Posturas encontradas frente a la Ley del derecho de réplica

Atziri Ávila/ Desinformémonos

Foto: Mediocracia

Ciudad de México | Desinformémonos. El siete de noviembre la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá el proyecto de sentencia y resolverá las acciones de inconstitucionalidad promovidas contra la Ley Reglamentaria sobre el Derecho de Réplica, expedida el 4 de noviembre de 2015, a través de un decreto.

Ante la ley que reglamenta el artículo sexto constitucional, el entonces dirigente nacional del PRD Agustín Basave, y el presidente de Morena, Andrés Manuel López Obrador, así como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) interpusieron acciones de incostitucionalidad que desembocaron en la Sala dos de la SCJN, en donde el Ministro Alberto Pérez Dayán integró el expediente que será votado en los próximos días, y cuyo contenido ha generado posturas encontradas.

Para David Peña Rodríguez, abogado del Grupo de Acción por los Derechos Humanos y la Justicia Social, la Ley sobre el derecho de réplica es un exceso en la interpretación del ejercicio del derecho de la libertad de expresión, abonaría a que los medios se conviertan en una gaceta o vocería de la información difundida y la posición de las personas aludidas sobre una misma nota, se perdería la naturaleza incluso de la auscultación del trabajo público”, afirma.

La posibilidad de eliminar la condición de que la información sea inexacta, imprecisa o falsa para poder ejercer el derecho de réplica y extenderlo o ampliarlo de manera general para que cualquier persona que sea mencionada en una información, aunque esta información sea cierta, y pueda ejercer el derecho de réplica es un exceso en la interpretación”, continúa Peña Rodriguez, para quien ello podría derivar en que los propios medios de comunicación y periodistas se conviertan en agentes replicadores de toda la información que puedan publicar, no sólo aquella información inexacta e imprecisa o falsa.

Por su parte, Jorge Bravo, Secretario General de la Asociación Mexicana del Derecho a la Información (AMEDI), asegura que el PRD y Morena, partidos que interpusieron la acción de inconstitucionalidad “consideran que para solicitar el derecho de réplica no hace falta que la información sea sólo inexacta o falsa sino también agraviante y puede ser agraviante siendo exacta o cierta, ese es el sentido de fondo del proyecto de resolución del Ministro Alberto Pérez Dayan y él coincide y propone que para solicitar el derecho de réplica no se necesita que la información sea sólo inexacta o falsa sino también agraviante, aunque sea exacta”.

Respecto de la labor periodística, David Peña afirma que “cuando hay información que cumple con el requisito de ser exhaustiva, investigada y corroborada, y sin embargo sigue siendo información inexacta, imprecisa o falsa es cuando tendría que aplicar el derecho de réplica para que cualquier persona que se sienta ofendida o aludida y pueda aclarar, rectificar o incluso corregir la información, esa es la naturaleza del derecho de replica. Sin embargo, según los estándares internacionales en materia de libertad de expresión, la obligación de los medios y periodistas es contar con diversas fuentes, corroborar y verificar que la información exista, no le compete al medio o al periodista calificar la veracidad de la información”.

Ante la controversia surgida en torno al derecho de réplica Jorge Bravo, advirtió a Desinformémonos que quienes no están de acuerdo con la Ley Reglamentaria “están exagerando y tienen un temor infundado. Hay que entender en un sentido amplio el derecho de réplica porque fomenta el debate y la discusión pública especialmente en procesos electorales”, dijo al referirse al proyecto de Ministro Pérez Dayán, con el cual afirma “se potencia el ejercicio de la libertad de expresión, la sociedad tendría más argumentos de deliberación, más información y conoceríamos más puntos de vista de lo que está ocurriendo”.

En relación a los procesos electorales, David Peña asegura que “si en medio de un proceso electoral se difunde información y se va juicio, seguramente ese juicio terminará una vez que ya hayan pasado las elecciones, es decir cuando haya acabado el efecto de la aclaración de esa información, por lo que se tienen que atender los tiempos electorales. Para tal fin se podría recurrir al Instituto Nacional Electoral (INE) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), para generar un mecanismo expedito particular o extraordinario que garantice el derecho de réplica con información inexacta, imprecisa o falsa hacia candidatos o partidos políticos dentro de un periodo electoral, lo cual no está contemplado en el proyecto.

La Ley Reglamentaria sobre el Derechos de Replica “no abona a los principios de transparencia ni de rendición de cuentas. El quitar la condición de que la información sea inexacta, imprecisa o falsa para ejercer el derecho de réplica, va a redundar no en mayor transparencia y difusión de la información sino al contrario, los medios se van a inhibir de estar difundiendo información porque todo mundo va a querer aparecer en los medios contestando”, concluye David Peña.

En ese sentido, Jorge Bravo refiere que “los medios tendrían que hacer un mejor periodismo, más objetivo y no decir cualquier cosa, profesionalizaría a los medios. Si yo voy a rectificar o corregir, sería mejor que se haga bien desde un principio, mejor periodismo y mejor información”, finaliza.

A la fecha diversos medios de comunicación se han manifestado contra el proyecto del Ministro Alberto Pérez Dayán por considerar que pone en riesgo la libertad de expresión y violenta el Artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos que refiere que “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.

Para que el fallo sea aprobado en la SCJN se requerirá de una mayoría de al menos ocho votos a favor  de los once ministros del máximo Tribunal de justicia en México.

Este material periodístico es de libre acceso y reproducción. No está financiado por Nestlé ni por Monsanto. Desinformémonos no depende de ellas ni de otras como ellas, pero si de ti. Apoya el periodismo independiente. Es tuyo.

Otras noticias de méxico  

Dejar una Respuesta