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Aprueban iniciativa que castiga información, verdadera o no, que cause “deshonra”

Redacción Desinformémonos

Una reforma al artículo 1916 del Código Civil Federal para sancionar a cualquiera que difunda un hecho “cierto o falso” en medios tradicionales o electrónicos que cause “deshonra, descrédito, perjuicio” o que exponga “al desprecio de alguien” fue aprobada por la Cámara de Diputados con 386 votos a favor.

La Cámara de Diputados indicó que si bien el “documento reconoce que la libertad de expresión debe privilegiarse respecto de otros derechos”, esa garantía individual “no es de carácter absoluto, sino encuentra su límite en el derecho al honor y a la imagen”.

Los diputados señalaron que quien viole el artículo quedará sujeto a la reparación del daño moral, en la que se considerará el hecho ilícito “de quien comunique, a través de cualquier medio tradicional o electrónico, a una o más personas la imputación que se hace a otra persona física o moral, de un hecho cierto o falso, determinado o indeterminado, que pueda causarle deshonra, descrédito, perjuicio, o exponerlo al desprecio de alguien”.

La cuenta de Diputados PRI publicó en Twitter la notificación de la reforma con el hashtag #LoHacemosPorTi, lo que generó críticas y motivó que momentos después fuera eliminada de la red.

PRI-tuit

Especialistas señalan que la reforma no atenta totalmente a la libertad de expresión al no haberse alterado el artículo 1916 bis, que estipula que “no estará obligado a la reparación del daño moral quien ejerza sus derechos de opinión, crítica, expresión e información, en los términos y con las limitaciones de los artículos 6 y 7 de la Constitución General de la República”.

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