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Emite CoIDH primer sentencia sobre desaparición forzada de menores en Perú

Redacción Desinformémonos

El 13 de noviembre de 2015, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) determinó la responsabilidad del Estado peruano en la desaparición forzada y posterior asesinato de 15 personas –siete de ellas menores de entre 8 meses y 7 años de edad– originarias de la comunidad campesina de Santa Bárbara, Huancavelica.

El 4 de julio de 1991, en cumplimiento del plan operativo militar “Apolonia”, estas 15 personas (Yesenia Osnayo, Miriam Osnayo, Edith Osnayo, Wilmer Hilario, Alex Hilario, Raúl Hilario, Héctor Hilario, Francisco Hilario, Dionisia Quispe, Antonia Hilario, Magdalena Hilario, Mercedes Carhuapoma, Ramón Hilario, Dionicia Guillén y Elihoref Huamaní) fueron detenidas por miembros del Ejército y trasladadas a la Mina Varallón, en donde fueron ejecutadas y sus cuerpos dinamitados.

Francisco Quintana, del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), una de las organizaciones litigantes del caso, manifestó: “Esperamos que el fallo de la Corte presente una oportunidad para que el Estado peruano desarrolle su jurisprudencia interna sobre la protección especial de los derechos de los niños y niñas, en contextos de conflictos armados internos, de acuerdo a estándares internacionales, así garantizando la no repetición de semejante crimen”.

En su sentencia del 13 de noviembre, la CoIDH ordena al gobierno de Perú la pronta investigación, juzgamiento y sanción de los siete militares involucrados en los hechos. Y es que, a la fecha, sólo uno ha sido condenado.

Como parte de las medidas de reparación del daño, el tribunal con sede en Washington mandata que el Estado peruano entregue a los familiares de las víctimas diez alpacas o el valor equivalente, además de proveerles las viviendas que perdieron durante el operativo militar.

La CoIDH ordena, asimismo, identificar y recuperar los restos de las víctimas para, posteriormente, entregarlos a sus familias.

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