Mujeres Transnacionales

Gretchen Kuhner*

Crónica de un abuso reiterado…

Carlos y Fernando son una pareja afrodescendiente de la comunidad LGBTIQ+ que entró a México y se dirigió a Tijuana donde una organización los entrevistó y determinó que habían sufrido discriminación en su país de origen y, por su historia y características, los registró para el programa de exención al Título 42, una política cuya aplicación ilegal ha impedido el derecho a solicitar asilo en la frontera México-Estados Unidos, desde marzo de 2020. La cita en la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos (CBP, por sus siglas en inglés) para la pareja se agendó para mediados de diciembre de 2022 por la puerta de entrada Tijuana-San Ysidro.

A pesar de contar con el apoyo de una organización y una cita con CBP, el Instituto Nacional de Migración (INM) decidió que sería pertinente darles un oficio de salida definitiva del país, llevarles en autobús a Villahermosa, Tabasco, y detenerles en la estación migratoria. La organización del norte nos pidió apoyo y nosotras a otra organización en Villahermosa, logrando la libertad de la pareja y la compra de boletos de avión de Villahermosa a Tijuana. Llegaron al aeropuerto de Villahermosa para tomar su vuelo, pero fueron detenidos por el INM y regresados a la estación migratoria. Se volvió a explicar a los agentes de migración que el oficio de salida que tenían seguía vigente y que lo que estaban tratando de hacer era justamente salir del país de forma definitiva. Migración los volvió a dejar en libertad y las organizaciones volvimos a comprar boletos de avión, esta vez un abogado los acompañó al aeropuerto y subieron al avión con ruta: Villahermosa-Ciudad de México-Tijuana.

En su cambio de avión en la Ciudad de México nos hicieron una video llamada, en la sala del aeropuerto se podía ver como un agente de migración los estaba volviendo a detener, por más que explicamos que el oficio de salida seguía vigente y que estaban en camino a su cita con CBP en la frontera, apoyados por tres organizaciones, otra vez fueron detenidos. Nuevamente realizamos gestiones para que los volvieran a dejar en libertad. El INM los liberó. Volvimos a comprar un vuelo, esta vez los acompañamos hasta la entrada para asegurarnos que los agentes de migración los dejaran subir al avión y bajarse en Tijuana donde les estaría esperando un representante de otra organización.

La revisión de pases de abordar y maletas no tuvo problemas, sin embargo, en la sala de espera cuatro agentes de migración circulaban y revisaban documentos a las personas que iban a abordar un vuelo doméstico, donde el INM no debería tener presencia. Las personas de la línea aérea anunciaban que, al abordar, sería necesario enseñar el pase de abordar, una identificación, y en el caso de personas extranjeras, un documento migratorio. ¿Desde cuándo las líneas aéreas colaboran con el INM en vuelos domésticos para revisar documentos migratorios?

Cuando la pareja llegó con las personas de la línea aérea y demostraron sus pases de abordar y sus pasaportes, los agentes del INM pidieron que se salieran de la fila para revisar sus documentos, tomaron fotografías y los dejaron subirse al avión. Cuando se cerró la puerta del avión nos acercamos a los agentes de migración y preguntamos porqué estaban revisando documentos migratorios en vuelos domésticos, dijeron que estaban haciendo su trabajo y que el INM puede realizar revisiones migratorias en todo el país -donde les da la gana. Con ellos también estaban dos agentes de CBP, al cuestionarles su presencia señalaron que trabajaban como asesores técnicos del INM, pero no quisieron proporcionar sus nombres y cargos. Estaban vestidos de civiles, aunque se alcanzaba a ver su gafete, dijeron que eran civiles y que debíamos respetar su privacidad como ellos respetaban la nuestra –pero nosotras no pedíamos privacidad, sino información a servidores públicos.

Tres horas después y cuatro veces detenidos en estaciones migratorias mexicanas, la pareja llegó a Tijuana y pasó la revisión migratoria en el aeropuerto doméstico con el mismo oficio de salida definitiva vigente y las cartas de las organizaciones que demostraban su situación de vulnerabilidad y la cita con CBP al día siguiente. Finalmente, pasaron a Estados Unidos donde se reunificaron con familiares que les apoyaran en su proceso de asilo.

Hay varias formas de analizar este recuento. Podríamos pensar en cómo las autoridades en México han restringido aún más el tránsito en los últimos años para personas extranjeras y mexicanas, con medidas restrictivas para comprar boletos de autobús y subirse a vuelos domésticos, aún con documentación migratoria vigente. Esto tiene un mayor impacto en las personas mexicanas afrodescendientes e indígenas, aún si afecta a cualquier persona de piel oscura o que “se ve como extranjera” a los ojos de las autoridades. El racismo en estos procedimientos es denigrante.

También se podría cuestionar la falta de aplicación de la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que declaró inconstitucionales las revisiones migratorias al interior del país (solo se deben llevar a cabo en los puntos de entrada internacionales). Es cierto que el Congreso no ha derogado los artículos relevantes de la Ley de Migración, pero la sentencia es vinculante. Preocupa la forma en que el INM pasa por encima del estado de derecho.

Los temas de los costos, la ineficiencia y la falta de transparencia también se destacan. Detener a las mismas dos personas cuatro veces cuando el mismo INM les había dado un oficio de salida definitiva, que seguía vigente, ¿es un buen uso del presupuesto público? ¿Es eficiente llevar en autobús a dos personas de Tijuana a Villahermosa cuando tienen una cita en Estados Unidos? ¿Por qué la falta de transparencia de publicar la política migratoria de colaboración entre México y Estados Unidos en la aplicación del Título 42? La transparencia ayudaría con la eficiencia y los costos –para poder planear mejor, para entender la implementación de las nuevas medidas migratorias, para no tener que comprar seis boletos de avión para personas solicitantes de protección internacional que ya se encontraban en el lugar correcto, y que no necesitaban tomar ningún avión.

Podría analizarse la falta de soberanía en los procedimientos migratorios en los aeropuertos de México, ¿por qué el gobierno mexicano deja que agentes encubiertos estadounidenses operen en sus aeropuertos, escuchando las conversaciones de las y los pasajeros, pasando información a los agentes del INM para fomentar la detención de turistas que podrían estar acercándose a la frontera norte, como si los turistas de ciertas nacionalidades tuvieran prohibido pasear en el norte del país? ¿Qué más hacen estos agentes, cuál es el acuerdo que tiene CBP con el INM, y qué gana México con este acuerdo?

Finalmente, sería importante pensar en el impacto en las personas que son traumatizadas por las autoridades, que no entienden porque una autoridad les da documentos que luego, esa misma autoridad, no respeta. Parece que la instrucción del Comisionado del INM, Francisco Garduño, hacia su personal es uno de desgaste –“crean caos, desgasten a las personas para que se vayan de México”. Muchas ven la forma de irse, pero otras se quedan con un miedo permanente de las autoridades y la población, y eso no es congruente con un gobierno que ha prometido respetar a sus hermanas y hermanos migrantes.

*Directora, Instituto para las Mujeres en la Migración, AC (IMUMI)

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