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Entorpece Procuraduría de San Luis Potosí, investigación por el asesinato de una mujer

Redacción Desinformémonos

En octubre de 2012 una mujer fue asesinada en un establecimiento de la capital potosina. El 30 de diciembre pasado, a más de tres años del crimen, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 55/2015, derivada de la violaciones al derecho de acceso a la justicia en que incurrieron los servidores públicos de la Procuraduría General de Justicia de San Luis Potosí (PGJ-SLP) encargados de la averiguación previa.

El organismo autónomo determinó que cuatro agentes del Ministerio Público del fuero común e igual número de peritos, adscritos a la PGJ-SLP, entorpecieron la investigación que se inició por los hechos, además de dilatar e integrar de manera irregular la averiguación previa. Todo ello, en agravio de la joven fallecida, así como de sus familiares.

Por tanto, la CNDH recomienda a Juan Manuel Carreras López, gobernador de San Luis Potosí, reparar el daño a la madre y al hermano de la mujer asesinada, así como inscribirlos en el Registro Estatal de Víctimas para que, en lo conducente, tengan acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral. Le recomienda además colaborar con la presentación de la queja y denuncia formales en contra los servidores públicos que intervinieron en los hechos violatorios de derechos humanos.

En el mismo sentido, lo exhorta a brindar un curso de capacitación a los agentes del Ministerio Público (MP) respecto del acatamiento de las disposiciones jurídicas vinculadas con la procuración de justicia y la atención a los derechos humanos de las víctimas del delito durante la integración de la averiguación previa, y otro para agentes del MP y peritos, sobre derechos humanos, procesamientos de indicios, cadena de custodia, preservación y conservación del lugar de los hechos.

En un comunicado emitido este día, la CNDH detalla el conjunto de irregularidades advertidas por su personal: los agentes del MP no se condujeron con debida diligencia; omitieron realizar las acciones pertinentes para la adecuada integración de las indagatorias o las realizaron de manera insuficiente; no otorgaron el reconocimiento ni la atención adecuada a los familiares de la víctima; incumplieron sus obligaciones; tuvieron falta de imparcialidad y eficiencia; y omitieron promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.

En tanto, los peritos son responsables de actuar con impericia y de emitir dictámenes insuficientes, carentes de conocimientos científicos o empíricos y de formalidades, lo que condujo a una deficiente integración de la indagatoria.

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