Foto: Carlos Herrera | Confidencial
El Gobierno de Daniel Ortega y Rosario Murillo comenzó a cancelar los registros de los asegurados en el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS), para ejecutar la confiscación ilegal de sus pensiones de vejez, a partir de este 20 de febrero, confirmaron a CONFIDENCIAL diez de los afectados, que fueron despojados de su nacionalidad el pasado 9 y 15 de febrero.
Una fuente vinculada a la seguridad social explicó que a lo interno del Instituto el presidente ejecutivo del INSS, Roberto López, ordenó la ejecución de la medida, después de analizar el supuesto sustento legal que podían usar, a raíz de la declaración de “apátridas”, y una vez definido eso, “se decidió que sí se les iban a quitar” las pensiones.
El destierro de 222 expresos políticos, que tuvo lugar el pasado nueve de febrero, a lo que se le sumó la declaración de “apátridas” y prófugos de la justicia a otros 94 ciudadanos nicaragüenses el pasado día 15, llevó aparejado la decisión inconstitucional de confiscar sus bienes y desaparecerlos de cualquier registro público.
El primer golpe fue la inmovilización en el Registro de la Propiedad de los inmuebles de los afectados con “anotaciones” que paralizan las posibilidad de realizar transacciones, como medida previa a la confiscación. El segundo zarpazo se ejecutó al llegar las fechas en que habitualmente se depositaban los pagos de las pensiones de los jubilados, entre el 19 y el 21 de febrero.
Cuatro de ellos -el exministro de Educación, Humberto Belli; el exmiembro de la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional, Moisés Hassán; el exdirector de relaciones exteriores del FSLN, Julio López Campos, y su esposa la exguerrillera Mónica Baltodano- confirmaron a CONFIDENCIAL que este mes ya no pudieron acceder a sus pagos.
La decisión fue considerada “abominable, infame, inhumana”, por el abogado y defensor de Derechos Humanos, Gonzalo Carrión, cuyo nombre fue incluido en el grupo de los 94, mientras Belli lo consideraba “un robo”, y López Campos la catalogaba de “canallada, brutalidad, y desprecio a los derechos humanos”.
Borrados del sistema
El testimonio del exministro Belli señala que él está pensionado desde la primer década del presente siglo y que, al salir del país en junio del 2021, dejó un poder firmado para que alguien de su confianza cobrara su cheque en la ciudad de León, pero que al tratar de hacerlo en este mes de febrero, la persona recibió la respuesta de que “el señor Belli no está en el sistema”.
“La sentencia que nos declara traidores a la patria y nos quita nuestra ciudadanía, manda congelar nuestros bienes inmuebles, pero no un ingreso que nos pertenece por ley, como la pensión, que no es una dádiva, sino un derecho que nos ganamos después de ahorrar por muchos años. Lo único que hace el INSS es devolvernos nuestro dinero”, dijo Belli.
“Ellos se lo están robando, porque este tipo de sanción no está prevista en ninguna ley, ni en la Constitución”, añadió adelantando que, dado que posee la nacionalidad italiana, se puso en contacto con la embajada de ese país para pedir su apoyo en este problema, además de buscar un abogado para explorar opciones legales en el país.
“Quieren decretar nuestra ‘muerte civil’, pero nosotros existimos, y tenemos derechos inalienables, que ningún Estado nos puede arrebatar”, añadió.
Una jubilada que intentó cobrar su pensión, como todos los meses a través de un apoderado legal relató que le dijeron que “no me podían pagar la pensión por órdenes del presidente ejecutivo del INSS”, Roberto López.
No hay precedentes
Julio López Campos también recibía el pago de la pensión en una cuenta bancaria, pero después que el régimen anunciara que le quitaba su nacionalidad, “no han depositado absolutamente nada, ni en mi cuenta, ni en la de Mónica”, Baltodano, que también es parte de la lista de los 94.
“Esta acción de la dictadura se suma a una serie de monstruosidades políticas y jurídicas que alarman a la comunidad internacional, tales como el despojo de la nacionalidad, la confiscación de nuestros bienes, y ahora la de nuestras pensiones, con las que redondean un conjunto de atrocidades que no tiene precedentes en América Latina, ni en el mundo”, consideró.
Viéndolo desde el punto de vista jurídico, recordó que este tipo de derechos se tenían por “inviolables, intocables. Se consideraba que estaban más allá de una línea roja que no se podía pasar”, pero el hacerlo es algo que “ha alarmado a la gente decente del planeta”.
