• Home
  • internacional
  • Advierten fraude a la participación ciudadana en caso Hidrovía Amazónica en Perú

Advierten fraude a la participación ciudadana en caso Hidrovía Amazónica en Perú

Henry Carhuatocto Sandoval y Bianca Centeno Calderón*

La participación ciudadana en la gestión ambiental es un derecho fundamental para poder contribuir desde la sociedad civil y los pueblos indígenas a la protección del ambiente y el desarrollo sostenible. La vulneración de este derecho ha generado en el país -tanto de manera reciente como en el pasado- conflictos sociales de gran envergadura como las huelgas de los pescadores artesanales en el norte debido al establecimiento de los lotes de hidrocarburos Z-64, Z-65, Z-66, Z-67 y Z-6; los cuales finalmente fueron dejados sin efecto mediante Decreto Supremo Nº 011-2018-EM. Siendo una de las razones de dicho decreto que la participación ciudadana concebida como “el diálogo y la construcción de consensos” estuvo ausente en la decisión de aprobar la suscripción de estos contratos impidiendo que se garanticen “los derechos de acceso a la información y de participación ciudadana en la toma de decisiones vinculados a los asuntos públicos, como es el caso del aprovechamiento sostenible de los hidrocarburos”.

Lamentablemente, este no ha sido el único caso de fragante violación a la participación ciudadana en el gobierno del expresidente Pedro Pablo Kuczynski. El caso de la Hidrovía Amazónica- siendo uno de los ejemplos más bochornosos- las organizaciones indígenas denunciaron serias irregularidades en el proceso de aprobación del Plan de Participación Ciudadana (PPC), no obstante, el mismo fue aprobado sin tomar en consideración la opinión de quienes son los directos afectados por el proyecto.

El hecho más vulneratorio del derecho a la participación ciudadana se dio cuando la invitación a los talleres informativos destinados a enriquecer la construcción del PPC de este megaproyecto que afectará a 14 pueblos indígenas: Achuar, Asháninka, Awajun, Bora, Kapanawa, Kichwa, Kukama- kukamiria, Murui-muinani, Shawi, Shipbo-Konibo, Tikuna, Urarina, Yagua y Yine- esto es un total de 424 comunidades nativas- partió de una premisa falsa como el señalar expresamente, en el documento enviado el 12 de enero del 2018 a las comunidades, que dicho PPC se encontraba aprobado a la fecha, con lo cual la posibilidad de darle un enfoque intercultural había sido aniquilada pues supuestamente era un acto administrativo consumado e inmodificable. Sin embargo, el PPC recién se aprueba el 17 de enero del 2018 mediante Resolución Directoral N° 012-2018-SENACE-JEF/DEIN, es decir, cinco días después de remitida la carta con la información no verídica.

La mentira se ha vuelto tan común en nuestra clase política y en el entorno social que probablemente ha generado que nuestra administración pública no venga a exigir un proceso de participación ciudadana auténtico y con información veráz que permita lograr el consentimiento de las poblaciones afectadas por los impactos de megaproyectos. Así, cuando se aprueba un PPC sin tomar en cuenta que no se informó ni adecuada ni verídicamente a la población indígena se esta naturalizando el engaño como parte de un procedimiento administrativo “normal” cuando evidentemente existe un vicio en el mismo que lo hace nulo y no puede ni debe ser amparado por Derecho. Por otro lado, cuando los funcionarios públicos, en este caso del Servicio Nacional de Certificación Ambiental (SENACE), avalan este tipo de irregularidades es cuando se abre el camino a los conflictos sociales, al dañarse una vez más el delicado lazo de confianza en permanente construcción con la población indígena.

La Organización Regional de los Pueblos Indígenas del Oriente (ORPIO) hizo todo lo que estuvo a su alcance para dar la oportunidad al Estado a que corrija las irregularidades denunciadas y permita dar paso a una verdadera tutela del derecho a la participación ciudadana de los pueblos indígenas en el Proyecto Hidrovía Amazónica. No obstante, dos días después de la renuncia del expresidente Pedro Pablo Kuczynski- y coincidiendo fecha con la asunción del mando de Martin Vizcarra-, el SENACE mediante Resolución Jefatural Nº 059-2018-SENACE/JEF declaró infundado el recurso de apelación de ORPIO y generó un nefasto precedente que se resume en la impunidad que recae en el titular de un proyecto al hacer talleres informativos que faltan a la verdad sobre el real estado del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental que es objeto de participación ciudadana.

Finalmente, esperamos que al igual que en el caso de los pescadores artesanales del norte del país los pueblos indígenas amazónicos de ORPIO sean escuchados por el Poder Ejecutivo y se deje sin efecto el acto administrativo cuestionado, el cual se encuentra actualmente en la sede judicial que tiene pendiente admitir la demanda contenciosa administrativa de la citada organización indígena por los vicios denunciados.

 


* Henry Carhuatocto Sandoval y Bianca Centeno Calderón son miembros del Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible (IDLADS PERÚ).

 

Publicado originalmente en Servindi

Este material periodístico es de libre acceso y reproducción. No está financiado por Nestlé ni por Monsanto. Desinformémonos no depende de ellas ni de otras como ellas, pero si de ti. Apoya el periodismo independiente. Es tuyo.

Otras noticias de internacional  

Dejar una Respuesta