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Denuncian ante la CIDH afectaciones a los pueblos por megaproyectos en Oaxaca y amenazas a defensores de la tierra

Redacción Desinformémonos

Foto: Maya Goded / Hablan los Pueblos

Ciudad de México | Desinformémonos. Comunidades indígenas de los pueblos binnizá e ikoots de Oaxaca presentaron una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para determinar la responsabilidad internacional del gobierno mexicano por las violaciones al derecho a la autodeterminación de los pueblos indígenas, derechos de propiedad comunal y otros derechos económicos, sociales y culturales, así como por la obstaculización a la defensa del territorio indígena “tanto por agentes del Estado como por las empresas con su aquiescencia y tolerancia”, en relación con la imposición del megaproyecto Eólica del Sur.

El grupo de abogados Global Rights Advocacy informó que también se denunciaron las amenazas contra los defensores de la tierra en Oaxaca, entre las cuales destaca el caso de Lucila Bettina Cruz Velázquez, su familia y su comunidad binnizá, quienes integran la Asamblea de los Pueblos Indígenas del Istmo de Tehuantepec en Defensa de la Tierra y el Territorio (APIIDTT) y fundaron la Articulación de los Pueblos Originarios del Istmo Oaxaqueño (APOYO).

“Recibieron múltiples amenazas y hostigamientos en estos años debido a su oposición a los parques eólicos y uno de los miembros de la Asamblea incluso fue asesinado. Bettina Cruz recibió una amenaza de muerte días antes que la Suprema Corte emitiera una decisión sobre consulta previa y actualmente es víctima de una fuerte campaña de difamación”, explicó Global Rights Advocacy.

Agregó que el pasado 24 de septiembre la CIDH llevó a cabo una reunión con Bettina Cruz y el gobierno mexicano para supervisar la implementación de medidas cautelares que en 2018 fueron otorgadas a la defensora indígena y que “se quedaron cortas” porque “las autoridades (mexicanas) no investigaron las amenazas y atentados a su seguridad, y las medidas que instauraron fueron inadecuadas, incluyendo radios, cámaras rotas y patrullajes inconsistentes, con gastos a cargo de los beneficiarios”.

Durante la reunión, los beneficiarios también solicitaron al Estado mexicano un plan de protección integral que tenga en cuenta los riesgos que enfrentan las comunidades por su oposición a los proyectos de desarrollo en los territorios zapotecos, así como los impactos ambientales y sociales que corren las comunidades tras la construcción y puesta en funcionamiento de 132 aerogeneradores en dos polígonos de Juchitán a cargo de la empresa Eólica del Sur.

Por otra parte, se denunciaron las consecuencias de los proyectos eólicos en la entidad, como problemas en los oídos, vértigo, contaminación de la tierra por el aceite que tiran las turbinas, disminución del ganado, entre otras.

A continuación el comunicado completo:

El 24 de septiembre de 2019 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) llevó a cabo una reunión de trabajo en Washington DC con la defensora indígena Lucila Bettina Cruz Velásquez y el gobierno de México para supervisar la implementación de medidas cautelares otorgadas en 2018. Debido a su trabajo como defensora de derechos humanos protegiendo tierras indígenas del desarrollo eólico en Oaxaca, su vida e integridad personal se encuentran en riesgo extraordinario. 

Durante la reunión los beneficiarios solicitaron al Estado un plan de protección integral que tenga en cuenta los riesgos que enfrentan las comunidades por su oposición a los proyectos de desarrollo en los territorios zapotecos. Pidieron especial atención al riesgo que corren tras la construcción y puesta en funcionamiento de 132 aerogeneradores en dos polígonos de Juchitán, que producen 216 MW de energía que se distribuyen a empresas en contrato de autoabastecimiento con Eólica del Sur y de forma alguna distribuyen energía eléctrica a sus comunidades. Pidieron al Estado considerar las obligaciones de respeto y protección que imponen los Principios rectores de Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos tanto al gobierno como a corporaciones. En este sentido, un plan de protección efectivo debe requerir también a las empresas, entre otras, actuar con la debida diligencia, realizar una evaluación de impacto de sus actividades en derechos humanos, especialmente en defensores de derechos humanos, mitigar el daño y proveer mecanismos de reclamo y reparación eficaces. Actualmente, la empresa Eólica del Sur  ni siquiera cuenta con una página web que explique sus actividades, sus políticas en derechos humanos, el impacto de sus actividades o mecanismos de reclamo disponibles. Además solicitaron que el Estado, desde sus más altas autoridades, reconociera públicamente el riesgo en el que se encuentran y el valor del trabajo de defensa de la tierra. 

El viento es un recurso natural profundamente ligado a las cosmovisión de los pueblos indígenas que habitan Oaxaca. Por décadas, el gobierno mexicano permitió la construcción de parques eólicos en el Istmo de Tehuantepec, sin consentimiento previo, libre e informado de los pueblos indígenas, sin el diseño de beneficios compartidos y sin exigir a las compañías que trabajen con la debida diligencia. Los puestos de trabajo prometidos a los residentes quedaron en manos de gente de fuera, y la forma de vida de las comunidades indígenas se puso en peligro por el impacto social y ambiental de las turbinas. Oaxaca está sumido en la pobreza.

