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Iniciativa para restringir aborto en Guerrero contradice a la SCJN y normas oficiales

Anayeli García Martínez Y Angélica Jocelyn Soto Espinosa

La iniciativa de reforma al Código Penal de Guerrero para permitir el acceso al aborto seguro por violación sexual solo a las víctimas que presentan una denuncia penal contradice los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y la normativa federal en materia de salud. 

La coordinadora del Observatorio Ciudadano de Violencias en el estado de Guerrero, Viridiana Gutiérrez, aseguró en entrevista que el dictamen aprobado este martes 27 en la Comisión de Justicia del Congreso propone nuevos obstáculos para que las mujeres accedan a un derecho reconocido desde hace varios años por la Suprema Corte. 

Se espera que este jueves 29 de octubre la Comisión de Justicia presente el dictamen ante el pleno. La iniciativa, calificada por el movimiento feminista geurerense como regresiva tiene su origen en una propuesta presentada el pasado 12 de marzo, cuando nueve diputadas y diputados de Morena presentaron –gracias a la incidencia de las organizaciones civiles– propusieron homologar la Ley de Salud de la entidad con la Norma Oficial Mexicana Méxicana (NOM) 046, para que las víctimas de violación no tengan que presentar una denuncia penal para acceder a la ILE. 

Sin embargo, los diputados de la Comisión de Justicia modificaron el sentido de la propuesta original. En el documento mantuvieron vigente la condición de de presentar una denuncia penal para acceder a la ILE en casos de violación y agregaron que el aborto procederá solo si la mujer no tiene más de 12 semanas de gestación, si la denuncia también es presentada ante el Sistema Nacional DIF y en la Secretaría estatal de la Mujer, y si las víctimas menores de 18 añoss de edad van acompañadas de su madre y padre para realizar el procedimiento.

En el dictamen que será sometido a votación se agrega que se castigará con cárcel al personal médico que se niegue a realizar el procedimiento. 

Al respecto, Viridiana Gutiérrez lamentó la posición de las y los diputados. “Creemos que el dictamen aprobado anoche por la Comisión de Justicia es parte de esta legislatura moralista, ultraconservadora y que tiene prisa por pasar este dictamen a lectura en el pleno. De acuerdo con rumores la votación está prevista para el próximo 12 de noviembre y será virtual”, explicó la abogada.

No obstante, aclaró, en caso de aprobarse esta iniciativa cualquier niña o mujer víctima de violación en Guerrero podría pelear legalmente su derecho a acceder al aborto sin restricciones, como lo establece la norma federal y los criterios de la SCJN. La ley dice además que cuando hay dos leyes que se contraponen, en este caso la local con la federal, habría que hacer válida la más progresiva, es decir, la NOM-046 o las determinaciones de la Suprema Corte. 

Recientemente, en agosto de 2019, el pleno de SCJN ratificó el derecho de las mujeres y niñas víctimas de violación sexual a interrumpir un embarazo sin necesidad de interponer una denuncia penal o tener autorización judicial para realizar el procedimiento. 

En aquella ocasión, en la sesión del 5 de agosto, las y los ministros señalaron que basta con que las niñas, adolescentes y mujeres presenten una solicitud por escrito en los servicios de salud públicos, bajo protesta de decir verdad, para que puedan acceder al servicio.

La decisión la tomó la mayoría, con ocho votos a favor y tres en contra, para desechar las controversias constitucionales (53/2016 y 45/2016) promovidas contra la NOM-046-SSA2-2005 “Violencia familiar, sexual y contra las mujeres” (NOM 046), que en 2016 entró en vigor en todo el país para eliminar el requisito de presentar una denuncia penal en casos de violación para acceder al aborto.

En las controversias promovidas por el gobernador de Baja California y el Poder Legislativo de Aguascalientes se alegaban que las modificaciones a la NOM 046 no cumplieron con los requisitos previstos en la Ley Federal de Metrología y Normalización para modificar una norma de este tipo y que la Secretaría de Salud (Ss) invadió competencias de los gobiernos estatales porque sólo las entidades pueden legislar en materia de aborto.

