En los últimos 15 años, el proceso de institucionalización del derecho humano de las mujeres a una vida libre de violencia en México ha derivado en el desarrollo de legislación y creación de agencias del Estado, con el objetivo de prohibir o eliminar la violencia contra ellas.
¿Cuál ha sido el impacto de este proceso de institucionalización en los derechos humanos de las mujeres, hay una brecha entre derechos en principio y derechos en la práctica? Este cuestionamiento fue abordado por cuatro docentes durante el ‘6° Congreso de Construcción de Paz con Perspectiva de Género’, realizado en la IBERO.
La primera en responder la pregunta, hecha en la mesa de diálogo ‘Marcos legales e institucionales para la prevención y eliminación de las violencias contra las mujeres en México: ¿voluntad auténtica o concesiones tácticas?, fue la Dra. Mónica González Contró, directora del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
Dijo que hay una tendencia a demeritar los esfuerzos hechos por colectivas de mujeres en materia de legislación, como son, el reconocimiento a la igualdad entre mujeres y hombres en la Constitución o la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Sería entonces injusto no reconocer que los ejemplos enunciados son resultado de la lucha de mujeres que han presionado para que se den estos cambios, y que encuentran eco en hombres sensibles que han acompañado estas reivindicaciones.
Consideró además que, “no podemos apostar a lo punitivo cuando se trata la erradicación de la violencia”, sino a un cambio cultural que desnormalice la violencia y genere nuevas prácticas e imaginarios sociales, que realmente tiendan hacia la igualdad.
La Mtra. Regina Tamés Noriega, egresada de Derecho de la IBERO e integrante de la organización feminista EQUIS Justicia para las Mujeres, opinó que hay una ausencia de interseccionalidad, es decir, no es lo mismo cómo afecta la violencia a una mujer indígena, a una migrante, a una lesbiana o a una ama de casa, pero las políticas se generan como si ellas vivieran la misma experiencia por el hecho de ser mujeres.
Por otra parte, operar bajo una lógica disuasiva o punitivista “es una mezcla terrible, porque deja de lado lo preventivo”. Y aunque Tamés no quiere decir que se olviden las políticas de acceso a la justicia y la sanción, la prevención debe estar presente, “porque de otra manera vamos a seguir sumando (a) el catálogo de delitos, de miles de leyes, sin poder otra vez ir al fondo de las cuestiones, que son más bien estructurales”.
El Dr. Alejandro Anaya Muñoz, vicerrector Académico de la IBERO, externó que “la institucionalización no es equivalente de voluntad”, o sea, emitir leyes o contar con fiscalías especiales, no es una señal de voluntad de solucionar el problema de violencia contra las mujeres.
Un indicador de voluntad es, de dónde vienen las iniciativas; y no surgieron del Estado, sino de las y los actores externos que las empujaron. Entonces, “si la iniciativa viene de fuera, no es un indicador de voluntad del Estado”.
Ese tipo de reacciones del Estado, desde cierta literatura de relaciones internacionales, se han llamado concesiones tácticas y el fin es que el Estado tenga algo que mostrar ante la comunidad internacional observante. Así, no extraña que la institucionalización no esté generando vigencia de los derechos en la práctica. “Por eso la institucionalización no ha cambiado gran cosa, porque su intencionalidad es otra”.
Este comentario del Vicerrector parte de una investigación sobre el tema, que realizó con la Dra. Janice Gallagher, profesora asistente del Departamento de Ciencias Políticas de la Universidad de Rutgers-Newark, quien añadió que cuando se ve cómo ha sido la reacción del Estado frente a las violencias y la desaparición, se observan leyes generales y burocracias nuevas.
La mesa de diálogo fue moderada por la Dra. Michelle Gama Leyva, representante de la Vicerrectoría Académica en Asuntos de Género y profesora del Departamento de Letras, de la IBERO.
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