El menosprecio hacia las víctimas

Leonel Rivero

La acentuación de los actos delictivos que cotidianamente se perpetran en el territorio nacional se ha incrementado exponencialmente así como el número de víctimas directas e indirectas, que buscan en los órganos de procuración y administración de justicia, la investigación de los hechos, la sanción a los responsables y la reparación del daño.

La falta de oportunidades y las grandes desigualdades sociales generadas por la falta de acceso a un nivel de vida decoroso, aunado a los graves vicios que persisten en los sistemas de seguridad pública, de procuración y administración de justicia, constituyen problemas torales que han ocasionado que los programas de prevención del delito fracasen.

El actual gobierno, al igual que sus antecesores, sigue sin atender integralmente el fondo del problema que no sólo se reduce a la prevención y sanción de los delitos, sino a la implementación de políticas públicas que corrijan las graves desigualdades sociales que siempre han prevalecido en México.

La seguridad pública, la procuración y la administración de justicia, siguen siendo tres problemas sin solución a corto plazo. Las acciones que llevan a cabo los organismos de seguridad incluyendo la Guardia Nacional, no han logrado disminuir el índice de criminalidad y de acuerdo con el INEGI, el porcentaje de delitos que permanecen impunes supera el 80% del índice nacional, lo cual demuestra la incapacidad de los sistemas de procuración y administración de justicia para investigar y sancionar a los responsables.

Toda persona víctima de un delito tiene a su favor el derecho de acceso a la justicia, el derecho al debido proceso, el derecho a la asistencia jurídica, etcétera; esas prerrogativas tienen como objetivo que las víctimas, conozcan la verdad de los hechos, se castigue a los perpetradores del delito, se les repare el daño, y en casos determinados se generen garantías de no repetición. El Estado tiene a su cargo el diseño y la implementación de mecanismos de accesibilidad a la justicia en igualdad de circunstancias, otorgando un trato diferenciado cuando las circunstancias del delito o de la víctima lo ameriten.

El derecho de igualdad y no discriminación, es un valor fundamental en cualquier sociedad, las autoridades son las primeras obligadas a respetar ese derecho, incluso en casos extremos en los que el propio Estado se encuentre en situación de guerra, de peligro público o de otra emergencia que amenace su independencia o seguridad.(1)

Desde antes de iniciar al actual gobierno, fue evidente que el compromiso con las víctimas para que obtuvieran justicia, quedaría más en una simple promesa, que en un compromiso claro de cumplir con la ley. El Segundo Diálogo por la Paz, la Verdad y la Justicia, que se celebró en el Centro Cultural Universitario Tlatelolco de la Ciudad de México el 14 de septiembre de 2018, evidenció crudamente el grado de sufrimiento e impotencia que enfrentan las víctimas. Y sus reclamos dejaron atónitos al entonces presidente electo y a los futuros titulares de la Secretaria de Gobernación y de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana. El impacto del reclamo y la falta de respuestas y/o propuestas obligó a los futuros funcionarios a cancelar los Diálogos.

En los últimos meses hemos presenciado como desde la presidencia de la república se ha generado un trato discriminatorio para la víctimas, prevaleciendo los intereses políticos por encima de la obligación constitucional de proteger, respetar y garantizar los derechos de las víctimas.

El presidente ha otorgado un trato diferenciado a las víctimas cuyos casos pueden generarle a su gobierno sanciones económicas o acciones punitivas implementadas por otras naciones o bien la condena de algún organismo internacional de derechos humanos; en estos casos, el primer mandatario no ha tenido reparo en acudir al domicilio de los agraviados o en abrir las puertas del Palacio Nacional a las víctimas y a los representantes de sus países de origen, la diligencia con la que en estos asuntos han actuado las autoridades, garantizando a las víctimas el acceso a la justicia y el castigo a los responsables, contrasta con la insensibilidad que han mostrado en casos en los cuales los afectados son ciudadanos mexicanos.

La actuación del Ejecutivo, contrasta con otros casos de igual o mayor gravedad, en los cuales las víctimas pertenecen a grupos ancestralmente vulnerables y que habitan en regiones de extrema pobreza, estos acontecimientos, sólo han merecido algunas alusiones del presidente y la promesa de acudir al lugar de los hechos en los meses subsecuentes, tal es el caso de la masacre cometida en el municipio de Chilapa, Guerrero en donde el grupo de los Ardillos asesinó a 10 indígenas.

El menosprecio que muestra el ejecutivo, ha cundido como ejemplo no sólo en las dependencias administrativas de los tres órdenes de gobierno que tienen a su cargo la atención a las víctimas, también en las fiscalías y tribunales del fuero común y federal.

No estoy en contra de que se imparta justicia a las víctimas que tienen interlocución directa con el presidente y funcionarios de primer nivel, lo que critico, es el trato diferenciado y el menosprecio que los funcionarios dan a la inmensa mayoría de las víctimas

COMPORTAMIENTO JUDICIAL

El administrador del Vigésimo Circuito del Poder Judicial de la Federación, con sede en el Estado de Chiapas, como todo funcionario ajeno a la función jurisdiccional presupone que la FORTALEZA de los tribunales radica en el NIVEL DE SEGURIDAD de sus instalaciones y no en el CALIDAD DE SUS RESOLUCIONES, sólo así podemos entender el excesivo e injustificable dispendio de recursos públicos que llevó a cabo para reforzar las instalaciones del recinto judicial con placas de lámina metálica y alambre de navajas en espiral, que a simple vista dan la impresión al usuario de estar ingresando a un centro penitenciario y no a un tribunal de justicia.

Las excesivas medidas de seguridad de las instalaciones del circuito judicial de Chiapas, contrasta con las que existen en otros circuitos judiciales asentados en entidades federativas con graves problemas de seguridad pública.

(1) Corte Interamericana de Derechos Humanos, Opinión Consultiva OC-9/87 del 6 de Octubre de 1987 “Garantías Judiciales en Estados de Emergencia (Arts. 27.2, 25 Y 8 Convención Americana Sobre Derechos Humanos”

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Una Respuesta a “El menosprecio hacia las víctimas”

  1. Bernardo Barrañon Mendez

    Abogado, que bien que exhiba a estas lacras, tanto municipales, como estatales y federales, así mismo a los del PJF, ya que ninguno cumple con las funciones que se les confirieron. YA BASTA, fuera incompetentes.

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