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Argumentos del juez Porky, ridículos, misóginos y sin sustento en la ley: especialistas

Redacción Desinformémonos

Ciudad de México | Desinformémonos. Los argumentos que utilizó el juez de Veracruz, Anuar González Hema, para otorgar el amparo a Diego Cruz, uno de Los Porkys que abusó sexualmente de una menor de edad en el estado, son “ridículos” y demuestran la “la misoginia del juez”, dijo la directora del Instituto de Liderazgo Simone de Beauvoir, Ximena Andión.

Por su parte, el abogado y director de la asociación Justicia, Derechos Humanos y Género, Rodolfo Domínguez, señaló que la lógica del González Hema para absolver a Cruz se basa en interpretaciones que no se sustentan en la ley, e indicó que esta situación sólo “refleja una realidad que todavía es mucho más cruda” en la cual las pocas mujeres que se atreven a denunciar el abuso sexual y otros tipos de violencia se enfrentan a autoridades como el juez de Veracruz, quien se supone debería estar del lado de la víctima.

“Vivimos un contexto muy grave de violencia y requerimos de un Poder Judicial que esté a la altura de esas circunstancias que garanticen los derechos” dijo Domínguez, y lamentó que este instrumento de acceso a la justicia “se ha vuelto un factor que propicia y agrava la impunidad por este tipo de resoluciones”.

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El 28 de marzo, el juez Anuar González Hemadi no vio en los actos sexuales forzados cometidos contra Daphne Fernández por los cuatro jóvenes, apodados Los Porkys, una intención “lasciva” ni que tuviera la intención de “copular”, sino meramente fue un “roce o frotamiento incidental”, por lo que decidió otorgarle un amparo uno de los violadores, Diego Cruz.

Según González Hemedi, nunca se tuvieron pruebas suficientes para demostrar la pederastia de Cruz contra la joven de 17 años ni la Fiscalía de Veracruz no acreditó elementos del delito como el estado de indefensión de la víctima, el abuso sexual y la intención lasciva de satisfacer un apetito sexual.

En la sentencia en la que concedió el amparo a Cruz, el juez señala: “Un roce o frotamiento intencional no serían considerados como actos sexuales, de no presentarse el elemento intencional de satisfacer un deseo sexual a costa del pasivo”.

Luego de la sentencia, el Consejo de la Judicatura Federal suspendió a Anuar González e inició una investigación administrativa en su contra “por su actuación como juez”. Sin embargo, ni los familiares de la víctima ni la sociedad civil en general consideran que esta acción sea suficiente.

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