Sin embargo el máximo tribunal fue contundente al determinaron que con la modificación en 2016 a dicha Norma Oficial no se pretendió crear nuevos requisitos o procedimientos, sino únicamente se buscó ajustar la normativa con la Ley General de Víctimas, publicada tres años antes y que facilitaba el acceso de las mujeres y niñas al aborto cuando hayan sido víctimas de violación sin autorización del Ministerio Público.

Pese a este criterio, que indica que la NOM-046 es vigente en todo el país, Gutiérrez reconoció que la aprobación del dictamen en el Congreso tendrá un impacto negativo en el acceso real de las mujeres a la ILE en caso de violación, toda vez que la Secretaría de Salud ha evitado practicar estos abortos bajo el pretexto de que las leyes locales se lo impiden. 

La defensora criticó que las más afectadas serán las mujeres y niñas. “Una niña indígena de Guerrero, de la región de la Montaña, violada por su padre, tiene 13, 14 años, que son las edades que hemos acompañado, difícilmente va poder ir a un centro de salud y van a poder atenderle como dice la NOM-046. Va a encontrarse con esta negativa y va a tener que recurrir a alguna organización, esto si como víctima tiene la fuerza de hacer este camino”.

“Este Congreso y esta Comisión de Justicia está condenando a las mujeres y las niñas a continuar con estos embarazos que ni planearon, ni tienen por qué ser responsables”, detalló la abogada. 

Iniciativa contraria a AVG por agravio comparado

Esta iniciativa también contraviene las recomendaciones derivadas de la Alerta de Violencia de Género por Agravio Comparado que se decretó en la entidad en abril pasado. El Grupo de Trabajo de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) recomendó: “Estudiar, revisar y reformar la legislación relacionada a la interrupción legal del embarazo por causal excluyente de violación”. 

En esa recomendación el grupo de expertos hizo referencia a la necesidad de homologar el artículo 159 del Código Penal estatal con Ley General de Víctimas, la NOM-046 y el artículo 10 Bis de la Ley General de Salud, a finde garantizar “el acceso de las mujeres a la interrupción legal del embarazo de manera segura”. 

Contrario a este llamado el Congreso busca imponer más obstculos al aborto legal y seguro. Por esa razón el pasado 25 de octubre, el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, el Observatorio Ciudadano de las Violencias contra las Mujeres en Guerrero, Justicia, Derechos Humanos y Género y Católicas por el Derecho a Decidir reprobaron la intención de la Comisión de Justicia de aprobar esta iniciativa al considerarla regresiva y violatoria de la salud reproductiva de las mujeres, niñas y adolescentes.

Las organizaciones, promoventes de la Alerta de Violencia de Género en el estado, señalaron que la reforma restringiría el acceso a servicios especializados de salud para las guerrerense, contraviniendo la Ley General de Víctimas, que no obliga a las mujeres a  denunciar ante el Ministerio Público para acceder a los servicios de salud, y la Norma Oficial Mexicana 046, que tampoco pide este requisito.

Además, desde el 23 de octubre la Conavim envió un oficio a la presidenta de la Mesa Directiva del Congreso, Eunice Monzón García, llamándola a poner en el centro de su legislación los derechos de las mujeres, a no condicionar la atención de tales derechos a la denuncia previa ante autoridad judicial alguna,no inhibir que los prestadores de servicios de salud realicen su trabajo y no poner barreras según las semanas de gestación.

La comunicación se envió luego de que el Congreso declaró improcedente las recomendaciones del grupo de trabajo sobre la Alerta y después de que diputados aseguraran que el organismo, dependiente de la Secretaría de Gobernación, pretende ejercer facultades que la ley no le otorga y que son propias del Congreso. 

Cabe recordar que la NOM 046 tiene origen en el caso de Paulina, una niña de 13 años de edad, originaria de de Baja California, quien en el año 2000 fue víctima de violación sexual, pidió abortar y se le negó este derecho. Dos años más tarde el caso llegó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y el Gobierno mexicano firmó un acuerdo en el que se comprometió a actualizar la norma.

Publicado originalmente en CIMAC Noticias

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