Fallan a favor de comunidades de Unión Hidalgo contra empresa eólica

Redacción Desinformémonos

Ciudad de México | Desinformémonos. El Tribunal Unitario Agrario del distrito 22 declaró por segunda ocasión la nulidad definitiva de contratos de arrendamiento de tierras de comuneros zapotecos en Unión Hidalgo, Oaxaca, realizados por la empresa de energía eólica Demex, por lo que deberá desocupar y regresar parte de los terrenos que ocupó para construir el parque eólico “Piedra Larga”. 

El Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ProDESC), que acompaña a los comuneros, explicó que con el fallo se reconoce el carácter comunal y agrario de las tierras en las que Desarrollos Eólicos Mexicanos (Demex), filial de la española Renovalia Energy, levantó el parque eólico, pues las “rentó” como propiedad privada.

La sentencia del Tribunal se da luego «de un largo periodo» de nueve años de lucha por la comunidad y ProDESC, luego de que en 2006 y 2011 representantes de Demex llegaron a Unión Hidalgo para convencer a los comuneros de rentar sus tierras para la instalación del parque Piedra Larga.

“Esta sentencia no solo beneficia a los comuneros de Unión Hidalgo o del Istmo de Tehuantepec, tiene repercusiones en todo el país.” dijo Juan Antonio López, coordinador de justicia transnacional de ProDESC.

Explicó que el fallo sienta un precedente para que cualquier comunero del país pueda, en el futuro, «declarar la nulidad de los contratos en caso de que hayan sido autorizados de manera individual y no mediante acuerdo de una Asamblea General de Comuneros».

A continuación el comunicado completo:

El Tribunal Unitario Agrario del distrito 22, con sede en la ciudad de Tuxtepec, Oaxaca declaró, por segunda ocasión, la nulidad definitiva de contratos de arrendamiento de tierras de comuneros de Unión Hidalgo, Oaxaca, por lo que la empresa Demex, filial de la firma española Renovalia Energy, deberá desocupar y regresar parte de los terrenos que ocupó para construir el parque eólico “Piedra Larga”. 

Con el fallo en contra de Desarrollos Eólicos Mexicanos S.A de C.V. (Demex), el Tribunal reconoció el carácter comunal y agrario de las tierras donde levantaron su complejo de generación de energía que la compañía indebidamente “rentó” como propiedad privada.

De acuerdo con la sentencia de nulidad de los contratos, dada a conocer este mes, Demex está obligado a quitar parte del parque eólico de las tierras comunales ubicadas en el Istmo de Tehuantepec en el sur de México.

Esta nueva victoria de los comuneros de Unión Hidalgo, que reivindica sus derechos agrarios y como pueblo indígena zapoteca, fue dada a conocer por Juan Antonio López, coordinador de justicia transnacional del Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ProDESC.

“Esta sentencia no solo beneficia a los comuneros de Unión Hidalgo o del Istmo de Tehuantepec, tiene repercusiones en todo el país.” dijo López.

“Lanza el precedente para que cualquier comunero del país pueda, en el futuro, declarar la nulidad de los contratos en caso de que hayan sido autorizados de manera individual y no mediante acuerdo de una Asamblea General de Comuneros”.

Insistió en que la sentencia demuestra que se puede avanzar en la defensa del territorio de las comunidades agrarias ante el despojo por parte de grandes empresas transnacionales, coludidas con funcionarios públicos.

Cabe destacar que esta sentencia se da luego de un largo periodo de 9 años en los que la comunidad zapoteca y ProDESC comenzaron la defensa del territorio ante los despojos concretados por Demex en 2006 y 2011 durante los cuales, representantes de la empresa Demex llegaron a la comunidad de Unión Hidalgo para convencerlos de rentar sus tierras para la instalación del parque eólico Piedra Larga.

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