Comunidades mapuche-tehuelche logran suspensión de la exploración minera en Río Negro

ANRed

Foto: Coordinadora del Parlamento Mapuche en Río Negro

En lo que es una victoria colectiva y comunitaria del Pueblo Mapuche-Tehuelche, el juez de El Bolsón Marcelo Muscillo hizo lugar a un amparo colectivo presentado por las comunidades Ancalao, Mariano Solo, Lofche Pulam Lafken, Amulen Che, Newen Ñuke Mapu, Pilquiniyeu del Limay y Ragiñ Plang Curra Meu (que integran la Mesa Coordinadora del Parlamento Mapuche Tehuelche de Río Negro), y el Observatorio de Derechos Humanos de Pueblos Indígenas, prohibiendo el avance de cualquier exploración, prospección, cateo o explotación en el sur de la provincia y ordenando al gobierno de Arabela Carreras implementar un mecanismo de consulta con las comunidades originarias a fin de obtener el consentimiento libre, previo e informado respecto de los proyectos mineros en sus territorios. La Secretaría de Minería había otorgado permisos de cateo para la exploración de sustancias minerales a la empresa Ivael Mining S.A. en siete áreas, que abarcan alrededor de 50.500 hectáreas, desde Los Menucos hasta Pilcaniyeu y Ñorquinco, en el sur de la provincia.


El juez de El Bolsón Marcelo Muscillo dispuso la prohibición de avanzar cualquier exploración, prospección, cateo o explotación y ordenó al gobierno de Arabela Carreras implementar un mecanismo de consulta con las comunidades originarias a fin de obtener el consentimiento libre, previo e informado respecto de los proyectos mineros en sus territorios. En el amparo colectivo presentado por las siete comunidades mapuche-tehuelche alegaban «una afectación de las comunidades» en sus territorios, producto de las actividades mineras.

En ese sentido, el juez dispuso que la Secretaría de Minería deberá notificar a todas las empresas mineras la imposibilidad de ingresar a los territorios, extraer muestras minerales o llevar a cabo cualquier actividad relacionada con la actividad. «Corresponde que la Secretaría de Minería suspenda el trámite de todas las solicitudes que abarquen total o parcialmente el territorio de las comunidades amparistas a fin de obtener su consentimiento previo, libre e informado antes de otorgar cualquier tipo de autorización, sin importar a qué etapa de la actividad minera se refiera», remarcó.

Imagen: Coordinadora del Parlamento Mapuche en Río Negro.

En la misma línea, el magistrado agregó: «una consulta de buena fe debe hacerse en el inicio del proyecto. No resulta respetuoso el escenario que puede advertirse en la actualidad, con un avance significativo de los expedientes (tanto en su tramitación como en la actividad desplegada en el terreno) sin haber siquiera informado a quienes viven en el lugar».

En sus fundamentos, Muscillo menciona una resolución de la Corte Suprema de Justicia del 8 de abril de 2021 que hace lugar a un reclamo de comunidades originarias de la zona de Villa Pehuenia que «cuestionaron la creación de un nuevo municipio en el lugar, sin haberse verificado la consulta previa», y un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que ordena la consulta previa en Argentina a las Comunidades Originarias respecto de cualquier decisión que recaiga en sus tierras. Asimismo, citó la ley provincial 3266 de Evaluación de Impacto Ambiental, que establece la exigencia de la consulta libre e informada antes de cualquier autorización, y en todos los casos exige que los estudios e informes de impacto ambiental se dispongan en la primera etapa.

Imagen: Coordinadora del Parlamento Mapuche en Río Negro.

La Secretaría de Minería había otorgado permisos de cateo para la exploración de sustancias minerales a la empresa Ivael Mining S.A. en siete áreas, que abarcan alrededor de 50.500 hectáreas, desde Los Menucos hasta Pilcaniyeu y Ñorquinco, en el sur de la provincia. Ante la novedad, en diciembre de 2021 las siete comunidades habían presentado un amparo colectivo en el Juzgado de El Bolsón. «Nos enteramos de estos permisos cuando empezaron a caer las camionetas a los territorios durante la semana del Xe Tripantu. Ahí empezó el ofrecimiento de las empresas de becas, mejoras habitacionales, de caminos, de celulares, promesas para mejorar la conectividad. Las comunidades decidieron cerrar las tranqueras para no permitir el ingreso, pero hubo familias que accedieron», relataban en aquel momento integrantes de algunas comunidades durante un encuentro virtual que se realizó para brindar detalles del amparo.

En ese marco, Orlando Carriqueo, coordinador del Parlamento Mapuche Tehuelche de Río Negro relató: «se han entregado permisos sin consulta previa, bajo pretexto de que solo son concesiones para explorar y hacer cateo y que no es explotación. Pero ante cualquier medida que afecte territorio comunitario, el Estado está obligado a hacer la consulta. El amparo busca ponerle freno a estos procesos extractivos que solo dejan muerte, sequía y convalidan el continuo despojo de las comunidades mapuche tehuelches«, remarcó en ese momento.

Publicado originalmente en ANRed

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