Foto: La consulta previa es un derecho fundamental de los pueblos indígenas (Rafael Stédile)
Indígenas guaraníes del Territorio Indígena de Pico do Jaraguá, en Sao Paulo, acordaron con la Policía Militar de São Paulo el último martes (10) la desocupación de un terreno en los alrededores del terreno que pertenece a la empresa constructora Tenda Negocios Inmobiliarios. Los indígenas ocupaban el terreno desde el 30 de enero de este año y en este momento se mantienen frente al local mientras aguardan una resolución de la Policía Federal.
Días antes del comienzo de la ocupación, la constructora había realizado una tala de árboles nativos para empezar a construir un proyecto de vivienda con cinco edificios a pocos metros de la aldea Tekoa Ytu.
Esta aldea, una de las seis en la región, está en la fase final del proceso de demarcación de tierras, mientras que las otras cinco tienen su territorio reconocido por una orden interministerial.
Competencia de la Justicia Federal
Desde entonces, la instancia estadual de justicia ignora la jurisprudencia federal en el caso, como afirma Gabriela Pires, abogada de la Comisión Guaraní Yvyrupa – representante legal del pueblo guaraní. Aun así, una jueza del Tribunal de Justicia de Sao Paulo determinó la reintegración inmediata.
Según el artículo 109 de la Constitución Federal, cabe a los jueces federales analizar la “disputa sobre derechos indígenas”. Gabriela Pires informa que hay dos acciones en la Justicia Federal: una para que se reconozca que el caso debe ser analizado en esta instancia y otra para que se reconozca que hubo deforestación ilegal de la Mata Atlántica en la región así como violación de los derechos indígenas.
La primera acción sigue sin una decisión judicial. En lo que se refiere a la deforestación ilegal, la Justicia Federal prohibió que la constructora avance en la tala de árboles en el lugar por no haber presentado los documentos necesarios para realizar obras en el sitio.
Violación de territorio indígena
Los representantes del proyecto deberían incluir la cuestión indígena en el proceso de licencia ambiental según establece un decreto ministerial de 2015, puesto que se encuentra a menos de ocho kilómetros de un territorio indígena.
La consulta previa a los pueblos también está asegurada por normas del Instituto Brasileño del Medio Ambiente y Recursos Naturales Renovables (IBAMA) y por la Convención 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), de la cual Brasil es signatario.
El área también está protegida por formar parte de la Reserva de la Biosfera del Cinturón Verde de São Paulo pues en la región se encuentra una de las últimas reservas de Mata Atlántica.
Según la Alcaldía de São Paulo, la constructora firmó un Acuerdo de Compromiso Ambiental en el que se establece la tala de 528 árboles nativos y la compensación ambiental a través del plantío de 549 plantones en el local.
Sin embargo, no hay información sobre el proyecto en la Fundación Nacional del Indio (FUNAI), en el ámbito federal, o en la Compañía Ambiental del Estado de São Paulo (CETESB), en el ámbito estadual.
Constructora
En una nota enviada a Brasil de Fato, la constructora Tenda afirmó que “todos los procedimientos necesarios para la legalización del emprendimiento fueron adoptados, cumplidos y aprobados por los órganos competentes”.
La Fiscalía de Sao Paulo incluyó un laudo en el proceso que confirma que la región no podría haber sido deforestada. “A partir de eso, hubo una audiencia de conciliación en la Justicia Federal en la que la propia Tenda se pone a disposición para suspender cualquier actividad en este terreno hasta el 6 de mayo” lo que evidencia, según Pires, la no urgencia de la toma de posesión como exigió la jueza del Tribunal de Justicia de São Paulo.
Edición: Leandro Melito
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