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Militares podrán catear domicilios e intervenir comunicaciones de civiles

Redacción Desinformémonos

Un juez militar y la fiscalía estarán facultados para intervenir en las comunicaciones y catear los domicilios, cuando se indague un delito en el que participen elementos castrenses y civiles, como parte de la reforma al Código de Justicia Militar y la expedición del nuevo Código Militar de Procedimientos Penales.

La aprobación de la reforma estuvo acusada de ser a base de “negociaciones en lo oscurito” por el pleno de la Cámara de Diputados.

El cambio implicaría la creación e incorporación de la nueva figura del “fiscal general de Justicia Militar” y del “juez militar de Control”, quienes podrán ejercer estas nuevas funciones en contra de los civiles.

Además, en los cateos se podrá incluir el ingreso al recinto parlamentario, ya sea del Senado o de la Cámara de Diputados, así como también de organismos descentralizados, como el Instituto Nacional Electoral, el Banco de México o el Instituto Federal de Telecomunicaciones.

Los casos en que el fiscal y el juez militar tendrán permitida de la orden de cateo e intervención de comunicaciones privadas serán delincuencia organizada, homicidio doloso, delitos graves y violentos contra armas de fuego y explosivos.

La reforma también prevé la obligatoriedad de los civiles para declarar ante la fiscalía militar o el juez castrense cuando así se le requiera, y si aquéllos no acuden al llamado, el juez militar ordenará su presentación.

El documento se enviará al Senado para su votación, y posteriormente los diputados o senadores podrán recurrirla a través de una controversia institucional.

Con información de Proceso

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