Madre de menor asesinado en Puebla demandará al gobernador (Animal Político, 12/09/14)

Nayeli Roldá

Cincuenta y cuatro días después de la muerte de su hijo José Luis Tehuatlie, Elia Tamayo sigue pidiendo justicia. Aunque la recomendación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) señala a la policía de Puebla como responsable del homicidio, excluye de alguna imputación al gobernador de la entidad, Rafael Moreno Valle. Por eso, la mujer de 37 años se siente “defraudada”, igual que hace 54 días.

Horas después de escuchar la conclusión del peritaje realizado por la CNDH, Elia recrimina al gobernador por la muerte de su hijo. “Él en algún momento salió a pedir los votos y se los dimos. ¿Para esto?”. Insiste en que el fallido operativo ocurrido en Chalchihuapan, municipio de Ocoyucan, Puebla, pone en evidencia que Moreno Valle “no sabe cuidar a su estado. Es un mal gobierno. Entonces que se vaya”. Pero Elia no espera que su luto cambie alguna política pública, ni que los responsables sean enjuiciados. Su confianza está depositada en lo divino. “Sólo Dios que está en el cielo hará justicia”.
La policía de Puebla mató a José Luis: CNDH

La investigación de la CNDH contenida en más de 19 mil fojas concluyó que la muerte de José Luis Tehuatlie, de 13 años, fue causada por uno de los proyectiles de gas lacrimógeno lanzados por los policías estatales durante el operativo realizado en la autopista Puebla-Atlixco el pasado 9 de julio.

Las características de las heridas en el cráneo del menor y ante el tipo de armamento que portaban los elementos de la policía estatal, “existen elementos suficientes para concluir que las lesiones fueron producidos por algunos de los 54 proyectiles irritantes calibre 37/38 mm (gases lacrimógenos)” que pueden ser lanzados a una distancia mayor a 150 metros, explicó el ombdusman nacional, Raúl Plascencia.

Los peritos del organismo defensor de los derechos humanos concluyeron que el objeto que lesionó al menor de edad “fue proyectado por un artefacto capaz de proporcionarle la suficiente fuerza y velocidad para impactarse en el cráneo y romper la resistencia de los tejidos blandos y óseos”; es decir, las escopetas que arrojan los cilindros metálicos de gases.

Esto coincide con la declaración de uno de los testigos, quien vio a un policía con un arma apuntando en dirección hacia donde se encontraba José Luis Tehuatlie, a unos 50 metros de distancia, justo cuando el menor iba a su casa después de salir de la secundaria Ricardo Flores Magón.

Aunque el menor de edad murió 11 días después del operativo, otras nueve personas sufrieron heridas “derivadas del armamento empleado por los elementos de la policía estatal” y al realizar la comparación, se encontró un “patrón” de lesiones, toda vez que en todos los casos se trató de heridas tipo “equimótico excoriativas de forma circular” que van de los 3 a 6 centímetros de diámetro.

Ante estas evidencias, la recomendación 2VG/2014 presentada por el ombudsman este jueves 11 de septiembre responsabilizó al secretario de Seguridad Pública de Puebla, Facundo Rosas, quien en su comparecencia ante la CNDH reconoció que estuvo a cargo de los 426 policías que intentaron contener la manifestación de los pobladores que se oponían al cierre del registro civil en su comunidad.

Por ello, la Comisión interpondrá una denuncia de hechos ante la procuraduría de Puebla, que será la única autoridad encargada investigar y castigar a los responsables, toda vez el procurador general de la República, Jesús Murillo Karam, es el único facultado para atraer el caso al ámbito federal.

No fue un cohetón

La investigación realizada por un equipo multidisciplinario de abogados, médicos, psicólogos y peritos criminalistas de la CNDH desmintió la versión del procurador de Puebla, Víctor Carrancá, quien aseguró que la herida del niño fue ocasionada por la “onda expansiva” de uno de los cohetones lanzados por la población contra los policías.

Al analizar los peritajes de la procuraduría estatal, la Comisión encontró inconsistencias y al revisar las 26 imágenes tomográficas en tercera dimensión del cráneo del menor confirmó que su versión era insostenible, toda vez que la herida tuvo forma oval con bordes regulares y pérdida total de tejido óseo de 4 centímetros de longitud.

Esto significó que “no existieron elementos técnicos para establecer que la lesión hubiera sido producida por una explosión y onda expansiva”. Si esa hubiera sido la causa, presentaría otras características como contusiones irregulares y de diferentes dimensiones en el cráneo, cuello, tórax y heridas en áreas cubiertas por la ropa causadas por los fragmentos sólidos que salen disparados en todas direcciones.

El pasado 30 de julio, Carrancá dijo tener la certeza de que el cohetón fue el artefacto que lastimó al menor, por lo que cuatro personas habían sido encarceladas por su presunta responsabilidad. Sin embargo, el 6 de agosto fueron liberados al no encontrar pruebas en su contra.

Las declaraciones del procurador estatal estaban sustentadas en una animación en tercera dimensión realizada con base en fotografías y videos de lo sucedido, pero omitió presentar las evidencias científicas como las reportadas por elementos de la Coordinación de Criminalística de la División Científica de la Policía Federal. En el análisis microscópico del tejido óseo se encontraron partículas de carbono, oxígeno, calcio y fósforo y se “determina que no existen residuos de explosivos”.