En Juchitán, lo aerogeneradores rodean los pueblos. Los residentes tienen miedo que se les caigan encima, se quejan de vértigo y problemas de oídos. Temen que las fuertes vibraciones emitidas por los molinos cuando dan vuelta sean la causa de sus males. También notaron que el ganado que está alrededor paren con menor frecuencia y se redujo la cantidad de leche que producen. El aceite que tiran las turbinas contamina la tierra.  Los pocos beneficios prometidos a los pescadores fueron incumplidos.  

Para resistir el desarrollo eólico injusto, miembros de las comunidades Binni’zaa e Ikoojts  constituyeron la Asamblea de los Pueblos Indígenas del Istmo de Tehuantepec en Defensa de la Tierra y el Territorio (APIIDTT) y  fundaron la Articulación de los Pueblos Originarios del Istmo Oaxaqueño (APOYO). Como miembros fundadores Lucila Bettina Cruz Velázquez, su familia y su comunidad enfrentan grave peligro. Recibieron múltiples amenazas y hostigamientos en estos años debido a su oposición a los parques eólicos y uno de los miembros de la Asamblea incluso fue asesinado. Bettina Cruz recibió una amenaza de muerte días antes que la Suprema Corte emitiera una decisión sobre consulta previa y actualmente es víctimas de una fuerte campaña de difamación. A pesar que la Comisión Interamericana de Derechos emitiera en 2018 medidas cautelares requiriendo al gobierno que los protegiera, las medidas se quedaron cortas. El gobierno mexicano nunca atendió el origen del riesgo. Las autoridades no investigaron las amenazas y atentados a su seguridad, y las medidas que instauraron fueron inadecuadas, incluyendo radios,  cámaras rotas y patrullajes inconsistentes, con gastos a cargo de los beneficiarios. Además de las deficiencias del  plan de protección el riesgo ha aumentado recientemente por su activismo en contra de un proyecto minero en la comunidad de La Ventosa, Juchitán. 

Con la ayuda del abogado local Ricardo Lagunes Gasca, Director de Defensa Legal del Sur, las comunidades indígenas desafiaron al gobierno y a Eólica del Sur hasta llegar a la Corte Suprema. De conformidad tanto con la Constitución Mexicana como con derecho internacional de derechos humanos, el gobierno y la empresa que quieran llevar a cabo proyectos de desarrollo deben realizar un proceso de consulta para obtener el consentimiento libre, previo e informado de las comunidades indígenas locales, antes de desarrollar y en cada fase del proyecto. Pese a clara evidencia que Eólica del Sur y el Gobierno mexicano no respetaron el derecho a la consulta, no obtuvieron el consentimiento previo, libre e informado ni diseñaron beneficios compartidos, la Primera Sala de la Corte Suprema de México, en una opinión dividida, con el ex Magistrado José Ramón Cossio a cargo de la mayoría, no amparó a las comunidades indígenas en una inexplicable violación al derecho. La Corte Suprema perdió una oportunidad histórica de protección a los derechos de los pueblos indígenas en una sentencia deficientemente concebida y redactada, en la que simplemente no supo interpretar que significa “previa”. Ahora el ex Ministro, desde otras trincheras, llama a que se legisle la consulta para para que “comunidades de por sí marginadas, pueden ser protegidas de los gobiernos y de los capitales con los que funcionarios concretos acuerden los desarrollos”.

Sin embargo, cuando estaba en la Corte Suprema se puso del lado del gobierno y la empresa avalando un proceso consultivo viciado de origen. En primer lugar, la Corte ignoró que la consulta no se llevó a cabo “antes” del desarrollo y durante todas las etapas del proyecto. Al obtener diversos permisos antes de la consulta, y firmar  cientos de contratos con individuos en tierras comunales, Eólica del Sur y el gobierno impusieron un proyecto predeterminado y de imposible modificación. El parque entró en fase de construcción mientras la decisión de la Corte Suprema estaba pendiente, ignorando el deber de consulta también en esa etapa. En segundo lugar, la Corte Suprema hizo la vista gorda el hecho de que solo el uno por ciento de la población indígena “aprobó” el proyecto eólico en Oaxaca, que dos informes de expertos, incluído el ex Relator de Pueblos Indígenas  de Naciones Unidas confirmaron que la supuesta consulta fue inadecuada y que los observadores independientes se retiraron del proceso luego de emitir cinco informes detallando las violaciones al carácter previo, libre e informado

Con el asesoramiento de Global Rights Advocacy, la Clínica de Derechos Humanos de la Universidad de Seattle, y el apoyo de estudiantes de la escuela de derecho de la Universidad de Washington, APOYO y APIIDTT presentaron recientemente una petición ante la CIDH en relación con el proyecto Eólicas del Sur para determinar la responsabilidad internacional de México por las violaciones al derecho a la autodeterminación de los pueblos indígenas, derechos de propiedad comunal, otros derechos económicos, sociales y culturales, así como por la obstaculización a la defensa del territorio indígena tanto por agentes del Estado como por las empresas con su aquiescencia y tolerancia.

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