Ventanas

Alicia Alonso Merino

Tres metros cuadrados

La Señora Rossi recuerda todavía las palabras que le dirigieron sus compañeras cuando fue trasladada a la cárcel de Agrigento (en la isla italiana de Sicilia): “Bienvenida al infierno”. Su paso por esa cárcel ella lo define como un auténtico trauma y no solo por tener que dividir la pequeña celda con otras dos inquilinas, sino por lo que definía como condiciones deshumanas: el frío en invierno y sin calefacción, el lavabo que no funcionaba (con lo cual tenían que lavar los platos en el bidet), las paredes con grietas, muchos insectos, temor permanente a cogerse hongos y enfermarse por la humedad…, la falta de atención médica, la ausencia de actividades.

En la cárcel italiana de Busto Arsizio el Sr. Torreggiani junto con otros dos presos, se lamentaba de tener que cumplir condena en una celda de 9 metros cuadrados. También denunciaron la falta de agua caliente lo que les habría impedido durante varios meses hacer uso regular de la ducha. Además, su celda no tenía iluminación suficiente debido a las rejas metálicas colocadas en las ventanas. Permanecían en la celda la mayor parte del día, sin realizar apenas actividades.

En la prisión de Bjelovar (Croacia) el Sr. Muršić estuvo preso por un período de cincuenta días en una celda compartida donde disponía de menos de 3 metros cuadrados de espacio personal para moverse. Además las celdas estaban mal mantenidas, húmedas, sucias y no tenían taquillas y sillas para todos los reclusos. El baño se encontraba en la misma zona de estar a medio metro de la mesa del comedor, lo que provocaba un fuerte olor constante. Tampoco allí había acceso a actividades recreativas y educativas. A los presos se les permitía moverse libremente fuera de la parte cerrada de la prisión solamente entre las 16.00 y las 19.00 horas, y las instalaciones fuera de la celda también eran inadecuadas e insuficientes. Sin acceso al agua caliente, sólo se les permitía ducharse una o, a veces, tres veces por semana.

El Sr. Bădulescu estuvo recluido en la prisión de Oporto (Portugal) durante 7 años, durante los cuales se quejó de haber estado celdas superpobladas con espacio personal limitado. Además las celdas eran insalubres, demasiado frías en invierno y demasiado calurosas en verano y los retretes no estaban separados de la celda. También se quejó de la tardía e inadecuada atención dental y de que las llamadas telefónicas a su familia se limitaban a cinco minutos al día.

Estos tres últimos son sólo algunos de los muchos casos sobre los que se ha pronunciado el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenando la vulneración del art. 3 del Convenio Europeo (CEDH) que establece que nadie podrá ser sometido a torturas o tratos inhumanos y degradantes. Este tribunal ha determinado que cuando una persona presa dispone de menos de 3 metros cuadrados de superficie en una celda compartida, existe una “fuerte presunción” (no certeza) de que las condiciones de detención constituyen un trato degradante que infringe aquel artículo. A la falta de espacio, además, habría que añadirle otras circunstancias para considerarse un trato degradante como la duración de la detención, las posibilidades de hacer ejercicio al aire libre o el estado físico y mental de la persona recluida.

El Comité Para la Prevención de la Tortura, que es un órgano del Consejo de Europa que hace visitas para inspeccionar las condiciones de habitabilidad en las cárceles, es un poco más generoso que el alto tribunal europeo. Para el Comité, el estándar mínimo para no considerarse trato degradante debería ser 4 metros cuadrados de espacio habitable por persona presa en una celda de ocupación múltiple.

El último informe solicitado por el Parlamento Europeo al respecto de las condiciones de las cárceles en la Unión Europea1, revela la situación de sobrepoblación como un problema persistente con consecuencias negativas sobre otros aspectos de la vida carcelaria: las relaciones entre las personas presas, relaciones entre el personal penitenciario y recluido, el acceso a la asistencia sanitaria, el acceso a la formación y al trabajo o la preparación para la reinserción.

Según el Informe Space I del Consejo de Europa, diez eran los países que excedían numéricamente la capacidad general de plazas en sus instalaciones: Hungría, Suecia, Francia, Italia, Turquía, Bélgica, Chipre, Grecia, San Marino y Rumanía. Además, al finalizar las medidas restrictivas para la reducción de entradas en las prisiones que se aplicaron durante la pandemia del COVID, el número de personas encarceladas están volviendo a aumentar en algunos países. Todo ello nos lleva a deducir que una parte importante de la población reclusa en Europa se encuentra cumpliendo condena en condiciones incompatibles con la dignidad humana.

Pero, lamentablemente, este problema no solo es exclusivo de las prisiones europeas. En América Latina, el hacinamiento en las cárceles viene siendo denunciado desde hace años por las organizaciones de la sociedad civil así como por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Eso es una consecuencia del peligroso populismo punitivo, tan tristemente de moda en la mayoría de los países, que ven como única solución a los problemas de inseguridad recurrir a la prisión. Sus resultados son conocidos: el hacinamiento en estos centros de un gran número de jóvenes racializados y provenientes de las periferias de las ciudades.

Así, contra toda evidencia científica en la eficacia de tales medidas para la reducción de los delitos, asistimos perplejas, por ejemplo, en Chile, a un incremento obsceno de propuestas legislativas que aumentan los delitos penados con la privación de libertad, amplifican el uso de la prisión preventiva, alargan las condenas de los ya punidos y limitan ampliamente la concesión de beneficios penitenciarios. El resultado desastroso de todo ello lo podemos vaticinar: un incremento exponencial de la población carcelaria y una multiplicación de todos los males que aquejan a un fallido sistema penitenciario ya seriamente dañado.

A este paso, los raquíticos tres metros cuadrados acabarán siendo no ya una condición para establecer que la vida detentiva sea degradante sino una situación a la que pocas personas presas podrán acceder. Y si como decía Dostoievski, el grado de civilización de una sociedad se mide por el trato a sus presos, creo que como sociedades vamos mal… muy mal.

1 https://www.europarl.europa.eu/RegData/etudes/STUD/2023/741374/IPOL_STU(2023)741374_EN.pdf

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