Policía negligente

En el operativo realizado en la carretera estatal 438-D Puebla-Atlixco participaron 426 policías estatales, quienes lanzaron 478 granadas, cartuchos y proyectiles de gas lacrimógeno. De acuerdo con los videos analizados, al detonar el primer dispositivo se inició un enfrentamiento con los manifestantes que respondieron lanzando piedras y cohetones.

En tanto, los policías continuaron lanzando granadas de gas a diversos lugares donde se encontraban los manifestantes “sin observar el plan de acción para uso de la fuerza implementado”.

El operativo se dio apenas dos meses después de la publicación de la controvertida “ley que regula el uso legítimo de la fuerza por parte de los elementos de las instituciones policiales del estado de Puebla” que permite el uso de armas no letales. Según informó el Congreso local, legislaron con base a los instrumentos de la ONU que instruye un uso gradual de la fuerza por parte de los funcionarios y sin causar daño.

Sin embargo, la CNDH concluye que los policías, bajo el mando de Facundo Rosas, emplearon de manera “excesiva y con una marcada negligencia la fuerza pública”. Ello generó que los elementos autorizaron y “vulneraran con su actuación el derecho a la seguridad pública”.

El ombudsman insistió en que los elementos policiales carecen de capacitación para maniobrar las armas no letales, pues estos instrumentos están diseñados sólo para controlar manifestaciones y no para causar daño letal.

“Me arruinó la vida”

Este jueves, Elia Tamayo dejó por unas horas su casa hecha de adobe. No preparó nixtamal para las tortillas ni fue a cosechar como todos los días. Este 11 de septiembre era sabría qué le pasó exactamente a su hijo ese 9 de julio que no puede olvidar.

Estuvo en primera fila escuchando durante más de una hora la conclusión de la investigación de la CNDH. Al concluir, los reporteros la rodearon. “¿Cómo se siente? ¿Qué hará después?”, lanzaron sin encontrar una sola palabra por parte de la mujer que solo bajaba la mirada. Junto a Javier Montes, presidente municipal auxiliar de Chalchihuapan, acudió al Senado para ofrecer una conferencia de prensa. Frente a las cámaras y rodeada de micrófonos, Elia culpó a Moreno Valle de arruinarle la vida.

En menos de 10 minutos, la mujer acompañada por los legisladores perredistas, Luis Sánchez y Roxana Luna, pidió la renuncia del gobernador por ser el responsable del operativo en el que murió su único hijo varón.

Más tarde en entrevista con Animal Político, Elia pidió al mandatario que “asuma su responsabilidad”. Al preguntarle si ha encontrado justicia responde: “Me siento defraudada porque nada tocaron del gobernador. Yo siempre he dicho que el responsable es el gobernador por dar la autorización”.

***

La CNDH hizo 11 recomendaciones al gobernador Rafael Moreno Valle, que fueron aceptadas horas más tarde.

1) Instruir a quien corresponda para que se inicien los procedimientos de responsabilidad respectivos en contra del titular de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Puebla, así como del personal de dicha institución que participó en los acontecimientos del 9 de julio.

2) Crear una fiscalía especial para la investigación de los hechos, designada bajo su más estricta responsabilidad, a efecto de que garantice de manera transparente, objetiva e imparcial un adecuado acceso a la justicia para las víctimas, sus familiares y los policías lesionados

3) Instruir a quien corresponda para que se reparen los daños causados a las víctimas y a sus familiares en los términos más amplios y de manera integral

4) Debido a que en Puebla permanentemente hay expresiones de la sociedad demandando necesidades colectivas, la CNDH recomendó girar instrucciones a quien corresponda para que se implementen mecanismos efectivos para la atención de esos requerimientos que privilegien el diálogo y el respeto de los derechos humanos.

5) Instruir a quien corresponda para implementar una estrategia para la atención de demandas sociales en el estado de Puebla que contemple la solución pacífica de conflictos, se abstenga de criminalizar la protesta social.

6) Instruir a quien corresponda para que se ofrezca una disculpa institucional a las víctimas y a sus familiares por los agravios generados por los servidores públicos de las dependencias a su cargo

7) Girar instrucciones a quien corresponda para que se proporcionen a los cuerpos de seguridad equipos de videograbación y audio que permitan registrar su conducta durante los operativos.

8) Colaborar con la Comisión Nacional en el trámite de la queja que se promueva ante la Órgano Interno de Control de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Puebla en contra de los servidores públicos que intervinieron en los hechos.

9) Colaborar con la Comisión Nacional en el trámite de la queja que se promueva ante la Órgano Interno de Control de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla en contra de los servidores públicos que intervinieron en los hechos.

10) Colaborar con la Comisión Nacional en la presentación y seguimiento de la denuncia de hechos que se formule ante la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla en contra de los servidores públicos involucrados.

11) Instruir a quien corresponda para que se diseñe e imparta un programa integral de capacitación y formación en derechos humanos dirigido a los servidores públicos de las instituciones encargados de las áreas de seguridad pública y procuración de justicia, respectivamente, en el Estado de Puebla.

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