• Home
  • internacional
  • Los indígenas son quienes pueden resistir los transgénicos en México: abogada María Colin

Los indígenas son quienes pueden resistir los transgénicos en México: abogada María Colin

Eliana Gilet / Desinformémonos

El avance de los organismos genéticamente modificados (OGM) o transgénicos en buen criollo, sufrió dos duros reveses esta semana, ambos en la justicia. Por un lado, fue refrendada la prohibición de sembrar maíz transgénico en todo el territorio mexicano, que aunque no es definitiva, mantiene la protección del maíz convencional hasta que la causa tenga una resolución definitiva. El otro golpe partió de la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y estableció que a partir de ahora no puede sembrarse más soja transgénica en Campeche y Yucatán, hasta que no se haga la consulta que mandata la Constitución mexicana a los pueblos mayas de esas zonas.

Así como el del maíz, el proceso jurídico para detener a la soja también lleva más de tres años en marcha. En 2012 el Estado mexicano concedió permisos para la siembra comercial en 253 mil hectáreas en siete estados: San Luís Potosí, Veracruz, Tamaulipas, Chiapas, Quintana Roo, Yucatán y Campeche. El proceso de resistencia jurídica empezó un poquito antes.

El primer movimiento de este extenso proceso – que está lejos de haber concluido aún – fue en los primeros meses del año 2012, ante el pedido hecho por Monsanto para que su soja tolerante al herbicida glifosato Solución faena (nombre con el que la multinacional comercializa en México este agroquímico, similar al Round up Ready, que es el más ampliamente usado en las latitudes del sur) fuese aprobada para ser cultivada de manera experimental (sólo por la empresa). Primero Campeche, en enero y luego Yucatán, en febrero, presentaron cada una un recurso de amparo contra la multinacional para frenar esa aprobación. Cuando a los pocos meses la mega empresa pidió permiso para la liberación comercial (la venta al público) de la mencionada soja, las comunidades ampliaron el amparo contra la liberación comercial.

María Colin es integrante de Greenpeace México y es una de las abogadas que acompañó en todo ese proceso a las comunidades que acaban de lograr el triunfo en la SCJN. “Las comunidades de Chiapas fueron por un amparo similar pero no lograron el reconocimiento de “comunidades indígenas” que fue la base del fallo a favor de Campeche y Yucatán, que sí lograron auto adscribirse como pueblos indígenas, mayas en este caso”, relata la abogada.

Campeche y Yucatán ganaron el amparo en los tribunales federales hace más de un año. ¿Por qué se sembró la soja entonces si la justicia había fallado suspendiendo la siembra comercial? “Porque para efectivizar el fallo, las comunidades debían pagar una garantía. Fue un monto tan alto que no llegaron a cubrirlo. Lo que hizo el fallo reciente de la SCJN fue refrendar la prohibición que ya habíamos logrado en primera instancia pero que no pudimos garantizar”, explica.

Como faltó el último paso, el pago de la garantía, Monsanto usó la tranca burocrática para su beneficio: sostuvieron que el trámite no culminó y sembraron su soja, porque técnicamente no era ilegal.
De ahora en más, el permiso de siembra se cancela. No es una prohibición definitiva sino provisoria, atada a otro proceso administrativo: que se haga una consulta previa adecuada en las comunidades indígenas demandantes. El principal argumento por el que los magistrados de la SCJN volvieron a fallar en contra de la siembra fue que la consulta pública que debe hacerse en las comunidades indígenas (establecida en la Constitución mexicana) no se realizó en el caso de la soja de Monsanto.

El fallo de Yucatán. “Es, de hecho, bien importante ese primer fallo que lograron las comunidades de Yucatán, ya que reconoció afectaciones más allá de las económicas”, alerta Colin. El amparo 286/2012 fue resuelto el 23 de junio de 2014 por el Juez Primero de Distrito del Estado de Yucatán, René Rubio Escobar. Entonces, Campeche ya había logrado su amparo, a comienzos de ese año.

En su argumento, el juez marcó varios elementos importantes:

– reconoció la auto adscripción de los demandantes como indígenas mayas, cuya principal actividad económica tradicional es la apicultura, y que por eso están en una situación especial de vulnerabilidad, que requiere de una protección especial y garantías de acceso efectivo a la justicia. A la vez que desechó el contraataque de Monsanto, que argumentó que los mayas no vivían en las tierras donde se plantaría la soja.

