Disputas por el Territorio, Tensiones entre la Guerra y la Paz

Yani Vallejo Duque* y Alfonso Insuasty Rodríguez**

Las luchas de los pueblos por la vida: de América Latina para la Humanidad

Queremos resaltar una ruta de avance y logros de gran valor en estas luchas desde abajo, no la única, pero éstas van logrando no solo cambios culturales, organizativos, sino también profundos cambios en el diseño institucional, que tal vez hoy, al contar con un contexto de extrema concentración de poder en Colombia con un grupo de gobierno que lo ostenta y desprecia tanto a la clase media-baja como al medio ambiente, no sea tan notorio o difundido, pero que, a mediano plazo cobrará un valor único.

Se trata del movimiento por la defensa de la vida y el territorio, diversos procesos urbano-rurales que hoy se entrecruzan, se fortalecen y no obedecen a viejas estructuras organizativas, tampoco las rechazan, escuchan, tejen, avanzan pese a que han sufrido múltiples golpes, persecución, exclusión, hasta el aumento de asesinato de muchos de sus líderes y lideresas.

El informe “Defendiendo el Mañana: La crisis climática y amenazas contra defensores de la tierra y el medio ambiente” de la oenegé británica Global Witness hecho público en julio de 2020, aseguro que según sus registros en el año 2019 fueron asesinados 212 ecologistas.

Destaca el informe que solo en la amazónica ocurrieron 33 muertes, en Honduras, los asesinatos aumentaron de cuatro en 2018, a 14 en 2019, resalta que la minería fue el sector más letal, con 50 defensores asesinados en 2019, “las agro-empresas continúan causando destrucción, con 34 defensores asesinados, 85% de los cuales fueron registrados en Asia. La tala fue el sector con el mayor aumento de asesinatos a nivel mundial desde 2018, con un 85% más de ataques registrados contra defensores que se oponen a dicha industria y 24 personas defensoras asesinadas en 2019. (Global Witness, 2020)

Colombia y Filipinas, según dicho informe, son los países que registran mayor aumento de este fenómeno desde 2018. En 2019 Colombia registró 64 asesinatos de activistas siendo el país con mayor número de casos registrados. Los más afectados líderes indígenas, guardabosques y activistas.

Fuente: (Global Witness, 2020)

En Colombia, según la Oficina de Derechos Humanos de la ONU, existen varias razones por las cuales aumenta la violencia contra líderes sociales, entre ellos defensores de la tierra, el medio ambiente, el agua, la vida, una de estas razones manifiesta, son los desafíos que trae la implementación del Acuerdo de Paz de 2016, la reforma agraria (punto uno) y la sustitución de cultivos de uso ilícito, sumado a ello las dinámicas de poder interno que impulsan e incentivan mayor violencia, “las personas defensoras son asesinadas y violentadas por implementar la paz; oponerse a los intereses del crimen organizado, las economías ilegales, la corrupción y la tenencia ilícita de la tierra; y por proteger sus comunidades. Las defensoras son, además, objeto de violaciones específicas de género y sus familias son también el blanco de ataques» (Onu, 2020)

Pese a este contexto, la resistencia ante el mal llamado desarrollo basado en el despojo y el ecocidio, y por la defensa de la naturaleza, de los bienes comunes, continúa en múltiples territorios, logrando importantes avances, tejiendo redes y ganando en impacto y visibilidad.

Queremos resaltar que, entre las múltiples luchas, por cambios culturales, formación de una nueva generación, protección de saberes y pueblos ancestrales se ha ido, además, gestando a pulso, con acciones jurídicas claras y contundentes, toda una arquitectura normativa importante, gracias a las luchas político-jurídicas desde abajo; sabemos que en Colombia la simple norma no protege, pero si es un gran avance, en tanto se configura una suerte de caja de herramientas jurídicas de lucha por derechos que suma a la necesaria transformación cultural, valórica y organizativa.

