La continuidad de la criminalización y judicialización de la lucha social, desplegada por los gobiernos emanados de MORENA
La reciente detención y encauzamiento de Jesús Plácido Galindo, defensor de derechos humanos y dirigente del Consejo Indígena y Popular del Estado de Guerrero – Emiliano Zapata (CIPOG-EZ), a quien la Fiscalía General de Justicia del Estado de Guerrero le imputó el delito de homicidio cometido en agravio de una persona en enero de 2021, constituye el ejemplo más reciente de que la criminalización y judicialización de la protesta y la lucha social continúa siendo una mecanismo del Estado para contener y reprimir las demandas que enarbolan las organizaciones sociales.
De acuerdo con una nota informativa (bit.ly/4q1uhiH) publicada por el Centro de Derechos Humanos de la Montaña “ Tlachinollan”, Jesús Plácido Galindo fue detenido el 17 de julio en San Marcos, Guerrero, en cumplimiento a una orden de aprehensión girada por un juez de control de esa entidad. Después de transcurrir el plazo constitucional, el 23 de julio el dirigente social fue vinculado a proceso por el delito de homicidio cometido en agravio de José Pablo “N”. En la citada nota informativa los abogados defensores del dirigente social sostuvieron que el juez de control cometió varias violaciones al debido proceso al NO valorar adecuadamente medios de prueba de descargo que beneficiaban ampliamente al acusado.
Desde que trascendió públicamente la detención del dirigente del (CIPOG-EZ), varias organizaciones sociales integrantes del Congreso Nacional Indígena (CNI) y sus abogados, denunciaron que Jesús Plácido Galindo había sido trasladado e internado en el Penal de Alta Seguridad número 1 “El Altiplano” el cual se encuentra ubicado en Almoloya de Juárez, Estado de México, a más de 700 kilómetros de distancia del lugar de residencia del defensor comunitario de la montaña baja de Guerrero, en donde actúa el (CIPOG-EZ).
Hace más de tres lustros, en diversos foros, entrevistas y publicaciones, he señalado que la criminalización y judicialización de la protesta y la lucha social es una política del Estado -sin importar el partido que encabece el gobierno-, que, entre sus objetivos más importantes se encuentran la contención, el control y la destrucción de los movimientos sociales, mediante la implementación de un sinnúmero de acciones, tales como: la represión sistemática, la criminalización de las actividades de protesta a través del inicio de carpetas de investigación imputándole a los activistas delitos graves y finalmente la judicialización de las acusaciones.
También sostengo que la criminalización y judicialización de la protesta social ha sido utilizada sistemáticamente por el Estado desde el inicio del nuevo siglo, primero en el mes de febrero de 2000 para reprimir el movimiento de protesta y la huelga iniciada por los estudiantes de la Universidad Nacional Autónoma de México. Esa política de Estado tuvo su punto de inflexión, a partir de los hechos suscitados en San Salvador Atenco con motivo del conflicto derivado por la defensa de la tierra (octubre 2001-mayo 2006). Durante el enfrentamiento en Atenco, el Estado modificó su política de contención de los movimientos sociales -especialmente en contra de los integrantes del Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra (FPDT)- incrementando de forma exponencial el uso desproporcionado de la fuerza pública, lo cual derivó en graves violaciones a los derechos humanos (tratos crueles, inhumanos, degradantes, ataques de la vida, garantías judiciales, etcétera) perpetradas contra los detenidos. El Estado también profundizó las acciones de judicialización de la protesta social, poniendo en práctica nuevas variantes, como fueron la imputación de delitos graves (homicidio, lesiones, robo, privación ilegal de la libertad, etc.), el encarcelamiento de activistas en prisiones de alta seguridad y la imposición de condenas desorbitantes.
Es común que el término criminalización de la protesta social se utilice como sinónimo de judicialización de la protesta social, pasando por alto que mientras la criminalización es una acción de medio (que puede traducirse en actos de represión, persecución, desaparición, acoso, etc.) la judicialización es una acción de resultado (encarcelamiento y encauzamiento legal de los activistas).
La estrategia de judicialización tiene un claro propósito en cuanto a las condiciones penitenciarias: infringir castigos degradantes e inhumanos a los detenidos, aislarlos, minar su fuerza física, apartarlos de su familia, amigos y base social. En el ámbito procesal, la judicialización busca privarlos de una defensa adecuada, sobre todo cuando son trasladados a un Centro de alta seguridad -como es el caso de Jesús Plácido- lejano de su domicilio, lo cual pone a la organización y a los familiares ante un dilema económico que consiste en sufragar los gastos de traslado y los costos de una defensa que tenga la capacidad para desplazarse de manera constante entre el sitio de internamiento y la sede judicial en donde se encuentre radicado el proceso, pero además, que tenga la potencialidad de entender la magnitud del caso que le ha sido encomendado y a partir de ese conocimiento diseñar la estrategia de defensa que pueda adaptarse a los tiempos jurídicos y a las circunstancias que enfrenta una organización sujeta al acoso estatal.
La judicialización de la protesta social se caracteriza no sólo por la persecución y el encauzamiento penal de los activistas. Lo que determina la inmoralidad de esa política es la violación de los derechos humanos de los activistas encarcelados (vulneración de sus garantías judiciales, de su derecho a la integridad, de su derecho a estar recluidos o purgar la pena en un lugar cercano a su domicilio). Es claro que la utilización facciosa de los sistemas de procuración y administración de justicia convierten a la judicialización una herramienta perversa eficaz.
En síntesis, podemos establecer que la frase “no somos iguales” que repetía como mantra el ex presidente Andrés Manuel López Obrador, cuando se refería a la forma de gobernar de los funcionarios emanados de MORENA, queda como un simple discurso, ya que en el caso del estado de Guerrero la gobernadora Evelyn Salgado Pineda sigue recurriendo a la criminalización y judicialización de la lucha social, como una forma de reprimir y perseguir a los movimientos sociales. La detención, encarcelamiento y encauzamiento de Jesús Plácido Galindo, es el ejemplo más claro.
Conducta Judicial
La controversia sobre la antinomia constitucional que existe sobre el periodo de encargo del titular de la presidencia de la Suprema Corte de Justicia de Nación (SCJN) está destinada al fracaso ya que ha sido alentada desde el interior del máximo tribunal a través de rumores e inquinas propaladas desde una ponencia que se ha ido consolidando a través de la conformación de una asociación integrada por juzgadoras y juzgadores de los 32 circuitos del Poder Judicial de la Federación.
La ofensiva mediática emprendida contra la ministra Lenia Batres Guadarrama, más allá de lo controversial de algunas de sus posturas, las cuales en muchas ocasiones han sido magnificadas por algunos “columnistas y analistas judiciales” difícilmente modificará la postura del actual presidente Hugo Aguilar Ortíz, el ministro no está dispuesto a sumir al tribunal constitucional en una crisis que no solo afectaría a la Corte, sino que sus efectos también sacudirán a la administración encabezada por el presidenta de la república Claudia Sheinbaum Pardo.
Finalmente, la controversia solo refleja la ambición de una ponencia que en sus intervenciones y resoluciones ha sido proclive a los intereses empresariales, con los cuales desde hace mucho tiempo ha estado relacionada afectiva y económicamente.
Leonel Rivero
Abogado, Coordinador general de Defensa Estratégica en Derechos Humanos A.C.