Mujeres Transnacionales

Gretchen Kuhner

En plena transición, no hemos transitado nuestra visión sobre la población migrante

Por. Gretchen Kuhner, directora del Instituto para las Mujeres en la Migración, AC (IMUMI)

Twitter:@imumidf

Cada seis años la sociedad civil toma un par de meses para reflexionar sobre los avances y fracasos de la administración saliente, así como los retos y posibilidades de cambio con la entrante, y este año no es la excepción. Ejercicio valioso aún si los resultados –por lo menos en el tema migratorio- suelen ser una sistematización de las mismas recomendaciones que hemos hecho sexenio tras sexenio.

Durante el gobierno de Peña Nieto, uno de los principales avances fue el nuevo marco legal que prohíbe la detención de niñez migrante, sin embargo entre el papel y la práctica sigue un abismo. Así como la elaboración, por primera vez, del Programa Especial de Migración 2014-2018, publicado el 30 de abril del 2014 en el Diario Oficial de la Federación, pero que no se vio reflejado en la población migrante. En próximas fechas estará siendo evaluado dicho programa -26 de septiembre (Ciudad de México), 12 de octubre (Tijuana) y 30 de octubre (Oaxaca). Proceso público convocado por la Secretaría de Gobernación y la Unidad de Política Migratoria.

Mientras que los fracasos son innumerables -e incluso retrocesos- por ejemplo, no existe un avance en la política migratoria del país, por el contrario se mantiene el status quo que considera a ésta población como migrantes antes que personas. En el imaginario colectivo del país “los migrantes” son responsabilidad del Instituto Nacional de Migración (INM) que los tiene que “verificar” y regresar a su país, y el INM se lo ha tomado tan en serio que durante el sexenio de Peña Nieto hubo más de 853,378 eventos de detención de personas migrantes, 28% mujeres y niñas, y 18% niñas, niños y adolescentes.

El poder del INM va mucho más allá de su presupuesto, y sus 4,000 agentes migratorios desplazados por todo el país. En México, las mismas autoridades ceden sus responsabilidades de protección al INM, a tal grado que en una ocasión una autoridad migratoria me contó que una ambulancia llegó a su oficina con una mujer colombiana a punto de morir, y el chofer le preguntó qué hacía…– “pues, llevarla al hospital”.

Esta forma de ver a las personas migrantes como “ajenas”, da un enorme poder a las autoridades migratorias de cometer actos de extorsión, violencia, detención arbitraria, y hasta tortura, cobijados por una tasa de impunidad del 98%. Hasta el poder judicial es tibio para tomar decisiones que garanticen los derechos de la población migrante. En otra ocasión, un magistrado me dijo: “México es un país soberano que tiene una política migratoria de detención y deportación, no podemos emitir sentencias en contra de dicha política”. Vaya!, no sabía que el poder judicial se regia por la política migratoria del país. Gran lección.

Pero esta forma de mirar a las personas migrantes, como ajenas, permea a la población mexicana, que a través de percepciones discriminatorias también son víctimas de estas situaciones. Hace un par de meses nos llegó el caso de una familia que fue detenida en un retén, cerca de Querétaro, cuando viajaba en un autobús comercial de Chiapas a la Ciudad de México. El padre, la hija y el hijo son mexicanos, y la madre guatemalteca. Traían actas de nacimiento de la y el niño, así como su acta de matrimonio e identificaciones. A las autoridades migratorias no les importó, y se llevaron a la madre y su hija e hijo a la estación migratoria, donde estuvieron detenidos más de una semana.

La Constitución mexicana y la Ley de Migración, entre otros marcos normativos, señalan que no se debe detener a una persona mexicana en una estación migratoria, pero las autoridades argumentaron que no querían separar a la niña y el niño de su madre (sic). Hubiese sido más fácil darle a la madre un oficio para seguir su trámite de regularización migratoria, que de acuerdo con la Ley de Migración, una persona casada con mexicano y con hijas e hijos nacidos en el país puede regularización su situación migratoria. Otra vez, los agentes migratorios vieron en esa familia a una migrante antes que a una persona o una madre o una esposa.

Esta misma perspectiva la vemos casi a diario en los medios de comunicación. Por ejemplo, desde el 2014 las Procuradurías de Protección a Niñas, Niños y Adolescentes (PPNNA) tienen la responsabilidad de proteger a toda la niñez, independientemente de su nacionalidad o situación migratoria. Tienen que llevar a cabo un proceso que considere el interés superior de la niña o el niño, como el mejor lugar dónde quiere vivir y la mejor situación para su estado emocional y físico. Sin embargo, cuando se trata de una niña o un niño migrante, las autoridades de las PPNNA dejan que los agentes del INM determinan su futuro (deportación en el 95% de los casos) y el PPNNA asume un rol de autoridad auxiliar. No hacen su trabajo porque ven a una persona migrante antes que a una niña o un niño.

Como resultado, vemos titulares como: El albergue para menores migrantes Tin Otoch recibió hoy al primer grupo de 14 niños procedentes de Guatemala y El Salvador, que permanecerán en el lugar mientras se determina su situación migratoria.1 Mientras a nosotras nos desencaja no sólo leer esas cabezas y el actuar de las autoridades, sino también como al siguiente día –sino es que ese mismo- el fondo de la nota, de las palabras, del desdén, pasará desapercibida. En mi imaginario la nota tendría que leerse así: El albergue para niñas y niños migrantes Tin Otoch recibió hoy el primer grupo de 14 niños procedentes de Guatemala y El Salvador, que permanecerán en el lugar mientras se determine sus necesidades emocionales y físicas. Soñar no cuesta nada, y por eso trabajamos cada día.

Esa forma de percibir a la otra o al otro hace mucho más difícil que un nuevo gobierno tome en cuenta recomendaciones de un cambio de perspectiva en la política migratoria del país. En algún momento, buscar y detener a personas por estar en un país ajeno al que nacieron, sin la “documentación correcta” nos resultó normal, así como normalizamos que existan retenes móviles a lo largo de todo el país, ya sea de migración u otra autoridad.2

La mayoría de las detenciones en puntos móviles carreteros están atravesadas por criterios discriminatorios (color de piel, idioma, forma de hablar) que si llegan a afectar a población mexicana, en su mayoría personas jornaleras agrícolas que van del sur al norte del país, pues ni modo. Y es que el mayor obstáculo que enfrenta la política migratoria del país no son sus marcos normativos, sino un sistema de información, conocimiento y percepción que no nos deja ver a madres, padres, niñas, niños, adolescentes, y familias como personas, como tú, como yo, sin anteponer su estatus migratorio.

2El art. 97 de la Ley de Migración establece que el INM podrá llevar a cabo revisiones de carácter migratorio dentro del territorio nacional…a través de una orden por la que se disponga la revisión la cual deberá estar fundada y motivada;…precisar el responsable de la diligencia y el personal asignado…la duración de la revisión y la zona geográfica o el lugar en el que se efectuará.

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