El delito de defenderse

La Tinta

Foto: Eloísa Molina

Jenifer Cabrera, de la ciudad de Río Cuarto, estuvo detenida tres semanas por defenderse de su agresor en un contexto de violencia de género de larga data. Agotando las instancias institucionales y judiciales, para muchas personas la autodefensa es el único modo de sobrevivir. Reclaman perspectiva de género para interpretar los hechos.

Desde que el movimiento feminista logró visibilizar la violencia de género como una realidad que atraviesa el cuerpo de las identidades feminizadas y disidentes, los Estados desplegaron políticas públicas tendientes, sobre todo, a acompañar y confrontar sus consecuencias. Las identidades feminizadas y disidentes sabemos qué tenemos que hacer si estamos en situación de violencia. Pero, ¿qué pasa cuando hacemos todo ese recorrido y, aun así, nada cambia? ¿Cómo defendemos nuestras vidas?

Jenifer Cabrera vive en la ciudad de Río Cuarto, tiene 26 años y dos hijes. Hace nueve años sufre violencia por parte de su expareja, padre de su primer niño. Lo denunció unas diez veces, accedió a medidas de restricción, incluso se mudó de provincia. Cuando regresó, volvieron la violencia y las amenazas. A comienzos de septiembre, el hombre intentó golpearla con una maza y, en el forcejeo, él sufrió un golpe en su cabeza. Jenifer fue detenida, permaneció tres semanas encerrada, primero en Río Cuarto, después en el Establecimiento Penitenciario 9 (UCA) y finalmente en Bouwer. La imputaron por lesiones graves calificadas por el vínculo.

“Le dieron la libertad luego de la indagatoria -explicó el abogado José Sagarraga en diálogo con La tinta-. Había sufrido numerosas violencias, que habían sido denunciadas oportunamente en las distintas unidades judiciales del Río Cuarto como en el Juzgado de Violencia Familiar. Se le habían asignado dos botones antipánico que el sujeto había roto. Se había ido, como consecuencia de una restricción que le impuso la Justicia, a la ciudad de Mar del Plata y luego regresó. Ante la amenaza de sufrir agresión física, ella le permite el ingreso a la casa. Esa noche, le pidió que le diera las zapatillas para venderlas. Ella se negó, tuvo que dormir con las zapatillas puestas y, cuando se despertó, ve que le estaba sacando las zapatillas, le mostró una maza amenazante, ella se defendió ocasionándole un golpe en el parietal, lo que le produjo la fractura de cráneo”.

La situación, explica el letrado, fue provocada por él. Jenifer se defendió actuando en legítima defensa, una causa de justificación que se constituye por tres requisitos: la agresión ilegítima, la falta de provocación suficiente de quien se defiende y la racionalidad del medio empleado por quien se defiende, el mismo medio por el cual él quería herirla. “Cumple con todos los requisitos de la legítima defensa”, subraya Sagarraga.

Para su familia, a Jenifer no le dieron respuestas desde el Estado. “Ella acudió a los caminos que le ofrecía el sistema y vio que se agotaban las alternativas que le brindaba el orden jurídico recursivo a la salida individual -sigue el letrado-. Pero los jueces no siempre tienen esa mirada y se atienen al resultado producido, que, en este caso, es una lesión grave en el parietal producto del golpe, que ha ocasionado lesiones graves”.

Jenifer no es la única

La historia de Jenifer trae el eco de otras situaciones de autodefensa ante la violencia machista, de respuestas que no llegan, no alcanzan, no sirven. Eva Analía (Higui) de Jesús se transformó en un ícono. Fue fuertemente criminalizada tras defenderse de una violación grupal. Acusada de homicidio simple, fue absuelta el 17 de marzo pasado en los Tribunales de San Martín, provincia de Buenos Aires. Los fundamentos de la sentencia aducen legítima defensa.

El 4 de julio de este año, absolvieron a Mafalda Beatriz Secreto, de 65 años, acusada del homicidio de su marido José Luis Arenas, hallado muerto el 1 de junio de 2019 en la ciudad bonaerense de Colón. En la sentencia, hicieron referencia a la situación de violencia que sufría la mujer, controlada por el agresor, quien “disponía” de su vida, mientras ella “se encontraba bloqueada directa e indirectamente”. El tribunal añadió que Mafalda “padecía violencias de todo tipo, de manera reiterada, constante y en aumento”, y que estaba en una “posición de inferioridad física y psíquica respecto de su agresor”.

En estos casos, se contempla el contexto de violencia de género que atraviesan las personas, como una situación permanente y continua, revirtiendo el lugar fijo de victimaria. Sin embargo, incorporar la perspectiva de género para interpretar las normas jurídicas y que se contemplen las desigualdades es una batalla que las defensas dan cada vez para que no se anteponga solo el resultado de la acción. 

La situación que atraviesa Gina Cárdenas es muestra de esto. Fue condenada a prisión perpetua por el delito de homicidio agravado por el vínculo el 23 de septiembre pasado por el Tribunal en lo Criminal del Distrito Judicial Sur de Ushuaia. La declararon culpable de matar a su expareja, Alejandro Ramón Báez, en 2021, aunque se probó que estaba en situación de violencia constante, aún estando embarazada. La fiscalía tomó esto como atenuante, pero el tribunal impuso la pena máxima. La legítima defensa no fue una opción.

“Por estas razones, estamos pidiendo la reforma judicial feminista -expresaron desde el espacio fueguino La Hoguera Feminista-. Es un claro mensaje de querer disciplinarnos, que nuestro accionar no sea defendernos, que nos dejemos matar. Hoy, el Estado volvió a condenar a Gina y nos volvió a mostrar que la impunidad solo va dirigida a los femicidas”.

Este material se comparte con autorización de La Tinta

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