En Colombia, por ejemplo, una sentencia de la Corte Constitucional estableció la “inviolabilidad de las pensiones”, bajo la premisa que la “pensión constituye un salario diferido del trabajador, fruto del ahorro forzoso que realizó durante toda una vida de trabajo”.
En otras palabras, el pago de una pensión no es una dádiva de la nación ni del empleador, sino el simple reintegro que del ahorro constante de largos años, es debido al trabajador. La no devolución de ese ahorro coactivo y vitalicio denominado “pensión” equivale, ni más ni menos en este caso, a un comiso de características especialísimas, puesto que el bien decomisado no tiene relación alguna con el presunto delito que se le imputa al pensionado, y la privación del mismo se efectúa sin intervención de funcionario judicial alguno, y sin posibilidad de que el afectado pueda ejercer el derecho de defensa que le asiste para defender su patrimonio”.
Protección constitucional
El exmiembro de la primera Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional, Moisés Hassán, también se llevó un disgusto similar cuando intentó y no pudo acceder a la cuenta bancaria que hace más de una década abrió el INSS a su nombre, para depositar sus pagos. Hassán informó que la web del banco solo le indica que la cuenta está bloqueada, y le sugiere ponerse de acuerdo con el personal de servicios bancarios.
No es la primera vez que pierde el dinero que había guardado en un banco, siendo que “recientemente, me bloquearon sin ninguna explicación, el acceso a otra cuenta que tenía en otro banco comercial”. Aunque perdió los fondos que todavía tenía depositados en esa cuenta, relata que no fue mucho, porque los había trasladado poco antes, así que pudo salvar la mayoría de sus ahorros personales.
El artículo 61 de la Constitución Política de Nicaragua señala que “el Estado garantiza a los nicaragüenses el derecho a la seguridad social para su protección integral frente a las contingencias sociales de la vida y el trabajo, en la forma y condiciones que determine la ley”.
El artículo 82, inciso 7, determina que “los trabajadores tienen derecho a… seguridad social para protección integral y medios de subsistencia en casos de invalidez, vejez, riesgos profesionales, enfermedad y maternidad…”.
Del mismo modo, el artículo 105 indica que “los servicios de educación, salud y seguridad social, son deberes indeclinables del Estado, que está obligado a prestarlos sin exclusiones, a mejorarlos y ampliarlos…”.
Recurrir a la justicia internacional
Así como Belli reconoció que están buscando asesoramiento legal, López Campos admite que también debería hacer lo mismo, pero reflexiona que el carácter “sin precedentes” que tiene la medida del régimen, dificulta analizar opciones en lo legal. “No importa lo que uno haga: nadie tiene acceso al cauce jurídico en Nicaragua, porque todas las vías legales están cerradas”, aseveró.
El abogado Carrión recuerda que “la seguridad social es parte de lo que llaman ‘derecho adquirido’ y se acumula a través del tiempo, con base en los aportes que hace cada asegurado. Así como no hay derecho para que nadie sea despojado de su nacionalidad, tampoco lo hay para que se te excluya de la Seguridad Social. No hay ningún marco legal que pueda justificar eso, porque implica despojarte de tus derechos humanos y constitucionales”, remarcó.
Al ser el despojo de las pensiones, una violación de un derecho, los afectados pueden demandar al Estado nicaragüense ante las cortes internacionales -en este caso, la Corte Centroamericana de Justicia (CCJ), y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)- con la salvedad que el sistema mismo manda a hacerlo hasta después de haber agotado las vías nacionales.
Jhoswel Martínez, presidente de la Asociación Intercultural de Derechos Humanos (Asidehu), descarta la vía de la CCJ, a la que considera “totalmente disfuncional”, con el agravante que, al tener su sede en Managua, es posible que la dictadura actúe en contra de ellos -recordando que ya existe el antecedente del decomiso del edificio de la OEA- “para impedirle que vean el caso”.
“Es sabido que para acudir a la justicia internacional, hay que agotar el recurso nacional, pero en Nicaragua eso no se puede. Como la CIDH entiende que en el caso de Nicaragua eso no es posible, porque es el mismo Estado el que violenta los derechos de los ciudadanos, y no permite siquiera presentar una denuncia en su sistema, entonces considera omitir la parte nacional del proceso y recibe las denuncia directamente”, explicó.
Las otras seis fuentes -que incluyen defensores de derechos humanos, profesionales, políticos opositores, etc., incluidos en la lista de los 222 o la de los 94- confirmaron que tampoco tuvieron acceso a la cuenta bancaria en la que se les depositaba su pensión, pero pidieron mantener sus nombres en reserva, ante el temor de que el régimen buscara venganza con sus familiares que siguen en Nicaragua.
Publicado originalmente en Confidencial