En el 2022, las Cortes constitucionales tanto de Colombia como de México aprobaron la despenalización del aborto. En EEUU en cambio, la Corte Suprema derogó la sentencia Roe vs. Wade, que permitía el aborto en este país. Mientras que en Ecuador, se aprobó una Ley de interrupción del embarazo en casos de violación pero con plazos bastante limitados.
Cristina Rosero, de Colombia; Amelia Ojeda, de México; Astrid Ackerman, de Estados Unidos y María Dolores Miño, de Ecuador, hablaron sobre los avances del acceso al aborto y salud sexual y reproductiva para niñas, adolescentes, mujeres y personas gestantes en sus contextos. Asimismo, expusieron los desafíos que enfrenta América Latina y Estados Unidos para evitar retrocesos y proteger el derecho a decidir.
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Cristina Rosero, de Colombia; Amelia Ojeda, de México; Astrid Ackerman, de Estados Unidos y María Dolores Miño, de Ecuador, acompañadas de organizaciones feministas y de mujeres que han luchado por el derecho a decidir en cada de uno de sus países, se dieron cita en Ecuador para hablar sobre los avances que ha tenido el derecho al aborto y los desafíos que tienen para que todas las mujeres, niñas, adolescentes y personas gestantes puedan acceder a un aborto libre, seguro, gratuito, además del acceso a salud sexual y reproductiva en América Latina y Estados Unidos
“El acceso al aborto seguro y legal es una cuestión de derechos humanos. Diversas interpretaciones reconocidas del derecho internacional de los derechos humanos consideran que negar a las mujeres, niñas y otras personas embarazadas el acceso al aborto constituye una forma de discriminación y atenta contra una variedad de derechos humanos”, según lo establece la organización de derechos humanos, Human Rights Watch. Asimismo, cada país está en la obligación de respetar, proteger y garantizar el derecho de acceso al aborto y salud sexual y reproductiva.
Por tales motivos y para analizar el avance del acceso a un aborto y salud sexual y reproductiva de las mujeres, niñas, adolescentes y personas con capacidad gestar, desde el Observatorio de Derechos y Justicia Ecuador decidieron realizar un conversatorio con mujeres que han liderado los procesos de lucha para la despenalización en aborto en México, Ecuador, Colombia y Estados Unidos y la garantía de que todas las personas gestantes puedan acceder.
México: una marea verde
Foto: eligered.org
Amelia Ojeda es abogada, feminista, defensora de derechos humanos y coordinadora de la Unidad de de Atención Sicológica, Sexológica y Educativa para el Crecimiento Personal, UNESSE, durante su participación explicó que la Suprema Corte de México se ha pronunciado de manera progresiva en el tema de aborto y todo eso tiene que ver con el trabajo del movimiento feminista “que va buscando la despenalización del aborto en México, tomando en cuenta la complejidad de nuestro marco normativo”.
Desde el 2002, la Suprema Corte de México lleva pronunciándose frente al aborto, emitiendo algunas sentencias en favor de las mujeres y personas gestantes. Así en el 2008, se dio una reforma al Código Penal del Distrito Federal en la que se despenalizó el aborto hasta las 12 semanas.
Sin embargo, la Procuraduría General de la República y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos presentaron una acción de inconstitucionalidad que la Suprema Corte rechazó.
En 2018 la Suprema Corte amparó a dos mujeres víctimas de violación que intentaron acceder a un aborto y fueron negados en los hospitales. Estos dos casos fueron acompañados por el Grupo de Información en Reproducción Elegida, GIRE, una organización feminista que trabaja el tema de despenalización de aborto en México.
Después de todas las luchas, los avances y los logros de las mujeres, feministas y personas gestantes que estuvieron exigiendo y demandado la despenalización del aborto en México, en septiembre de 2021, la Suprema Corte, decidió que era inconstitucional criminalizar el aborto voluntario en el Estado de Coahuila.
“La sentencia determinó que la criminalización absoluta del aborto voluntario establecida en el Código Penal de Coahuila era incompatible con el respeto de los derechos de las mujeres y personas gestantes”, según Amelia. Y en tal sentido, lo resuelto por la Suprema Corte resultaba obligatorio para todas las autoridades federales, estatales y municipales de México.
Con ello, las mujeres, niñas, adolescentes y personas gestantes podrían acceder a un aborto en casos de violación sin ser sentenciadas y asimismo cerrar los procesos de delito por violación para aquellas mujeres que llevaban procesos penales y liberar a aquellas mujeres que estaban en prisión por abortar que, según las delcaraciones de Amelia “no eran muchas las mujeres encarceladas”.
