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Prohibirán la salida del país a quienes no cumplan con pensión alimenticia

Redacción Desinformémonos

A partir de este 22 de abril, quienes sean deudores de pensión alimenticia en México no podrán salir del país, si es que el periodo de adeudo supera los 60 días.

El decreto, por el que se adiciona la fracción VI al Artículo 48 de la Ley de Migración, fue publicado por la Secretaría de Gobernación en el Diario Oficial de la Federación el día jueves.

La estipulación de que cualquier mexicano o extranjero puede salir del país libremente marcada en el artículo, excepcionará a los deudores de pensión alimenticia de más de dos meses.

La prohibición deberá aplicarse con previa solicitud de la autoridad judicial competente, sin perjuicio de las excepciones previstas por la legislación civil aplicable, así como de aquellas conductas consideradas como delitos por las leyes penales correspondientes.

Con respecto a los extranjeros, quien definirá la situación y resolverá en base a otros ordenamientos será el Instituto Nacional de Migración.

Con información de Notimex

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