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Declaran inconstitucional el aborto por malformación fetal o enfermedad irreversible en Polonia

Aline Espinosa Gutierrez

Imagen retomada de VocesNuestras

El Tribunal Constitucional de Polonia declaró inconstitucional el aborto por malformación fetal o enfermedad irreversible, la cual hasta hace unos días era una de las tres causales que garantizaban el acceso de las mujeres a la interrupción segura de su embarazo. Hoy las calles de este país se han llenado de marchas en contra de esta decisión aprobada el pasado jueves 22 de octubre.

Organizaciones de mujeres polacas consideraron el fallo del Tribunal como un retroceso a los derechos sexuales y reproductivos, ya que 98 por ciento de los abortos se hacen bajo esta causal y además reduce sus posibilidades de interrumpir su embarazo si es producto de una violación o incesto y si la vida de la madre corre peligro, según la Ley de Planificación Familiar vigente desde 1993.

De acuerdo con datos del Ministerio de Sanidad, en 2019 se registraron en Polonia mil 110 abortos, de los cuales mil 074 se realizaron bajo la causal de malformación o enfermedad irreversible, 33 fueron porque la vida de la madre corría peligro y 3 porque el embarazo era producto de una violación o incesto.

En redes sociales, las defensoras declararon que el Tribunal Constitucional está controlado por jueces provida que aceptan cualquier proyecto del “ultraconvsevador partido político” Ley y Justicia (PiS), el cual presentó, hace tres años, la iniciativa para eliminar la causal de malformación fetal o enfermedad irreversible porque consideró que ésta era una forma “eugenésica que no respetaba la dignidad humana”. 

La demanda, de acuerdo con medios locales, fue iniciada en particular por los diputados Bartlomiej Wroblewski y Piotr Uscinski del partido PiS y firmada por 119 diputados más, algunos de ellos también de este partido, con el fin de que el Tribunal revisara si la causal ya mencionada violaba el artículo 38 (protección a la vida), artículo 30 (protección de la dignidad humana) y artículo 31 (principio de proporcionalidad).

El Tribunal que es presidido por la jueza Julia Przylebska, según medios locales, declaró que el proyecto era aprobado porque “la vida humana es un valor en cada etapa del desarrollo y como valor cuya fuente son las disposiciones constitucionales, debe ser protegida”, por lo que la institución ha sido cuestionada por ésta y otras reformas que ha impulsado.

Esta demanda tardó algún tiempo en llegar al Tribunal, ya que en abril de 2020, en la primera lectura del proyecto, los autores de éste se opusieron de inmediato y votaron a favor de remitirlo a comisión, es decir postergarlo, debido a que se aproximaba el cambio de legislatura.

A este proyecto le antecede otro que también buscó limitar más el acceso de las mujeres a un aborto seguro. En 2016, la defensora ultraconservadora, Kaja Godek presentó al parlamento una iniciativa ciudadana para eliminar el supuesto de malformación fetal, acción que desembocó en numerosas movilizaciones masivas de mujeres en alrededor de 141 ciudades de Polonia.

Una de estas acciones es conocida como “lunes negro”, en donde las mujeres convirtieron, el 3 de octubre de 2016, sus paraguas y “perchas” (ganchos) como símbolos de lucha. En consecuencia, la iniciativa de Godek fue rechazada.

Gracias a las fuertes movilizaciones de mujeres, el proyecto fue detenido y la primera lectura ocurrió a principios de 2020, sin embargo, el Tribunal decidió enviarlo a comisiones.

En una conferencia virtual realizada hace unos días, Urszula Grycuk de “Federation for Women and Family Planning”, explicó que en Polonia existe una fuerte resistencia de mujeres que luchan de manera constante contra la negativa de las autoridades para despenalizar el aborto y reconocer su derecho a decidir sobre su cuerpo.

La investigadora resaltó que en lo que va de la pandemia, las mujeres han salido a protestar en sus autos o portar paraguas negros mientras están formadas en las filas de los supermercados con el fin de que la iniciativa del partido PiS y otra que busca restringir la educación sexual en el país no fueran aprobadas.

La primera iniciativa ya está aprobada, pero la segunda está en pausa, por lo que Grycuk teme que ésta sea activada en cualquier momento.

Ella junto con las investigadoras Frederique Chabot de “Action Canada for Sexual Health and Rights” (Canadá) y Victoria Pedrido de “Akahatá” (Argentina) coincidieron en que la criminalización de mujeres es impulsada por los grupos antiderechos, mejor conocidos como provida, que mantienen una gran influencia en la toma de decisiones de sus gobiernos.

Marchar por los derechos

Desde la tarde del 23 de octubre, cientos de mujeres de distintas ciudades de Polonia han salido a manifestarse a las calles en contra de la decisión del Tribunal. Hasta ahora han acontecido 5 marchas consecutivas, en las que las polacas han evidenciado que seguirán abortando sin importar si éste es legal o no.

Las mujeres han cerrado calles y puentes importantes en el país, incluso han protestado frente a iglesias para exigir un “aborto sin fronteras”, lema que siempre llevan escrito en sus carteles así como percheros y paraguas negros. En estas marchas también han participado hombres de distintas edades.

Las polacas han declarado que la mayoría de las mujeres viaja al extranjero a interrumpir su embarazo, ya que el personal de salud aplica de manera muy restrictiva las causales o se niegan a hacer las intervenciones y deben esperar periodos largos de tiempo para ser atendidas. Dos obstáculos que ponen en riesgo su vida más si el embarazo es de alto riesgo.

De acuerdo con información de organizaciones de mujeres polacas, las y los médicos de este país pueden negarse a realizar abortos o recetar anticonceptivos por motivos religiosos, por ello demandan que el Tribunal revierta su fallo y garantice la salud y vida de las mujeres.

Polonia, según medios locales, es uno de los países de la Unión Europea donde el derecho al aborto es más restrictivo. La Ley de planificación familiar, protección del feto humano y condiciones para la interrupción del embarazo, vigente desde 1993, permitía el aborto sólo en tres supuestos que hoy están reducidos a dos.

Publicado originalmente en CIMAC Noticias

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