Abortistas México
Abortistas México son un grupo integrado por más de 20 organizaciones, colectivas y defensoras que continúan trabajando por el acceso al aborto en cada uno de los estados de México que han generado estrategias de litigio mediante juicios de amparos personales o colectivos para lograr que jueces federales se pronuncien sobre la inconstitucionalidad del delito de aborto establecidos en los códigos penales de cada estado.
Esto lo hacen porque después de la sentencia de la Suprema Corte con respeto a la despenalización del aborto en México, los congresos locales y los sistemas de salud argumentan que lo determinado por la Suprema Corte solo aplica para el Estado de Coahuila.
Entonces con la estrategia de amparos los colectivos y organizaciones logran que los jueces federales se pronuncien sobre el código penal de cada estado, así se han presentado más de 33 amparos.
Del total de los amparos ganados, los jueces federales han resuelto que los códigos penales estatales violan el derecho a decidir de las mujeres y personas gestantes.
Amelia agregó que los avances que han obtenido en la legislación sobre el derecho a decidir “muestran que el camino en materia de derechos sexuales y reproductivos se dirige a un reconocimiento pleno de la autonomía reproductiva de las mujeres y personas gestantes de todo el país”.
Estados Unidos en retroceso en el derecho a decidir
Foto: www.nmas.com.mx
Astrid Ackerman, abogada y parte del Centro de Derechos Reproductivos de Estados Unidos, explicó sobre la derogatoria de las sentencias que garantizaban el acceso al aborto en EEUU y el peligro que corre la organización Jackson Women’s Health el único proveedor de servicios de aborto del Estado de Misisipi, después de la derogatoria de la sentecia Roe vs Wade.
En Estado Unidos se garantizó el acceso al aborto en 1973, después de una decisión de la Corte Suprema. Roe vs Wade es el nombre del caso que marcó el precedente para que el aborto fuera legal en EEUU, esto después que Norma Leah McCorvey, conocida como Jane Roe tuvo un embarazo no deseado, el cual quería interrumpir de manera legal y segura.
Pero para aquel entonces la ley de Texas consideraba el aborto como un delito a excepción de que estuviera la vida de la mujer en peligro. Roe decidió llevar su caso hasta la Corte Suprema, quien determinó la inconstitucionalidad de la ley de Texas y decidió que el derecho constitucional a la privacidad era “lo suficientemente amplia para incluir la decisión de una mujer si desea o no desea abortar su embarazo”, según la información recogida por la organización Planned Parenthood of New York City.
Además, antes de la sentencia de la Corte Suprema, entre 200,000 y 1.2 millones de abortos ilegalmente inducidos ocurrieron cada año Estados Unidos, en 1965 los abortos eran muy peligros y el 17 % de las muertes por embarazos y partos, fue resultado de un aborto ilegal. Asimismo en 1969, el 23 % de los ingresos a hospitales municipales por embarazos en Nueva York fueron por complicaciones causadas por abortos ilegales.
A pesar de estos antecedentes, en junio de 2022, la Corte Suprema anuló la sentencia Roe vs Wade con el respaldo de la mayoría de jueces conservadores. Según informó el medio BBC el presidente de los EEUU, Joe Biden, criticó la sentencia de la Corte y calificó la acción como “un trágico error”. La protección del aborto quedó en mano de cada uno de los 50 Estados.
Ahora Dobbs vs. Jackson Women’s Health Organization un caso de Misisipi corre peligro al ser derogado por la Corte. Según la abogada Astrid lo que sucede en Estados Unidos tiene relación al contexto político que atraviesan.
Ella explicó que en Estados Unidos solo hay dos partidos políticos: demócratas y republicano y “es muy difícil crear un nuevo partido. Además no existe democracia directa, es decir, un presidente puede ganar las elecciones federales sin ganar el voto popular y él mismo puede escoger a los y las jueces de la Corte Suprema y sus cargos no tienen límites”.
Así que el único camino que tienen las mujeres y personas gestantes para proteger el aborto es través de la cortes y estrategias legalistas. A esto se suma la falta de un sistema nacional y derecho a la salud que limita a las mujeres sobre todo las más vulnerables que quedan limitadas del acceso al aborto.