En este contexto y, gracias a las acciones jurídicas interpuestas una y otra vez, por parte de defensores defensoras del medio ambiente, oenegés, grupos de interés, se ha logrado avanzar hacia una importante arquitectura para la protección jurídica y declaración de territorios estratégicos como de Especial protección y aún más, como sujetos de derechos.

En este contexto se resalta que en el mes de agosto de 2020 se acentuó la lucha de ambientalistas para que el Congreso de Colombia ratifique el Acuerdo de Escazú, buscando que el país pueda formar parte del primer acuerdo regional que protege los derechos de los líderes ambientalistas, esta lucha avanza, pero está precedida de profundos e importantes logros por la defensa de la vida y la naturaleza. A continuación, relacionamos un breve listado de dichos logros que en últimas son un aporte, desde Colombia y América Latina, a la protección de la vida por ende para la humanidad presente y futura.

El 15 de septiembre de 2020, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué (Tolima – Colombia), declaró que el Complejo de Páramos Las Hermosas es Sujeto Especial de Derechos para su protección (Se declara el Complejo de Páramos Las Hermosas es sujeto de Especial de Derechos para su protección. Colombia, 2020) Vale decir que, el Páramo de las Hermosas en Colombia aumentó su riesgo por un lado ante el cambio climático y la ausencia de la insurgencia de las Farc en dicha región, en tanto al dejar estas zonas biodiversas, luego de la firma del acuerdo de paz, se posibilitó que otros actores legales e ilegales ingresaran bajo la bandera del mal llamado desarrollo, generando daños ambientales irreparables que impactan la producción de agua base para la proteger la vida misma.

El 28 de agosto de 2020 por medio de Sentencia emitida por el mismo Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, en respuesta a una acción de Tutela, se declaró al Parque Nacional Natural los Nevados como Sujeto de Derechos para su protección, recuperación y conservación con enfoque integral. (Se declara el Parque Nacional Natural los Nevados Sujeto Especial de protección. , 2020)

El 5 de diciembre de 2019 el Tribunal Administrativo del Departamento del Quindío declaró el Río Quindío como sujeto de derechos, “desde su nacimiento, su cuenca, afluentes y hasta su desembocadura, ostenta el trato de sujeto de derechos a la protección, conservación, mantenimiento y restauración a cargo del Estado” (Se declara al Río Quindío como sujeto de derechos, 2019)

El 24 de octubre de 2019, el Juzgado Primero Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Neiva falló favorablemente una acción de tutela que reconoce al Río Magdalena, su cuenca y afluentes como una entidad, sujeto de derechos a la protección, conservación, mantenimiento y restauración a cargo del Estado y la comunidad. (Se declara Río Magdalena Sujeto de derechos, 2019)

El 11 de septiembre de 2019, El juzgado cuarto de ejecución de penas de Pereira declaró que el río Otún, el principal afluente hídrico de Risaralda, como sujeto de derechos. (Se declara el Río Otún sujeto de Derechos, 2019)

El 17 de junio de 2019, en segunda instancia, tras revisar un fallo de tutela, el Tribunal Superior de Medellín declaro al Río Cauca como sujeto de derechos. (Se declara al Rio Cauca Sujeto de Derechos, 2019)

El 30 de mayo de 2019 el Tribunal Administrativo del Tolima declaró como Objeto de derechos al Río Combeima, Coello y Cocora, a su vez ordena detener la minería de oro en esa región. (Se Declara al Río Combeima, Cocora y Coello objeto de derechos, 2019)

El 9 de agosto de 2018 el Tribunal Administrativo de Boyacá, al resolver la segunda instancia, confirmó el fallo de primera en que se declara el Páramo de Pisba como sujeto de derechos (Se declara el Páramo de Pisba como sujeto de derechos, 2018).

