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Inconstitucionales, detenciones migratorias mayores a 36 horas: juzgado mexicano

Redacción Desinformémonos

Ciudad de México | Desinformémonos. Las detenciones migratorias mayores a 36 horas son inconstitucionales, determinó el juzgado mexicano tras las denuncias de la Clínica Jurídica para Refugiados “Alaíde Foppa”.

La sentencia fue obtenida después de que alumnas y alumnos de la Universidad Iberoamericana de la Ciudad de México interpusieron amparos que cuestionaron la naturaleza y constitucionalidad de la detención migratoria de una persona venezolana en una estación migratoria durante más de seis meses, condenada también por el juzgado primero de distrito en materia administrativa de la Ciudad de México.

La sentencia del juzgado determina que las detenciones migratorias sólo se pueden ejercer para iniciar procedimientos migratorios y deben realizarse conforme al límite de 36 horas establecido en la constitución. Asimismo, estableció que la legislación es inconstitucional cuando las personas son solicitantes de la condición de refugiado, como en el caso de la persona venezolana.

Las estaciones migratorias y el “alojamiento temporal” han sido señalados en múltiples ocasiones por organismos de derechos humanos, como la Organización de las Naciones Unidas y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, recordó la Clínica Jurídica, un espacio de formación para poner en práctica estrategias integrales de defensa y promoción de los derechos humanos de las personas refugiadas.

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