después de las 17:30 en el que ya había iniciado trabajo de parto y ii) de las 18:18 horas a las 19:45 pasaron 87 minutos, tiempo en que los paramédicos de BEYEN estuvieron dentro del Liverpool “auxiliando” a Dafne y a su bebé. Es importante mencionar, que ni la enfermera de Liverpool ni los paramédicos particulares sacaron inmediatamente del excusado a la bebé para brindarle los primeros auxilios ya que fue casi después de una hora cuando intentaron atenderle, tiempo en el cuál la bebé perdió la vida.

Cabe mencionar que el hospital más cercano se encuentra a tan sólo 5 minutos de Liverpool.

A partir de estos hechos, podemos afirmar que estamos frente a un caso de violencia obstétrica. Este tipo de violencia de género implica el maltrato que sufre la mujer embarazada al ser juzgada, atemorizada, vejada, lastimada física y emocionalmente, una manifestación de este tipo de violencia es no atender oportuna y eficazmente las emergencias obstétricas.

La violación a los derechos humanos de Dafne no concluyó ahí. Cuando finalmente casi dos horas después fue trasladada a un hospital, ya iba custodiada por la policía, es decir, las autoridades desde los primeros momentos la consideraron responsable “algún” delito, pues primero se inició una carpeta de investigación por aborto y posteriormente se clasificaron los hechos como homicidio calificado, es decir, a Dafne nunca se le respetó su derecho a la presunción de inocencia.

La Fiscalía General del Estado centró su investigación en acreditar la responsabilidad de Dafne, faltando a su deber de actuar con objetividad, omitiendo en todo momento el esclarecimiento de los hechos. Por ejemplo, en toda la investigación nunca se entrevistó a Dafne para conocer qué había ocurrido aquel 17 de febrero, nunca se analizó el hecho como un acto fortuito y sin intencionalidad, nunca se investigaron las causas médicas por las cuales Dafne desconocía que estaba embarazada.

De igual forma, omitió investigar la negligencia de la empresa Liverpool, al no permitir la entrada de los servicios de emergencia al interior de las instalaciones, ni las razones para no trasladar a Dafne y a la bebé inmediatamente a un hospital.

Sin embargo, la cadena de injusticias continuó, pues durante el juicio existieron diversas irregularidades, como que nunca contó con una defensa adecuada o que se le impidió estar presente en las audiencias, impidiéndole con ello, poderse defender. Tampoco se le aceptaron sus pruebas.

Además no puede pasar por alto, las expresiones discriminatorias utilizadas por la Fiscalía del Estado durante una de las audiencias del juicio al referirse a Dafne como “perra” o “mala madre”, mismas que quedaron grabadas en video y que han circulado en redes sociales y medios de comunicación.

Este tipo de expresiones hacen referencia al estereotipo del “instinto maternal”, que implica la exigencia social en la cual una madre debe de hacer todo lo posible por la salvaguarda y protección de sus hijos independientemente de las circunstancias en las cuales se encuentre. Dicha exigencia de conducta está basada en una falsa equivalencia biológica según la cual determinados mamíferos del sexo femenino reaccionan en forma instintiva para proteger a sus cachorros incluso a costa de arriesgar la propia vida. Por lo tanto, en una situación de peligro en la que exista una relación madre-hijo se exige que la madre se sobreponga a dicho peligro con la finalidad de proteger a su hijo aunque conforme a las circunstancias, ya sean fácticas o psicológicas, esto sea materialmente imposible.

Es decir, de acuerdo con las autoridades de procuración y administración de justica Dafne McPherson debió sobreponerse al desgarre de segundo grado, a la hemorragia intensa que sufría, al shock que implica parir sin saber que estaba embarazada y no desmayarse a pesar de la pérdida de sangre, tendría que haber tomado a su bebé y salir corriendo para llevarla al hospital. Esta misma conducta no la exigió la Fiscalía a los paramédicos, a la enfermera ni a Liverpool que impidió el ingreso de la Cruz Roja.

En las próximas semanas el juicio de amparo que presentamos como defensa será discutido por el Tribunal Colegiado del Vigésimo Segundo de Circuito del Estado de Querétaro, este caso pone a prueba al Poder Judicial Federal y al compromiso que discursivamente tienen de incorporar la perspectiva de género. Cada día que transcurre, Dafne permanece en un injusto encarcelamiento, cada día que pasa una mujer inocente se encuentra privada de la libertad por los prejuicios de las autoridades que paradójicamente tendrían que actuar de forma objetiva, imparcial y sin el uso de prejuicios o estereotipos.

14 Respuestas a “Caso Sepur Zarco: Mujeres que rompen el silencio y luchan contra la impunidad”

  1. CONSIDERO QUE DEBE HABER UN RESPONSABLE POR PARTE DE LIVERPOOL QUE FUE LA PERSONA QUE MANIPULÓ LAS ACCIONES Y OMISIONES ¿EXISTE ALGUNA PERSONA DETENIDA DEL PERSONAL DE LIVERPOOL QUE FUERON LOS QUE IMPIDIERON EL ACCESO DE LA CRUZ ROJA A SUS INSTALACIONES Y DENUNCIARON EL HECHO? ESTÁ MUY CLARO, QUE EL GERENTE DE SUCURSAL O ENCARGADO O APODERADO LEGAL DE LIVERPOOL EVITÓ EL INGRESO DE PARAMÉDICOS Y EN CONSECUENCIA LA ATENCIÓN INMEDIATA DE LA RECIEN NACIDA.

  2. Elena Murray

    Es una verdadera «historia de horror» que describe la ignorancia, indiferencia y falta de compasión tanto de Liverpool como de las personas que «juzgaron» a Dafne. Espero entren todos en razón y que su calvario termine en algún tipo de justicia.

  3. Elena Murray

    Es una verdadera historia de horror de ignorancia e indiferencia que involucra no solo a Liverpool, sino a todas las «autoridades» responsables por esta injustica. Ojalá pronto termine el calvario de Dafne y que «alguien» sienta cabeza.

  4. Que verguenza me da la justicia mexicana, es por eso que muchos paises nos ven tan mal. Por favor unámonos para acabar con estás injusticias o más bien con estás porquerías. En México la prensa no es el cuarto poder SON LAS REDES

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