El 5 de abril de 2018, la Corte Suprema de Justicia emitió una sentencia histórica contra el cambio climático en Latinoamérica, allí se declaró que la Región de la Amazonía colombiana es ahora sujeto de derechos, imponiéndole obligaciones de protección al Estado. (Se declara la Región de la Amazonía colombiana, sujeto de derechos, 2018)

Mediante la Sentencia T-622 de 2016 la Corte Constitucional reconoció al río Atrato como sujeto de derechos, con el fin de garantizar su protección y conservación y para tal fin ordenó: 1). al Gobierno Nacional elegir un representante legal de los derechos del río, el Presidente designó al Ministerio del Medio ambiente (Decreto 1148/2017) 2). Conformar una comisión mixta gobierno y comunidad, estas últimas escogieron en un proceso autónomo a 14 representantes de 7 organizaciones comunitarias conformando un cuerpo colegiado de Guardianes, actuando como representantes de las comunidades. (Se declara el Río Atrato Sujeto de Derechos, 2016)

Vale recordar que este logro y avance jurídico único en Colombia, le precede las luchas de los pueblos originarios, así, Evo Morales Aymará como presidente del Estado Plurinacional de Bolivia y vocero de los pueblos Aymará, en el 2009 logra que se reconozca el derecho humano al agua para todos, plasmándolo así en la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, entre otros importantes y profundos logros, así mismo que La Asamblea General de las Naciones Unidas en su 63ª sesión, se aprobará su propuesta de declarar el 22 de abril como Día Internacional de la Madre Tierra, ya no se trata del Día de la Tierra, cargándole la categoría de Sujeto, un profundo e importante logro.

En Colombia no existía en su normatividad referente alguno que le diera o reconociera derechos a la naturaleza, ni en su constitución ni en sus leyes, éste ha sido un logro derivado de las luchas por la protección de los ecosistemas por vía judicial (Castañeda Ruiz, Gómez Osorio, Pérez Garcés, & Herrera Mejía, 2019).

Se trata de un debate global profundo, que implica ajustes valóricos, marcos epistemológicos propios, implica incluso un avance en el diálogo de mundos, cosmovisiones, maneras de entender y comprender la vida, de-construir ese pensamiento hegemónico occidental, antropocéntrico, se trata de todo un proceso fuerte de dialogo y de-colonización permanente (Herrera Ospina & Insuasty Rodríguez, 2015). Aún falta mucho claro, superar por ejemplo las trampas del discurso verde, o sostenible como opción, es una de ellas.

Se avanza en la comprensión de la naturaleza como ser vivo, no como objeto, fuente infinita de materias primas para el mercado global, un modelo que nos arrastra a la muerte en todo sentido.

Es un avance significativo que da cuenta de avances en cambios culturales profundos desde abajo. Luchas de pueblos dignos.

Vale resaltar que este tipo de sentencias en defensa del medio ambiente, consideradas revolucionarias, también han sido adoptadas en países como Ecuador, India y Nueva Zelanda.

Queremos resalta que se trata indudablemente de grandes logros, grandes aportes que América Latina le dona a la humanidad como camino de Lucha decidida, de esperanza y cuidado por la vida, como camino seguro para superar esta crisis civilizatoria occidental.

Referencias Bibliográficas

Castañeda Ruiz, H. N., Gómez Osorio, Á. M., Pérez Garcés, H., & Herrera Mejía, J. A. (diciembre de 2019). La declaratoria del Río Atrato como entidad sujeto de derechos: una oportunidad para la construcción de un proyecto presente-futuro de territorio sustentable. Revista Kavilando, 11(2), 417-433. Obtenido de http://www.kavilando.org/revista/index.php/kavilando/article/view/358/319

Global Witness. (29 de julio de 2020). Defendiendo el Mañana: La crisis climática y amenazas contra defensores de la tierra y el medio ambiente (6.37MB, PDF). Obtenido de Globalwitness: https://www.globalwitness.org/es/defending-tomorrow-es/

