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Favorece Secretaría de Economía a mineras ante amparo de comunidades de Sierra Norte

Redacción Desinformémonos

El Centro de Análisis e Investigación Fundar, acusó los argumentos del gobierno mexicano como “absurdos e ilegales” ante el informe sobre los Juicios de Amparo que tramitan comunidades de Cuetzalan e Ixtacamaxtitlán, Sierra Norte de Puebla, contra las concesiones otorgadas a Minera Autlán y Almaden Minerals, según informa MunicipiosPuebla.

La comunidades en lucha consideran como “anticonstitucional” la Ley Minera expedida en 1992 y que viola los derechos al territorio y la consulta. La abogada Itzel Silva de FUNDAR, indicó que diversas dependencias del gobierno federal actúan con parcialidad favoreciendo a las empresas.

En sus informes ante el Juez de Distrito, el Estado mexicano consideró a la minería como de “utilidad pública”; alega violaciones a su derecho de explotar “bienes públicos”; cuestiona la identidad indígena de las comunidades y hasta asegura que las afectaciones por las actividades extractivas no impactarán en el “suelo, porque las concesiones fueron otorgadas sobre lo que hay en el subsuelo y lo que se va a afectar es propiedad de la Nación, no de los pueblos”, explicó.

Silva puso como ejemplo que la Secretaría de Economía (SE) se inconformó por la suspensión ordenada por el Juez de Distrito para que no hubiera actividades mineras en Ixtacamaxtitlán, hasta que se resuelva el amparo, alegando que se causa perjuicio al interés social y a las disposiciones de orden público porque se “obstaculiza el derecho del Estado mexicano para explotar los bienes públicos”, es decir, los minerales.

La SE, agregó, dice que la Ley Minera tienen finalidad de tutelar derechos de la colectividad, “el problema es que el gobierno no explica a qué colectividad se refiere y defiende a las empresas privadas. El gobierno no habla de los derechos de las comunidades, sino de las mineras”.

El gobierno, por su parte alegó también que ya caducó el derecho de las comunidades para solicitar el amparo debido a que está fuera de tiempo, pues “al haber visto a gente trabajando en su territorio desde hace dos años, sabía de las actividades de las empresas, aunque no hubieran sido informados formalmente”.

En defensa de las empresas mineras, las autoridades consideraron que los pueblos demandantes del amparo no han probado su condición de “indígenas, porque no han demostrado su vínculo con su territorio ancestral ni que tienen conciencia de su identidad”; y añadieron que no tenían obligación de consultar a las comunidades, porque la Ley Minera fue expedida en 1992 y la reforma constitucional sobre derechos indígenas se hizo en el 2001.

Información MunucipiosPuebla.com.mx y Remamx.org

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