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Ley de Víctimas en Veracruz no debe agravar sufrimiento de familiares: Colectivo Solecito

Redacción Desinformémonos

Foto: Apro 

Xalapa, Veracruz I  En Xalapa, durante una asamblea extraordinaria, el Congreso local pretende aprobar el 30 de marzo la Ley de Víctimas para el estado de Veracruz. Ante esta posibilidad, el Colectivo Solecito, integrado por familiares de desaparecidos se reunió con diputados locales para exigir que esta ley «tenga uñas y dientes» para ser aplicada.  

Si bien es cierto que la Ley de Víctimas “urge”, está debe tener suficiente capacidad de ser aplicada, es decir “que tenga uñas y dientes“, advirtió la coordinadora del Colectivo Solecito de Veracruz, Lucía de los Ángeles Díaz.

Esta ley obligaría a las autoridades de todos los ámbitos de gobierno –en sus respectivas competencias- a velar por la protección de las víctimas, a proporcionar ayuda, asistencia o reparación integral. Las autoridades no deberán agravar el sufrimiento de la víctima ni tratarla en ningún caso como sospechosa o responsable de la comisión de los hechos que denuncie.

Los integrantes del Colectivo Solecito se reunieron con diputados de la Comisión de la Verdad del Congreso local del estado de Veracruz a quienes les precisaron que “no desean una ley igual a la presentada en 2004 porque entonces será una ley que nace muerta”.  Aunque se den prisa por sacarla adelante y aprobarla hoy en la sesión del congreso, “si no tiene dientes para ser aplicada”.

La exposición de motivos señala que la Ley de Víctimas para el Estado de Veracruz, publicada en la Gaceta Oficial del Estado el 28 de noviembre de 2014, presenta diversas inconsistencias y disposiciones que ya han sido rebasadas a la luz de protección y salvaguarda de los derechos de las víctimas, por lo que es necesaria una nueva Ley que esté acorde a las exigencias actuales.

A partir de la entrada en vigor de esta ley y por única ocasión, el titular del Poder Ejecutivo remitiría a Congreso del Estado una terna, para que de entre ellos el Pleno realice el nombramiento del Comisionado Ejecutivo estatal, previo procedimiento establecido en la ley.

En un plazo de 150 días contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley: las secretarías, dependencias, organismos del sector salud, educación y las demás obligadas; así como aquellos municipios que cuenten con la infraestructura y la capacidad de prestación de servicios, en el marco de sus competencias y fundamentos legales de actuación, deberán adecuar su normatividad conforme al Programa y el Modelo de atención a víctimas.

Con información de Plumas Libres

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