Herrera Ospina, J. d., & Insuasty Rodríguez, A. (2015). Diversas concepciones en torno a la naturaleza como sujeto político. De la necesidad de cambio de paradigmas. El Ágora USB, 15(2), 537-555. doi:http://dx.doi.org/10.21500/16578031.1629

Onu. (4 de marzo de 2020). Colombia: el país latinoamericano con más asesinatos de defensores de derechos humanos, señala experto. Obtenido de Onu: https://news.un.org/es/story/2020/03/1470571

Se declara al Rio Cauca Sujeto de Derechos, 05001-31-03-004-2019-00071-01 (Tribunal Superior de Medellín 17 de julio de 2019). Obtenido de https://tribunalmedellin.com/images/decisiones/civil/050013103004201900071.pdf

Se Declara al Río Combeima, Cocora y Coello objeto de derechos, 73001-23-00-000-2011-00611-00 (Tribunal Administativo del Tolima 30 de mayo de 2019). Obtenido de https://caracol.com.co/descargables/2019/06/07/06ec779e7d3a09cfa2ae99df48d66ff1.pdf

Se declara al Río Quindío como sujeto de derechos, 63001-2333-000-2019-00024-00 (Tribunal Administrativo del Departamento del Quindío 5 de diciembre de 2019). Obtenido de https://kavilando.org/images/stories/documentos/000-2019-00024-001.pdf

Se declara el Complejo de Páramos Las Hermosas es sujeto de Especial de Derechos para su protección. Colombia, 73001-22-05-000-2020-00097-00 (Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué (Tolima – Colombia) 15 de septiembre de 2020). Obtenido de https://kavilando.org/images/stories/documentos/PARAMO-DE-LAS-HERMOSAS-SUJETO-DE-DERECHOS.pdf

Se declara el Páramo de Pisba como sujeto de derechos, 15238 3333 002 2018 00016 01 (Tribunal Administrativo de Boyacá, Sala de decisión Número 3 9 de agosto de 2018). Obtenido de https://redjusticiaambientalcolombia.files.wordpress.com/2018/08/fallo-pisba.pdf

Se declara el Parque Nacional Natural los Nevados Sujeto Especial de protección. , 73001-22-00-000-2020-000091-00 (Sala Quinta de Decisión de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué. Colombia 28 de agosto de 2020). Obtenido de https://kavilando.org/images/stories/documentos/FalloTutela20200009100.pdf

Se declara el Río Atrato Sujeto de Derechos, Sentencia T-622/16 (Corte Constitucional 10 de noviembre de 2016). Obtenido de https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2016/t-622-16.htm

Se declara el Río Otún sujeto de Derechos, 660013187004201900057 (Juzgado Cuarto de Ejecución de penas y Medidas de Seguridad. Colombia 11 de septiembre de 2019). Obtenido de http://files.harmonywithnatureun.org/uploads/upload949.pdf

Se declara la Región de la Amazonía colombiana, sujeto de derechos, 11001-22-03-000-2018-00319-01 (Corte Suprema de Justicia 4 de abril de 2018). Obtenido de https://kavilando.org/images/stories/documentos/STC4360-2018-2018-00319-01.pdf

Se declara Río Magdalena Sujeto de derechos, 41001-3109-001-2019-00066-00 (Juzgado Primero Penal del Circuito con funciones de conocimiento Neiva Huila. Colombia 24 de octubre de 2019). Obtenido de http://files.harmonywithnatureun.org/uploads/upload869.pdf

Nota.


*Abogado, especialista en derecho penal, defensor público e investigador Grupo Kavilando.

**Docente Investigador Universidad de San Buenaventura Medellín, Integrante Red Interuniversitaria por la Paz, actual Consejero de Paz Conpaz Medellín sector Universidades, e Integrante grupo Autónomo Kavilando. Contacto: Alfonso.insuasty@gmail.com

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