– desechó los argumentos de las autoridades demandadas – fueron demandadas ocho divisiones del Estado, los principales son la secretaría de agricultura (SAGARPA), el Servicio Nacional de sanidad, inocuidad y calidad alimentaria (SENASICA) y la Secretaría de Medio Ambiente (SEMARNAT)- que exigían a los apicultores mayas pruebas científicas plenas de la afectación que habían sufrido en su producción de miel.

– reconoció que los apicultores podrían resultar afectados en sus bienes jurídicos, no sólo económicos, sino también laborales y ambientales como consecuencia de la liberación de la soja.

– aplicó el principio precautorio, es decir, entendió que existe riesgo de afectación a las comunidades
“Las deficiencias de la ley de Bioseguridad vienen ventilándose mediante los procedimientos judiciales”, sentencia la abogada. La mencionada ley que regula todo lo que tiene que ver con organismos genéticamente modificados fue sancionada en 2005.

La primera falla que le señala Colin es que revierte la carga de la prueba, es decir, le pide a los afectados que brinden la información científica que justifique su afectación. “Eso está atado al otro punto importante del alegato del juez Rubio Escobar, quien determinó que no era necesario acreditar certidumbre de los daños, sino que bastaba con que simplemente hubiese posibilidad de afectación a las comunidades (en un sentido amplio, como se mencionó y no solo económico) para que la siembra se detuviera”. Eso es aplicar el principio precautorio.

Zona libre de OGM. Antes de empezar el mecanismo judicial descrito anteriormente, las comunidades mayas de Yucatán intentaron utilizar un mecanismo previsto en el artículo 90 de la Ley de Bioseguridad, que es la declaración de zonas libres de trasngénicos, amparándose en la aplicación del principio precautorio.

“Es un mecanismo muy engorroso y complejo el de la declaratoria de zona libre de OGM, pero los distintos pueblos de Yucatán fueron los únicos que pudieron transitarlo con éxito”, dice Colin. Reunieron las firmas requeridas de la gente del lugar, consiguieron el aval del municipio, que a su vez logró que la entonces gobernadora del Estado de Yucatán, Ivonne Ortega Pacheco, decretara que su gobierno trabajaría también por la causa.

“Las comunidades consiguieron todo, pero cuando le presentaron al Estado eso que requería, la SEGARPA respondió que no existen las normas oficiales mexicanas para ese artículo”. Es decir, a pesar de que la ley está vigente hace diez años nunca se reglamentó el único mecanismo que puede proteger a las comunidades frente al avance de la biotecnología.

“Contra ese acto de autoridad presentamos otro amparo”, explica la abogada. No se trata de la causa en la que acaba de fallar la SCJN. Quienes resisten el avance de la soja genéticamente modificada en sus territorios tienen, al igual que los que resisten el avance del maíz trans, dos frentes judiciales abiertos.

El paso siguiente en la causa en que falló la SCJN es el cumplimiento de sentencia, “en el que tendremos una misión de observación, es muy importante el diseño de la consulta”. No hay plazos establecidos para su realización, de la que están encargada la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) y la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados.

Es la primera vez que se consultará a las comunidades indígenas sobre un cultivo transgénico, pero el mecanismo se ha visto en funcionamiento frente a otros proyectos que el Estado ha impulsado. Por esos antecedentes, la abogada reconoce que la consulta es un arma de doble filo. “Si las comunidades dijeran que la soja transgénica atenta contra su cultura, tendría que respetarse, lo que no ha sido el caso con las consultas frente a los proyectos de la reforma energética por ejemplo, en los que el gobierno quiere que si o si se lleven a cabo”, sostuvo.

Sin embargo, María Colin entiende que allí donde los indígenas mantienen su vínculo con la tierra es donde la resistencia a la entrada a los transgénicos tiene su principal bastión. Según datos de la CDI, hay más de 15 millones de personas que son indígenas en territorio mexicano, los cuales hablan más de 60 lenguas diferentes y están distribuidos en un quinto de su territorio. “Son los que están más cerca de los bosques, del agua, de los manantiales, están en el terreno. Los indígenas de México son quienes pueden hacer la diferencia en la entrada de los OGM en este país. Son quienes pueden resistir, incluso utilizando la ley, por eso es que son tan perseguidos”, analizó.

Este material periodístico es de libre acceso y reproducción. No está financiado por Nestlé ni por Monsanto. Desinformémonos no depende de ellas ni de otras como ellas, pero si de ti. Apoya el periodismo independiente. Es tuyo.

Otras noticias de internacional  

Dejar una Respuesta