Transgresoras de la palabra

Atziri Ávila

Carmen Aristegui: Transgresora del monopolio mediático, el control de la información y los intereses clientelares

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y si es necesario la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorIDH), son los recursos que la periodista Carmen Aristegui y su defensa han encontrado ante la falta de justicia en nuestro país.

La censura y el despido injustificado en su contra ocurrido en marzo de 2015, luego de haber hecho pública la investigación periodística “La casa blanca de Enrique Peña Nieto”, una de las residencias habitadas por él y su familia, es un botón de muestra de la falta de garantía del derecho a la libertad de expresión y el derecho a la información en México.

Visibiliza los mecanismos de censura y el control editorial que buscan imponerse desde los “hilos del silencio”, las estructuras oficiales y los espacios de poder político y empresarial, haciendo uso incluso del sistema judicial para socavar el ejercicio del periodismo crítico e independiente.

La investigación periodística de Carmen Aristegui y su equipo de trabajo, dejó al descubierto la corrupción y complicidad entre el Gobierno Federal y grupos empresariales.

A través de recursos de transparencia y acceso a la información pública, se descubrió que la propiedad legal de la “Casa Blanca”, valuada en más de 7 millones de dólares, estaba registrada a nombre de Juan Armando Hinojosa Cantú, alto funcionario del Grupo Higa y contratista del gobierno mexicano beneficiario de contratos millonarios, “algunos obtenidos en cuestionados procesos de licitación y otros por asignación directa”[1].

Lo que en otros países hubiese derivado en un ejercicio de transparencia y rendición de cuentas por parte de los actores involucrados, en México derivó en el despido de todo un equipo de trabajo, en el cierre de un espacio informativo y en la impunidad de las autoridades coludidas y de la empresa radiofónica, cuyos directivos fueron presionados por el poder político, valiéndose del interés de la empresa de obtener la concesión de la banda 2.5 para explotar internet de alta velocidad.

Por considerarlo un “Golpe de censura, autoritarismo y de cerrazón”, Carmen Aristegui y su equipo decidieron “dar la batalla por la libertad de expresión” que les ha llevado hasta la CIDH, organismo internacional en donde se encuentra en fase de admisión la petición de demanda contra el Estado Mexicano.

El pasado jueves 7 de abril de 2016 Carmen Aristegui y organizaciones defensoras de la libertad de expresión como la Asociación Mexicana de Derecho a la Información, Fundar, Artículo 19, entre otras, estuvieron presentes ante la Comisión Interamericana en la Audiencia Pública “Acceso a la información y restricciones indirectas a la libertad de expresión en México”.

En dicha audiencia la periodista evidenció la falta de autonomía del poder judicial en nuestro país, pues si bien el amparo interpuesto por Carmen Aristegui contra el Grupo MVS fue admitido en primera instancia, días después el Tribunal Colegiado lo desechó tras una queja presentada por la empresa radiofónica.

El frene abrupto al amparo interpuesto por censurar el trabajo de la periodista y despedirla junto con su equipo, impidió que las autoridades judiciales resolvieran “si un concesionario que administra un bien público, como una frecuencia radioeléctrica, puede violar la ley, censurar y coartar la libertad de expresión en perjuicio de su audiencia”.

Ante ello, además de informar sobre su caso, Carmen Aristegui pidió la Visita Oficial a México del Relator Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH para recabar In Situ testimonios y conocer más a fondo la situación de la libertad de expresión en México, país que vive la ausencia de espacios informativos veraces, donde prevalece la concentración de los medios de comunicación, la falta de apoyo a radios comunitarias y medios alternativos, entre muchos otros obstáculos para garantizar la pluralidad informativa, y cuyo índice de agresiones y asesinatos a periodistas es alarmante, como lo ha documentado la organización internacional Artículo XIX la cual registró tan solo en 2015, 397 agresiones contra periodistas, entre ellas 84 mujeres[2].

