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La paz social en Tepoztlán depende de la restitución de 280 hectáreas a la comunidad indígena

Rosa Rojas

Foto: Aldabi Olvera | RT

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) está por resolver, este miércoles 12 de septiembre, el amparo en revisión de un juicio iniciado en 1999 por la comunidad indígena de Tepoztlán para la restitución de 280 hectáreas en donde una empresa pretende construir un campo de golf. Los tepoztecos han ganado tres juicios a favor de la comunidad pero ahora, al parecer, el máximo tribunal de justicia del país estaría por echar atrás todo el procedimiento, lo que vendría a sumar un agravio más contra quienes incluso con sangre han defendido su territorio ancestral reconocido en una resolución presidencial de 1929.

“Nosotros creemos en las leyes”, por eso han seguido el juicio durante tantos años, afirmaron integrantes del Comisariado de Bienes Comunales de Tepoztlán, pero por lo pronto los 2 mil 449 comuneros están alertas ante la ponencia del ministro Eduardo Medina Mora para resolver el amparo directo en revisión 40/2017, que de acuerdo al proyecto de sentencia publicado por la SCJN, pretende que se revisen oficios de exclusión –que los indígenas afirman son ilegales- favorables a la empresa, antes KS (del empresario Francisco Kladt Sobrino) y ahora Pirámide y Convento S.A. de C.V.– “pero para que haya paz social en Tepoztlán se deben respetar las tierras de la comunidad”. Advirtieron que ante una resolución adversa acudirán ante tribunales internacionales.

Asunción Rojas Cuevas, presidente, Benigno Montaño Robles, secretario, Domingo Rodríguez Rodríguez, tesorero, Francisco Almazan Berezaluce, quien fue primer presidente del comisariado; Marcelino Carrillo, presidente del Consejo de Vigilancia, todos del Comisariado de Bienes Comunales de Tepoztlán, subrayaron que “hay sospechas de que la SCJN pretende favorecer a la empresa con una cuestión dilatoria, tratando de envolver el conflicto para que no le den la razón a la comunidad” porque hay intereses económicos y políticos muy fuertes detrás.

En un comunicado, mencionan que bajo la figura legal empresarial están organizados figuras como “el ex presidente Luis Echeverría y sus hijos, Oscar Fernández Malvido –del grupo Maizoro- el notario público Hugo Salgado del Grupo Carso, el empresario salinista Luis Slim Sayeg –integrante del Grupo Carso, dueños de Teléfonos de México-, Xóchitl de Garay –esposa de Alfonso Garay, uno de los propietarios del que era el Banco del Atlántico-, Gabriel Haddad –empresario de Morelos-, Eduardo Abud del Grupo ICA, Rafael Fernández McGregor del Grupo Ixe, Carlos González Barquera –cabeza del emporio Té Laggs- y Ricardo Salinas Pliego de TV Azteca, entre otros millonarios que ´crearon´su fortuna a la sombra o emparentando con el poder”.

Subrayaron que esas tierras –parte de las 26 mil hectáreas comunales-, son, además de sagradas, zona de recarga de acuíferos para el propio pueblo, del valle de Cuernavaca y de la Ciudad de México, que deben ser preservadas también para proteger el ambiente y para el cultivo de alimentos, no para ser utilizadas para un campo de golf que beneficiará a unos cuantos, que ofrece “empleos sin futuro”, proyecto que han logrado detener durante 24 años y que ahora pretende apoderarse también de 400 hectáreas más.

Carlos Rojas, asesor legal de la comunidad, explicó que el proceso de defensa ha pasado por diversas instancias y ninguna ha emitido sentencia contra la comunidad. Tepoztlán ha recibido cuatro resoluciones del Tribunal Unitario Agrario, siete del Superior Agrario y el miércoles habría una más, pero desgraciadamente el proyecto de sentencia propone amparar a la empresa sin tomar en cuenta la “contundencia” de la citada resolución presidencial, su acta de posesión y deslinde y su plano, documentos que “jamás fueron impugnados por nadie” y pretende devolver el expediente al Tribunal Superior Agrario para que haga otro estudio, con lo cual al parecer la SCJN está declinando su competencia, pues de ninguna manera se podría acreditar que la propiedad en litigio pertenece a la empresa. Subrayó además que el proyecto no se fundamentó en la normatividad pertinente tanto nacional como internacional aplicable a las comunidades indígenas.

Mencionó Rojas que un argumento del proyecto de resolución es que deben revisarse los oficios de exclusión de las 280 hectáreas a favor de la empresa porque en 1929 no existía la exclusión en la ley, pero resulta que la resolución presidencial de reconocimiento de las tierras de Tepoztlán es de 1929 y los oficios citados son de 1952, entonces pretende otorgarle a la empresa un derecho con base en una ley que no existía cuando fue emitida la resolución sobre las tierras de la comunidad de Tepoztlán y con documentos de fecha posterior a la misma.

Las autoridades comunales aclararon que “no estamos en contra de los que están adquiriendo tierras en la zona urbana, con ellos no es el pleito pues algunos comuneros que necesitaban dinero han vendido alguna tierra”. Comentaron que al parecer la SCJN tiene la intención de seguir haciendo tiempo a favor de ese grupo empresarial tal vez con el objetivo de “cansar a los comuneros y empujar una salida negociada”, pero están equivocados quienes piensan eso porque la comunidad indígena de Tepoztlan seguirá defendiendo su territorio ancestral heredado de sus antepasados.

Añadieron que “en estos momentos como nación a nadie le conviene” que se produzca un movimiento en Tepoztlán como el de 1995. Se dio justamente contra la construcción de ese campo del golf por el Grupo KS y provocó un enardecida movilización comunitaria, apoyada por otras comunidades indígenas, grupos civiles, organizaciones ecologistas,  que llevaron a la toma del palacio municipal, ingobernabilidad y a una insurrección política pacífica. Por lo pronto las autoridades comunales indicaron que además de informar en reuniones con los comuneros de la situación actual, se está convocando a una asamblea para tomar decisiones en función de lo que determine la SCJN.

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Una Respuesta a “La paz social en Tepoztlán depende de la restitución de 280 hectáreas a la comunidad indígena”

  1. LA LEY APLICABLE A LA PRETENDIDA EXCLUSIÓN DE 280 HECTÁREAS QUE ALEGA JOSÉ ANTONIO ZORRILA DUCLOUX, es la LEY DE TERRENOS BALDÍO, EXCEDENCIAS Y DEMASÍAS DE 1927 Y DEMÁS. LA RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL DE FECHA 14 DE NOVIEMBRE DE 1929 QUE RECONOCE Y TITULA 23, 800 HECTÁREAS, MÁS 2100 QUE TENÍA OCUPANDO DE MANERA ILEGAL LA HACIENDA DE OACALCO, QUE LE RESTITUYE , AMBAS A LA COMUNIDAD AGRARIA DE BIENES COMUNALES DE TEPOZTLÁN, MORELOS, PUBLICADA EN LAS PÁGINAS 193 A LA 195 DEL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EN FECHA 21 DE ENERO DE 1930, SIGUE FIRME, Y SIN QUE APAREZCA DE MODO ALGUNO EN EL EXPEDIENTE AGRARIO 190/1999 DE ORIGEN, QUE EXISTE UNA PRESUNTA PROPIEDAD A FAVOR DE LAS EMPRESAS QUE REPRESENTA EL CITADO JOSÉ ANTONIO ZORRILLA DUCLOUX. ASÍ QUE ESE PRETENDIDO CLUB DE GOLF, NO TIENE FUTURO.

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