Jackson Women’s Health Organization es una clínica de Misisipi, uno de los estados más pobres y con alta población afrodescendiente. En este Estado estaba garantizado el derecho al aborto hasta las 15 semanas sin embargo, al revisar la Constitución estadounidense la Corte Suprema determina que el aborto no esta arraigado a la historia ni las tradiciones del país. Inmediatamente después de la derogatoria de las sentencias la mitad de los Estados prohibieron el aborto completamente o lo restringieron, ya que cada uno de los Estados puede decidir que harán con respecto a garantizar a las personas gestantes el acceso a la interrupción de un embarazo. En conclusión, las mujeres y personas gestantes seguirán litigando desde la cortes estatales para proteger el aborto desde sus constituciones y presentarán leyes para lograr decodificar la derogatoria de las sentencias que les garantizaban el aborto como Roe vs Wade.
Colombia: una Causa Justa
Foto: www.amnesty.org
En Colombia, por medio de la sentencia C-355 de 2006, el aborto estaba permitido solo bajo tres causales:
-Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificada por un médico
-Cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, certificada por un médico
-Cuando el embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto, según el informe del Ministerio de Salud.
Desde el 2006 las organizaciones de mujeres y personas gestantes se encuentran con una serie de barreras que les impedían acceder a un aborto, una de esas barreras es que los grupos llamados anti derechos fueron hasta la Corte a poner sentencias de penalización al derecho a decidir, el mal funcionamiento del sistema de salud en el país, la falta de conocimiento de la sentencia del 2006 y la criminalización a las mujeres más vulnerables.
Según datos presentado por el movimiento Causa Justa, conformada por más de 100 organizaciones, desde el 2006, cuando la Corte Constitucional de Colombia anuló la prohibición total del aborto, “la persecución y las condenas por aborto voluntario en lugar de reducirse, han aumentado significativamente”.
Mientras que en 2006 hubo 12 condenas, en los años posteriores la media anual de condenas ha sido de 26 y el 42 % de las mujeres “criminalizadas por acceder a un aborto han sido víctimas de violencia doméstica, agresiones, delitos sexuales, entre otros”.
En Fiscalía se abrieron más casos, llegan a tener 400 casos de denuncia anuales desde el 2008 y el 79% de las denuncias presentadas fueron reportadas por los proveedores de salud y por la Policía. El 56,4% de las mujeres condenadas por aborto “fueron denunciadas por las propias instituciones sanitarias, que en lugar de limitarse a prestar atención médica y proteger el secreto profesional, prefirieron violarlo”.
Cristina Rosero, abogada y parte del Centro de Derechos Reproductivos Colombia dijo que frente a toda esta problemática nace el movimiento Causa Justa, liderado por la Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres y conformado por organizaciones y activistas de todo el país, para presentar una demanda de inconstitucionalidad pidiendo a la Corte “eliminar el delito de aborto por ser injusto con las mujeres más vulnerables, ineficiente y violatorio de los derechos de las mujeres y del personal de salud». Además, dentro de la demanda exigieron mejores políticas de salud que contribuyan a prevenir las muertes y complicaciones por abortos inseguros y el embarazo no deseado, así como programas de educación sexual integral, información, acceso y disponibilidad de métodos anticonceptivos.
Tras esta demanda, en febrero de 2022, la Corte Constitucional de Colombia, con cinco votos a favor y cuatro en contra, decidió que las mujeres niñas y adolescentes puedan interrumpir su embarazo de manera voluntaria, hasta las 24 semanas.
Cristina, abogada de Causa Justa, también mencionó que tienen 17 solicitudes por parte de grupos anti derechos que buscan la nulidad de la sentencia. Por lo tanto, seguirán trabajando y vigilantes para evitar retrocesos.
En un informe de los primeros 100 días de la sentencia, determinan que “la sentencia si ha tenido un efecto de ampliar el acceso a la interrupción del embarazo”, agregó Cristina, pero siguen encontrándose con barreras para el acceso pleno de este derecho. Una de esas barreras es que en los centros médicos en algunas ocasiones les dicen que no acatan las sentencias de la Corte Constitucional.
Ahora, con el cambio de gobierno en Colombia con la llegada de Gustavo Petro y Francia Márquez al poder, “sin duda crea posibilidades interesantes en temas de regulación, por ahora las posibilidades más evidentes son las que pueda dictar el Ejecutivo. Tenemos un Congreso diverso como nunca antes y debemos ver cómo funciona”.