Ante la violación y falta de garantías del derecho a la libertad de expresión y el derecho a la información, la demanda contra el Estado Mexicano ante la CIDH “por obstrucción y denegación de justicia” es respaldada a través de la llamada Declaración de Medellín por al menos 101 periodistas de América Latina, Estados Unidos y Europa.

Carmen Aristegui transgredió y sigue transgrediendo los intereses económicos, el poder político y empresarial con el fin único de ejercer un periodismo libre y crítico, promoviendo el debate, la independencia editorial y la realización de investigaciones especiales que colocan en la palestra pública problemáticas como el caso “Cuauhtémoc Gutiérrez de la Torre” o los hechos ocurridos en Tlatlaya, Ayotzinapa, entre otros.

En ese sentido, la postura del Estado Mexicano frente a la censura contra la periodista, evidenciará no sólo su definición sobre ese hecho en particular, sino la postura del Gobierno Federal actual para garantizar la libertad de expresión y el derecho a la información de las y los mexicanos, ávidos de un periodismo crítico.

La batalla es una batalla que apenas comienza y en la que el papel de la ciudadanía es fundamental, no está demás recordar que el Principio 1 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH establece que: “La libertad de expresión, en todas sus formas y manifestaciones, es un derecho fundamental e inalienable, inherente a todas las personas y un requisito indispensable para la existencia de una sociedad democrática”, por lo que está en nuestras manos exigir y ejercer este derecho.

Asimismo la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha referido que: “La libertad de expresión es una piedra angular en la existencia misma de una sociedad democrática (…) indispensable para la formación de la opinión pública. Es también conditio sine qua non para que los partidos políticos, los sindicatos, las sociedades científicas y culturales, y en general, quienes deseen influir sobre la colectividad puedan desarrollarse plenamente. Es, en fin, condición para que la comunidad, a la hora de ejercer sus opciones, esté suficientemente informada. Por ende, es posible afirmar que una sociedad que no está bien informada no es plenamente libre”[3].

Las violaciones al derecho a la libertad de expresión en nuestro país son muchas y las agresiones contra la periodista han sido también una constante, basta mencionar el 4 de enero de 2008 cuando fue despedida de WRadio por «una incompatibilidad de modelos en términos de dirección editorial» o su primer despido de Noticias MVS el 7 de febrero de 2011 por “transgredir el código de ética de la empresa, al dar rumores como noticias”, por preguntar en su programa si el entonces presidente Felipe Calderón tenía problemas con el consumo de alcohol.

Si bien días después la presión social logró que la conductora fuera reinstalada, se han usado en su contra mecanismos de coerción que buscan poner en entredicho su calidad ética, profesionalismo y restringir su libertad de expresión, sin embargo su credibilidad y labor periodística le ha valido también el reconocimiento dentro y fuera de México.

Entre muchos otros galardones, Carmen Aristegui ha recibido en 5 diferentes ocasiones el Premio Nacional de Periodismo de México y recientemente el Premio Gabriel García Márquez 2015. La periodista mexicana se ha convertido en una transgresora del monopolio mediático, el control de la información y los intereses clientelares, que invita e impulsa a seguir danto la batalla por nuestro derecho a la información y a la libertad de expresión, exigiendo las condiciones para el ejercicio y acceso a un periodismo libre e independiente.

@atzirieavila

[1] La casa blanca de Enrique Peña Nieto: http://aristeguinoticias.com/0911/mexico/la-casa-blanca-de-enrique-pena-nieto/

[2] El Informe “M.I.E.D.O.: informe 2015 sobre violencia contra la prensa” puede consultarse en: http://articulo19.org/m-i-e-d-o-informe-2015-sobre-violencia-contra-la-prensa/

[3] Cfr. Corte IDH, La Colegiación Obligatoria de Periodistas(arts. 13 y 29 Convención Americana sobre Derechos Humanos). Opinión Consultiva OC-5/85 del 13 de noviembre de 1985. Serie A No. 5, párr. 70.

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