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La SCJN «tarde o temprano» deberá discutir la inconstitucionalidad de la Ley Minera y resolver a favor de los pueblos originarios: Serranos Unidos en Resistencia Indígena

Rosa Rojas

Ante la resolución adoptada por  la Primera Sala  de la Suprema Corte de Justicia (SCJN) en su sesión del 25 de mayo, en el sentido de sobreseer el amparo en revisión promovido por la comunidad indígena Me’phaa de San Miguel del Progreso, municipio de Malinaltepec, Guerrero,  sin entrar al fondo de la cuestión planteada por la comunidad de que se declarara la inconstitucionalidad de la Ley Minera, la organización Serranos Unidos en Resistencia Indígena (SURI), de la Sierra Norte de Puebla, advirtió que «ante la escalada de los conflictos provocados por los proyectos de muerte, tarde que temprano, en el marco del Protocolo aprobado por la propia Corte se va a tener que abordar y resolver a favor de los pueblos originarios de la Nación».

Por lo pronto, «nos obligan a replantear una estrategia de defensa ante los embates de apropiarse de los recursos naturales asentados en las regiones en donde vivimos», advirtió el dirigente de SURI, Raymundo García López, en un comunicado.

La comunidad tlapaneca de San Miguel del Progreso, logró mediante un amparo, la cancelación de dos concesiones mineras en su territorio, siguió luchando para que la Suprema Corte de Justicia declarara que la Ley Minera es inconstitucional e incompatible con los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.

El gobierno de Enrique Peña Nieto pidió  a través de la Secretaría de Economía (SE) el sobreseimiento del amparo en revisión 393/2015, argumentando que las concesiones fueron canceladas porque las empresas que las tenían renunciaron a ellas y por lo tanto el amparo debía ser sobreseído. Sin embargo, San Miguel del Progreso, acompañado por Tlachinollan, solicitó a la SCJN que atrajera el caso para que analizará, por primera vez, si la Ley Minera en vigor es compatible con la Constitución y con los tratados internacionales de derechos humanos. En febrero de 2015, el Pleno de la Primera Sala de la SCJN acordó por unanimidad la reasunción de competencia del expediente del amparo en revisión 393/2015.

San Miguel del Progreso había señalado que las compañías transnacionales, la Cámara Minera y la Secretaría de Economía buscaron con dichas renuncias a las concesiones evitar el análisis de la Ley Minera por la SCJN, «pues es evidente que viola la Constitución y los Tratados Internacionales y si se declara que es anticonstitucional, eso beneficiaría no sólo a San Miguel del Progreso sino a cientos de comunidades indígenas cuyos territorios están siendo perjudicados por megaproyectos», poniendo en riesgo su existencia misma como pueblos indígenas.

San Miguel del Progreso advirtió también que el 24 de noviembre de 2015, la Secretaría de Economía  publicó en el Diario Oficial de la Federación que quedaron libres los lotes mineros que amparaban las concesiones a las que renunciaron las transnacionales mencionadas, por lo que su territorio indígena comunal se ofertaría de nuevo al mejor postor. Ante eso la comunidad interpuso otra demanda de amparo, admitida en diciembre de 2015 por el Juzgado Séptimo de Distrito del estado de Guerrero, que otorgó a favor de la comunidad indígena la suspensión de plano, con el fin de que las declaratorias de libertad no surtan efectos, lo que imposibilitaba a la SE para admitir solicitudes de concesiones mineras a particulares que deseen los lotes liberados hasta que se resuelva el fondo del juicio.

García López planteó que de acuerdo con el modelo jurídico adoptado por nuestras instituciones, reforzado con las innovaciones del sistema jurídico interamericano y atendiendo la supremacía de las normas, «es ampliamente reconocida la brecha legal  entre la Constitución General de la República y la Ley Minera, teniendo como referente la propia Jurisprudencia de la SCJN en cuanto a la fuerza de los Tratados Internacionales firmados por el Estado mexicano y ratificados por el Senado de la República».

Afirmó que el Estado mexicano autoriza concesiones mineras en las regiones indígenas «de una forma ilegal e ilegítima creando situaciones de conflicto en la que han perdido la vida varias personas de los pueblos indígenas al enfrentarse con los intereses de grandes corporaciones. Esta situación la experimentamos en los pueblos y comunidades de la Sierra Norte de Puebla».

Añadió que cada vez más la nación se desgarra por este enfrentamiento –a veces silencioso, otras ocasiones público- «sin tomar el Gobierno medidas de solución apegadas a derecho empezando por respetar los Tratados firmados y armonizar la Constitución General de la República y establecer  una Mesa de Alto Nivel que permita solucionar nuestros reclamos legítimos de reconocer y respetar nuestros territorios indígenas. Al contrario, mediante subterfugios legales de abogados patronales incrustados en la Secretaría de Economía y en la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos  Naturales, nos obligan a replantear una estrategia de defensa ante los embates de apropiarse de los recursos naturales asentados en las regiones en donde vivimos».

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