La ministra de salud, Carolina Corcho que está por posicionarse el 7 de agosto ya expresó “que está de acuerdo con los planteamientos del movimiento Causa Justa y tiene mucho interés en expedir una regulación que pueda proteger el derecho”, dijo Cristina.
Ecuador: un veto criminal
Foto: Andrés León
El aborto en Ecuador es legal desde 1938, bajo las siguientes causales: cuando está en peligro la salud o la vida de la mujer, y cuando el embarazo es producto de una violación a una mujer con discapacidad mental.
Organizaciones de mujeres, feministas y personas gestantes han trabajo y luchado por la despenalización total del aborto en Ecuador, logrando que en abril de 2021 la Corte Constitucional resolviera declarar la inconstitucionalidad del numeral 2, en el artículo 150 del Código Orgánico Integral Penal, COIP, que hace referencia al aborto no punible por la causal violación, y dispuso que la Defensoría del Pueblo prepare un proyecto de ley que regule la interrupción voluntaria del embarazo en casos de violación.
La Corte le dio 6 meses al pleno de la Asamblea Nacional para discutir el proyecto de ley que garantiza el acceso a la interrupción del embarazo en casos de violación. En diciembre de 2021, la Asamblea Nacional realiza un primer debate, mientras organizaciones y colectivos de mujeres y feministas se mantienen vigilantes a la resolución, a su vez, los grupos llamados anti derechos exigieron que no se apruebe la ley.
Para el 10 de enero de 2022, el Pleno de la Asamblea Nacional retomó la discusión del informe para segundo debate del proyecto de Ley Orgánica para garantizar la Interrupción Voluntaria del Embarazo en caso de Violación y después de todo ese proceso en febrero del mismo años la Asamblea aprobó la ley después de reducir los plazos establecidos en el artículo 19 sobre la temporalidad: 18 semanas para niñas y mujeres de la ruralidad; 12 semanas para mujeres mayores de edad; sin plazos para mujeres con discapacidad mental.
La ley pasó a revisión del Ejecutivo y el 15 de marzo de 2022, envió un comunicado a través de su cuenta de Twitter donde anunció el veto parcial a la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo en Casos de Violación, donde incluye 61 textos alternativos y objeciones a los plazos para el acceso, la objeción de conciencia, los requisitos, entre otros artículos.
El veto de Guillermo Lasso reduce el número de semanas para acceder a un aborto voluntario en casos de violación: de 18 semanas, se reducen a 12 semanas para mujeres, niñas y adolescentes de la ruralidad. Al final el veto presentado por el Ejecutivo pasó por el ministerio de la Ley.
María Dolores Miño, abogada y parte del Observatorio de Derechos y Justicia, durante el conversatorio se refirió al veto propuesto por el presidente Guillermo Lasso “fue una pérdida, un retroceso a la sentencia de la Corte Constitucional”.
La abogada también explicó los nudos críticos del veto a ley y en primer lugar se refirió a que el veto parcial niega el 99 % de los artículos de la ley “yo sostengo que estuvimos frente a un fraude a la Constitución, si el 99 % de ley es vetada, no estamos hablando de un veto parcial”, agregó María Dolores.
Por lo tanto, organizaciones de feministas, mujeres y madres han presentado sentencias de inconstitucionalidad a la Corte, tal es el caso de Ana Cecilia Navas Sánchez junto a 8 madres en representación a su hijas presentaron, el 10 de mayo de 2022, una demanda de inconstitucionalidad por el fondo en contra de tres artículos: artículo 5, numeral g; artículo 12 numeral 6 y artículo 22 numeral 6, de la Ley Orgánica que regula la interrupción voluntaria del embarazo para Niñas, Adolescentes y Mujeres en caso de violación la cual la Corte aceptó.
Asimismo, en la Corte hay otras sentencias que se esperan tengan buenos resultados y que la Corte Constitucional pueda resolver la inconstitucionalidad de los artículos de la ley.
“Seguiremos vigilantes”
Los avances, desafíos y retrocesos por el derecho a decidir en América Latina y Estados Unidos se dio a través del Observatorio de Derechos y Justicia Ecuador, las mujeres que participaron del conversatorio y estuvieron en representación de colectivos y organizaciones de mujeres y feministas concretan que es necesario seguir vigilantes frente al acceso del derecho al aborto para evitar retrocesos.
Asimismo, mantendrán las estrategias litigantes para hacer cumplir el derecho establecido en organismos internacionales.
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