Paltas y propiedad: la ley de gravedad

Martina Kaniuka

Robó 16 paltas de un árbol en una escuela. La justicia desplegó toda su maquinaria para juzgarlo. Al árbol se llegaba desde la calle, el hombre no hizo nada que pusiera en peligro a la niñez asistente y lo hizo para evitar el hambre de su familia.

Cuenta la leyenda que fue el fruto desprendido de un manzano, el mismísimo del pecado original, lo que le cayó del cielo a Isaac Newton para descubrir la Ley de Gravedad. La manzana le habría caído sobre la cabeza para despertarle la genial revelación: todo lo que sube, tiene que bajar.  

Cuando el 29 de mayo pasado un hombre trepó el muro de casi tres metros de una escuela en Villa Devoto para alcanzar a cortar del árbol de su patio dieciséis paltas que guardó en su morral, no pensó que, de bajada, encontraría a la policía preparada para detenerlo por un pecado de gravedad: atentar contra la propiedad.

Tampoco imaginó que la Justicia del mismo país en el que las causas por delitos de lesa humanidad avanzan a paso tan lento que la guadaña divina salva a los genocidas de la balanza terrenal, lo sometería a juicio. Hoy enfrenta el cargo que puede condenarlo a seis años de prisión. Seis años de prisión por tentativa de hurto agravado con escalamiento. Seis años privado de la libertad por el delito de robar dieciséis paltas para comer.

Cantaba Larralde, con la sabiduría a la que nos acostumbró, que “el hambre engorda sólo al que hambreó”. Las dieciséis paltas no engordaron a la familia del acusado, pero sí inflaron el ego de los jueces del Tribunal de Apelaciones Ricardo Pinto e Ignacio Rodríguez Varela, que piden la condena del delito desoyendo la “necesidad extrema y  precaria situación económica” alegada por la defensa del hombre que pidió atender al contexto socioeconómico, apelando al “criterio de oportunidad”: las frutastienen “insignificancia y total ausencia de afectación del interés público y privado” (artículo 31 del Código Procesal Penal Federal).

Al árbol se llegaba desde la calle, el hombre no hizo nada que pusiera en peligro a la niñez asistente y lo hizo para evitar el hambre de su familia: así lo planteó la defensa y así lo entendió en minoría, la jueza del Tribunal de Apelaciones Magdalena Laiño, queconcluyó en que la intervención punitiva es la técnica de control social más gravosamente lesiva de la libertad y la dignidad de los ciudadanos y que el principio de necesidad exige que se recurra a ella sólo como remedio extremo.

Que el árbol no tape el bosque

En los últimos 20 años, en Argentina se pasó de consumir 150 gramos por año por persona a comer 4 kilos anuales de palta. De ser una excentricidad importada, pasó a ser un fruto caro consumido por la clase media/alta y como changa alternativa, por cientos de trabajadores informales y desocupados que apelan a los árboles de la fruta, para poder tener un ingreso y poner un plato de comida en la mesa de su familia.  

Son más de 6 millones de trabajadores los que, sin ningún tipo de posibilidades de encontrar trabajo en blanco, con el piso de derechos adquiridos asegurados, se desempeñan precarizados en la economía informal, destino para la mayoría de los adolescentes que, en contextos de vulnerabilidad, no pueden culminar sus estudios y apelan a lo que el mercado laboral les reservó.

El juez Ignacio Rodríguez Varelase inclinó por sostener sin embargo que, sin importar la significancia del robo, el hombre trepó más de dos metros estando los chicos en plena clase; tan adepta nuestra (in)justicia al fallar por esos mismos pibes en las aulas, por ejemplo, para que dejen de fumigarlos.  

No consideró que, si el hombre subió, fue por la necesidad de acercarle un plato de comida a su familia, en un contexto donde más de la mitad de la infancia de nuestro país es pobre y se necesitan 285.000 pesos por mes para no serlo en CABA, el lugar de los hechos.

Rodríguez Varela, hijo de Alberto –abogado defensor de Videla y Ministro en la cartera de Justicia durante la dictadura (1978-1981)– también sabe sobre la necesidad de ascender, pero con la certeza de que, en caso de caer, el golpe será amortiguado por sus privilegios de clase. Fue esa misma necesidad la que lo llevó a intentar más de treinta veces ascender en la Cámara, hasta ser designado como Juez de Cámara por el Congreso, durante la presidencia de Mauricio Macri. 

Ricardo Pinto, el otro juez que decidió ir a juicio oral y público para establecer la condena – que podría ser de entre 1 a 6 años de prisión– determinó que, en casos de hurto o robo, no se distingue qué se roba. Así, en el país donde sólo en el primer semestre del 2023 el bosque chaqueño perdió más de 50.000 hectáreas por la deforestación de las empresas forestales que incumplen las leyes y sentencias judiciales, un hombre será condenado a prisión por tomar de un árbol de un edificio público 16 paltas.

¿Por qué es considerado un robo la cosecha de los alimentos que crecen en nuestro suelo y no los extractivismos que le ponen precio y los envenenan para exponenciar el rinde y la ganancia de las corporaciones? ¿Por qué en el país donde el año pasado se exportaron 49.581 millones de dólares de granos, un hombre tiene que robar para alimentar a su familia?

Y debe ser porque a Newton le cayó una manzana y no una palta en la cabeza que su ley no se cumple en estas tierras y, mientras el hombre que subió al árbol y “robó” para comer bajó y puede descender a los niveles más indignantes de la escala social –esos donde a los márgenes los delinean dibujándole los barrotes de una celda–, los mismos de siempre siguen subiendo sin techo en el país donde roban para que ya nadie más pueda hacerlo.

Publicado originalmente en Pelota de Trapo

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