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Aseguran que emitir fallo contra militares que cometieron tortura sexual contra mujer indígena es una “oportunidad histórica”

Redacción Desinformémonos

Ciudad de México | Desinformémonos. La sentencia de primera instancia que el Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Guerrero emita por la presunta responsabilidad de dos militares que en 2002 cometieron tortura sexual contra la indígena me’phaa Valentina Rosendo Cantú, “es una oportunidad histórica, pues se trata del primer caso de tortura sexual cometida por elementos del ejército que, posterior a la sentencia del tribunal interamericano, está a punto de resolverse en el fuero civil y bajo un encuadre de los delitos correctos”, señalaron el Centro de Derechos Humanos de la Montaña “Tlachinollan” y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL).

De acuerdo con las organizaciones no gubernamentales, la sentencia materializaría la búsqueda de justicia que Valentina mantiene desde hace 16 años, “enfrentando amenazas, hostigamiento y agresiones que le han impactado a nivel personal, familiar y comunitario”.

Explicó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) fue la primera en dictar sentencia contra el Estado mexicano ante la falta de respuesta de los tribunales nacionales para proporcionar justicia por la “violencia institucional castrense”.

“A su vez, la jueza de primera instancia tiene la oportunidad de aplicar los estándares emitidos por la propia Corte IDH sobre cómo juzgar estos casos con perspectiva de género y etnicidad, estableciendo un precedente a nivel nacional”, indicaron las organizaciones.

Agregaron que la resolución del proceso judicial por las violaciones graves de derechos humanos cometidas contra Rosendo Cantú llega “en un momento clave en el que se discute la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de la participación de los elementos del ejército en actividades de seguridad pública, regulada en la Ley de Seguridad Interior”.

Por último, aseguraron que, como representantes de Rosendo Cantú, consideran que los procesos penales contra los perpetradores son clave para su acceso a la justicia, por lo que no será hasta que se cuente con sentencias firmes que las reparaciones en materia de justicia se considerarán como cumplidas.

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